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CCOO exige al Ministerio un Plan de Igualdad y la ampliación de los permisos de Conciliación de la vida laboral y familiar


19 feb 2014



CCOO hemos presentado una carta al Ministro Gallardón en la que solicitamos que el Ministerio aborde de una vez por todas un Plan de Igualdad, de modo similar al que se implantó en su día en la Administración General del Estado y que en el Ministerio de Justicia aún no se ha ni planteado, exigiendo:
  • Protocolo de prevención del acoso sexual y por razón del sexo
  • Plan de Igualdad para el Personal de la Administración de Justicia.
  • Ampliación de los permisos de Conciliación de la vida laboral y familiar
Podéis ver la carta en este enlace.


CCOO solicita al Ministerio que se suspenda la presentación telemática de escritos por los problemas detectados en la experiencia piloto de La Rioja




Esta misma mañana, CCOO hemos presentado una carta dirigida al Secretario General de la Administración de Justicia exigiendo al Ministerio que suspenda la aplicación del LexNet como fórmula de presentación telemática de escritos hasta que la misma no tenga una fiabilidad en el día a día y se resuelvan todos los problemas que ya en La Rioja se están detectando y denunciando por los trabajadores y que por parte de CCOO estamos en disposición de ponerlos en su conocimiento inmediatamente que seamos convocados para ello en el foro correspondiente.

Podéis ver la carta en este enlace

Mesa de negociación del Ministerio de 8 de noviembre


8 nov 2013


A pesar de que alguién ha hablado de que hoy no sería una mesa para hablar de sustituciones, el Ministerio nos remite el borrador de la Instrucción _____/2013 de la Secretaría General de la Administración de Justicia, para la optimización del sistema de sustituciones en los supuestos que no den lugar a retribución económica específica.

Es el borrador del documento de sustituciones de Secretarios, documento que resulta inaceptable si se compara su contenido con las propuestas de sustitución que nos han hecho al personal de los otros cuerpos y que además ya está negociado bajo manga con las asociaciones y sólo va a la mesa de hoy a cumplir el trámite.

Las otras reivindicaciones que llevará CCOO a la mesa de hoy

1º) Retirada de la propuesta del ministerio de no cubrir las bajas por IT durante 3 meses

2º) Recuperación de los 6 días de asuntos particulares eliminados por el Gobierno y del resto de los días suprimidos unilateralmente correspondientes a asuntos particulares y vacaciones por antigüedad.

3º) Una nueva regulación de las sustituciones horizontales al igual que ya existe para los Secretarios Judiciales que se retribuyen tanto con 3 días de asuntos particulares (por sustituciones inferiores a 10 días) como con retribuciones (por sustituciones superiores a 10 días)

4º) Una reforma de la normativa que regula las sustituciones verticales (del año 2006) para garantizar, entre otras cuestiones, el 100% de las retribuciones, incluidos todos los conceptos, también el 100% en las pagas extras.

5º) Una reforma de las sustituciones horizontales del Cuerpo de Auxilio para que sean voluntarias e incentivadas con un incremento de sus retribuciones que refleje nítidamente el trabajo que se asume.

6º) Que se regulen de una forma objetiva las comisiones de servicio para evitar arbitrariedades, con arreglo a los criterios de igualdad y publicidad.

7º) Que se garantice una OEP que incluya todas las plazas.

8º) Que se garantice la productividad para todo el personal del órgano

9º) Que se garantice por escrito la NO AMORTIZACIÓN DE NINGUNA PLAZA de ningún órgano judicial y ámbito.

La convocatoria del Ministerio es la siguiente:



""Como continuación a la anterior convocatoria de fecha 31 de octubre, se les cita para el próximo día 8 de noviembre a las 10:00 horas con el mismo Orden del día, en el Palacio de Parcent Sala “Rococo” en San Bernardo 62"

Con el mismo orden del día:

ORDEN DE DÍA

Punto 1. INFORMACIÓN SOBRE LA INSTRUCCIÓN CONJUNTA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LOS REGISTROS Y DEL NOTARIO Y DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES CON LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA POR LA QUE SE DE DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN DE OCTUBRE DE 2011 (BOE 15/11/2011)

Punto 2. INFORMACIÓN RELATIVA A LA ENTRADA EN VIGOR DEL NUEVO PROCEDIMIENTO EN SUSTITUCIÓN POR INTERINOS DE LOS PROCESOS EN BAJA POR INCAPACIDAD TEMPORAL.*

Punto 3. RUEGOS Y PREGUNTAS.

