Oposiciones 2011. Secretarios judiciales. Rectificación de la convocatoria


10 feb 2012






Publicamos una nota informativa sobre la rectificación de la base 2.2 de la OEP 2011 de Secretarios Judiciales, por la que se cumple con la Sentencia del Tribunal de Justicia Europeo, tal y como CCOO viene exigiendo desde que se hizo pública.

Se publicará en el BOE esta rectificación a partir de la semana próxima, y se abrirá un plazo de 10 días para que aquellos interesados que no lo hicieron, pero que cumplen con el requisito de poseer los dos años de servicios prestados, sumando a los de funcionario de carrera los prestados como interino, puedan presentar su instancia.

Si bien esta modificación sólo afectará a la publicación de la OEP 2011 de Secretarios Judiciales, CCOO viene exigiendo su aplicación a la de los Cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio. Y en este sentido ya hemos conseguido que para estos Cuerpos se tendrá en cuenta los períodos trabajados como titular e interino indistintamente, en el momento de presentar la documentación acreditativa de los requisitos exigidos.

Lo que viene a confirmar que CCOO tenía razón, y que todos los trabajadores afectados que presentaron su instancia, siguiendo el consejo de CCOO, se les tendrá finalmente en cuenta el tiempo trabajado como interino.



Nota informativa

CCOO viene exigiendo, desde septiembre de 2011, que el Ministerio de Justicia cumpla con la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo (TJE) de 8 de septiembre de 2011

EL MINISTERIO DE JUSTICIA PUBLICARÁ DE INMEDIATO LA RECTIFICACIÓN DE LA CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO DE SECRETARIOS JUDICIALES, ABRIENDO UN NUEVO PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS PARA CUMPLIR LA SENTENCIA DEL TJE


La decisión del Ministerio de Justicia demuestra que CCOO tenía razón y que la Administración está obligada a incluir a los opositores que cumplen con el requisito de dos años de servicios prestados, independientemente que se hayan trabajado como funcionario de carrera o funcionario interino 


Como hemos venido informando, CCOO exigió, en septiembre del pasado año, al Ministerio de Justicia que ya en el proceso selectivo 2011 (en todos los Cuerpos, Secretarios Judiciales, Gestión, Tramitación y Auxilio Judicial), se tuviera en cuenta, y se aplicara en todos sus términos, la Sentencia del TJE de 8 de septiembre de 2011, que estableció que en todos los procesos selectivos, a los efectos del cómputo que se exige en las bases de la convocatoria para poder participar, debía tenerse en cuenta no sólo el tiempo prestado como funcionario de carrera, sino también el trabajado como funcionario interino.

Esta sentencia permite que aquellos compañeros, que no hubieran cumplido el período mínimo que se exige para promocionar de dos años de servicios efectivos, puedan participar en el proceso selectivo si juntando los períodos prestados como funcionario titular e interino, alcanzan el período mínimo de dos años exigido en las bases.

Inicialmente, a pesar de la justa exigencia de CCOO, el Ministerio de Justicia alegó que no podía aplicar la sentencia en la OEP 2011 para los Cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio Judicial, porque consideraba que la sentencia es posterior a la convocatoria que se publicó en el BOE el 5 de septiembre de 2011.

CCOO no compartió este criterio y por eso hemos mantenido el recurso judicial contra esta decisión y, además, puso a disposición de los afectados nuestro servicio jurídico, para que pudieran recurrir junto al sindicato.

La exigencia de CCOO incluyó igualmente al proceso selectivo 2011 de Secretarios Judiciales (cuya convocatoria se publicó en el BOE el 22 de noviembre de 2011).

Ahora, el Ministerio de Justicia ha aceptado en este caso (OEP 2011 de Secretarios) la reclamación de CCOO, y va a publicar en los próximos días en el BOE (creemos que será a partir de la semana próxima) una rectificación de la base 2.2 de la Orden de 15 de noviembre –BOE de 22 de noviembre 2011- por la que se convocó el proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Secretarios Judiciales, abriendo un nuevo plazo de 10 días para los interesados. La modificación garantizará que el tiempo trabajado como personal interino de Gestión se tendrá en cuenta para el cómputo del período de dos años exigido en la base 2.2.

Además, el Ministerio de Justicia ha aceptado que para los Cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio, cuando se tengan que presentar las certificaciones de los períodos prestados como funcionario, tendrá en cuenta para el cómputo del requisito de los dos años, indistintamente, los trabajados como funcionario de carrera y como interino.

Esta modificación demuestra que CCOO no sólo tenía razón al exigir el cumplimiento íntegro de la sentencia del TJE, sino también que dicha sentencia debía aplicarse ya en los procesos selectivos 2011, y en todos los Cuerpos, y que nuestro consejo a todos los compañeros afectados para que participaran en el proceso selectivo era el único adecuado.

Madrid, 10 de febrero de 2012