Datos reales de la Justicia: el número de procesos tramitados ante los órganos jurisdiccionales es de 1.833.608


12 jul 2013


Esta es la principal conclusión del informe ‘Situación actual de la Administración de Justicia en España: un análisis desde el Derecho Procesal’ que esta mañana han presentado Carlos Carnicer, presidente del Consejo General de la Abogacía Española, y Gilberto Pérez del Blanco, doctor en Derecho, profesor de Derecho Procesal de la Universidad Autónoma de Madrid y coordinador del equipo de investigadores que ha llevado a cabo el estudio.


  • El orden Civil tramitó 700.171 procesos; el Penal, 717.559; el Contencioso-administrativo, 182.676, y el Social ingresó 233.202
  • El número de procesos tramitados, un 80% inferior a las cifras del CGPJ.
  • En Penal, la Memoria del CGPJ recoge como nuevo asunto ingresado cada una de las distintas etapas de la fase de instrucción (5.880.778): el 78% de los sumarios concluye sin ningún tipo de actividad jurisdiccional y son computados como asuntos “ingresados” y “resueltos”.
  • El CGPJ recoge como ingresados asuntos sin carácter jurisdiccional, procesos tramitados íntegramente por personal no jurisdiccional y procedimientos duplicados.
  • La jurisdicción Penal tramita tres veces más asuntos que la Civil con similar número de órganos judiciales.


El número real de procesos tramitados en 2011 ante los órganos jurisdiccionales fue de 1.833.608, de los cuales, 700.171 corresponden al orden Civil, 717.559, al orden Penal, 182.676, al Contencioso-Administrativo y 233.202, al orden Social. Es decir, el número total de procesos tramitados supone aproximadamente un 20% de las cifras ofrecidas por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).
La situación estadística de la Jurisdicción adolece de importantes carencias, tanto a la hora de recopilar los datos de la actividad de los órganos jurisdiccionales como, sobre todo, de su tratamiento y puesta a disposición del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Por ello, el análisis de los datos estadísticos reflejados en la Memoria del CGPJ es muy sesgado y no puede ser tomado en consideración para determinar la litigiosidad real en la Administración de Justicia ni, por tanto, puede servir de base para proponer cualquier reforma que persiga un funcionamiento más eficiente.
Con carácter general, en la variable “asuntos ingresados” que se recoge en la Memoria se incluyen procedimientos que carecen de carácter jurisdiccional o con una tramitación sencilla, prácticamente irrelevante; otros atribuidos a personal no jurisdiccional; incidentes que son trámites accesorios de otro procedimiento principal y procedimientos duplicados (las fases de un mismo procedimiento son computadas como distintos asuntos).
Como “asuntos resueltos” figuran tanto los procesos que culminan en sentencia, como otros que culminan con otras resoluciones que implican la inexistencia de actividad jurisdiccional.
DATOS REALES EN JURISDICCIÓN CIVIL
El primer dato apreciable es el descenso de la tasa de litigiosidad. La cifra que se ha dado para 2011 es de 1.770.947 “asuntos ingresados” (en 2009 eran más de dos millones). Para determinar un número de “asuntos ingresados” más coherente y adaptado a la realidad procesal, se excluyen los procedimientos que no constituyen un proceso en sentido estricto y no tienen la relevancia procesal suficiente para ser considerados como un “asunto”. Por tanto, deben ser excluidos:
  • 294.074 procedimientos duplicados. Se han computado al menos dos veces como “asuntos ingresados”: medidas cautelares, procesos monitorios transformados en declarativos, incidentes en procesos civiles, asuntos en la Audiencia Provincial, TSJ y TS que constituyen un recurso contra resoluciones dictadas en una instancia inferior, etc.
  • 642.000 procesos monitorios que concluyen sin actividad jurisdiccional plena (inadmisión, pago o no oposición). Particular relevancia presenta la recogida de datos en el proceso monitorio, puesto que generó 683.038 peticiones iniciales y fueron resueltos 811.634 procesos monitorios, lo que supone un 40% de las cifras del orden Civil. El CGPJ computa íntegramente como “asuntos ingresados” los datos de monitorio, cuando solo el 6% generó una actividad declarativa relevante, mientras el 94% concluyó con la formulación de requerimiento de pago.
  • 79.736 divorcios, separaciones o incidentes sobre medidas de mutuo acuerdo propuestas por las partes ante los juzgados. La Memoria del CGPJ recoge como “asunto ingresado” casi 90.000 procedimientos en materia de familia no contenciosos (procedimientos de separación y divorcio de mutuo acuerdo, incidentes de modificación de medidas y relativos a medidas sobre menores de mutuo acuerdo) y que tienen escasa relevancia procesal y requieren de una muy limitada actividad jurisdiccional.
  • 54.966 expedientes de jurisdicción voluntaria.
Esto nos lleva a rebajar los “asuntos ingresados” en 1.070.776 y puede afirmarse por ello que la cifra real es 700.171 procesos ingresados en el orden civil durante 2011.
Por otra parte, hay que resaltar que apenas el 30% de los 1.889.990 asuntos que el CGPJ califica como “asuntos resueltos” lo ha sido mediante sentencia. Esto debe ponerse en relación con la indebida determinación de los “asuntos ingresados” que se ha recogido, puesto que si lo computado como ingresado no es un proceso en sentido estricto, no va a concluir mediante sentencia. De ahí, lo reducido del porcentaje de sentencias en relación con la terminación de “asuntos” que son computados como tales por el CGPJ y la estadística judicial.
DATOS REALES EN LA JURISDICCIÓN PENAL
En el caso de la jurisdicción penal, las cifras que se recogen en la Memoria del CGPJ (6.542.545 de “asuntos ingresados” y 6.563.629 de “asuntos resueltos”) están basadas en una interpretación anómala de los datos de la estadística judicial. El impacto del cómputo incorrecto que hace la memoria del CGPJ es muy intenso, ya que la carga de trabajo en la Jurisdicción penal representaría el 72% del total de la jurisdicción.
Es indicativa de esta desproporción la mera comparación con el ámbito civil: la jurisdicción penal tramita tres veces más asuntos que la civil, con similar número de órganos judiciales (1.117 órganos unipersonales en Penal; 880, en Civil y 1.071 órganos mixtos).
La irregularidad del análisis estadístico que hace la Memoria del CGPJ se basa en que se computan como “asuntos ingresados” todos los procedimientos en su fase de instrucción (5.880.778) sin tener en cuenta que el 78,4% concluye en esa fase, sin dar lugar a ningún tipo de actividad jurisdiccional.
Un adecuado tratamiento estadístico de la instrucción penal debería implicar una reducción del 90% de las cifras generales manejadas en la Memoria del CGPJ, tomando en consideración que los “asuntos ingresados” son, con carácter general “asuntos investigados” que no deberían ser computados como asuntos, salvo cuando se proceda, como mínimo, a la formación del sumario o el correspondiente procedimiento abreviado.
En la Memoria del CGPJ, los distintos procedimientos, etapas o formas por los que puede transcurrir la fase de instrucción son computados como un nuevo “asunto resuelto” o “asunto ingresado”, a pesar de tratarse del mismo asunto. Igualmente están duplicados los procesos que pasan por más de un órgano judicial a lo largo de la tramitación, pues la estadística los computa como un “asunto resuelto” y un “asunto ingresado”, lo que no es así desde el punto de vista procesal.
Una cifra más realista de los procedimientos en fase de instrucción tramitados por la jurisdicción penal estaría compuesta por las siguientes variables:
  • Juicios de faltas. Se deberían computar aquellos en los que llega a celebrase el juicio (380.633), cifra más coherente con el verdadero ejercicio de la potestad jurisdiccional (365.084 sentencias se han dictado en juicios de faltas entre juzgados de instrucción y juzgados de Violencia contra la Mujer).
  • Diligencias urgentes. Se debería computar únicamente las que concluyen por la vía prevista en el artículo 800 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (apertura de juicio oral), puesto que de otro modo esos procedimientos se computan como diligencias previas al transformarse en las mismas. Esto supone que deben contabilizarse los 100.632 asuntos que culminan con sentencias de conformidad, y los procedimientos respecto de los que se abre juicio oral ante el juzgado de lo penal se computan dentro de los procesos tramitados ante ese órgano.
  • Diligencias previas. Según la estadística judicial, la cifra de diligencias previas supone el 70% de la carga de trabajo en el orden penal (4.394.044). Sin embargo, es una instrucción que solo puede ser computada si se transforma en procedimiento abreviado, y estos ya son computados como tales. Es significativo, además, el elevadísimo número de sobreseimientos (3.271.948), lo que neutraliza cualquier relevancia en el número de diligencias previas.
  • Procedimientos abreviados. De los 235.153 que se recogen las estadísticas judiciales se deben excluir los que pasa a juicio oral (44.859).
  • Procedimientos (abreviados) ante el juzgado de lo Penal: 181.000
  • Procesos (abreviados, ordinarios y jurado) ante la Audiencia Provincial: 9.297
  • Procesos ante órganos de la Audiencia Nacional: 466
  • Procesos ante el Tribunal Superior de Justicia: 572
  • Procesos ante la sala Segunda del Tribunal Supremo: 103
En relación con los recursos devolutivos se excluiría su cómputo como nuevos “asuntos”, puesto que debe considerarse que se trata de un proceso único con diversas fases ante órganos jurisdiccionales.
Esto haría un total de 717.559 asuntos en los que existe actividad jurisdiccional de cierta relevancia, cifra muy alejada de la que ofrece el CGPJ.
DATOS REALES EN LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA Y SOCIAL
El porcentaje de “asuntos ingresados” que corresponde a los órdenes contencioso-administrativo (3,2%) y social (4,8%) sobre el total de la jurisdicción implica que la relevancia de su análisis estadístico es reducida.
En los contencioso-administrativo, concluyen en sentencia el 63,8% de los “asuntos resueltos”, mientras que el resto de procesos concluye mediante auto o decreto. Esto supone que en el 36,1% de procesos, la actividad jurisdiccional es o nula o muy reducida, lo que debería reflejarse en el modo de tratar los datos de asuntos tramitados.
En el orden social, los asuntos concluyen de modo anticipado en el 34% de los casos, a través de decretos dictados en actos de conciliación u otros autos y decretos “finales”.

Publicado o 11/07/2013 en www.lexdiario.esEnlace permanente: pica aquí

Publicada en el BOE la resolución sobre retribuciones en caso de IT para el personal al servicio de la Administración de Justicia (ámbito no transferido)


2 jul 2013


CCOO acusa al Gobierno y al Ministro Gallardón del vulnerar el derecho a la salud de los trabajadores

Mientras publica en el BOE regulaciones mucho más beneficiosas para jueces y fiscales, ataca con saña el derecho a la salud del resto del personal de la Administración de Justicia


CCOO había presentado una propuesta de regulación de los supuestos de IT en los que se debería alcanzar el 100 % de la retribución total para todos los que prestan servicio en la administración de justicia sin excepción, incluidos jueces y fiscales

En el BOE de hoy, 2 de julio, se ha publicado la Resolución de 25 de junio de 2013, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, sobre retribuciones en los casos de incapacidad temporal, para el personal al servicio de la Administración de Justicia, en el ámbito territorial gestionado por el Ministerio de Justicia

En el BOE de hoy, se ha publicado la regulación de los supuestos exceptuados de la norma general aprobada por el Gobierno, mediante el RD ley 20/2012 de julio pasado, para el personal funcionario de la Administración de Justicia (ayer se publicó la resolución para el Cuerpo de secretarios judiciales). En dichas regulación no se contemplan muchas de las propuestas de CCOO, que SÍ se aplicarán a jueces y fiscales, cuya regulación ya fue publicada los pasados 21 y 28 de junio.

CCOO acusa al propio Ministro de Justicia de actuar con premeditación y saña contra el personal de la Administración de Justicia, porque las regulaciones de Fiscales y del resto del personal, clamorosamente distintas, han sido suscritas por la misma Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia.

A los Fiscales se les aplicará el sistema de supuestos excepcionados que se aplicarán a los Jueces, mientras al resto de trabajadores y trabajadoras de la Administración de Justicia se les descontará el salario desde el primer día de baja en multitud de enfermedades que, sin embargo, no producirán merma retributiva ni para Jueces ni para Fiscales.

La hipocresía y cinismo del Gobierno en su política de injustos recortes contra la ciudadanía y contra los trabajadores alcanza su nivel máximo con decisiones como ésta, pues aplica varas distintas de medir en lo que se refiere a la salud de las personas: habrá personas que tendrán derecho a ponerse enfermos y seguir percibiendo todas sus retribuciones, mientas a la inmensa mayoría se les penaliza aún más en sus retribuciones, y se les descontará el salario cuando no puedan acudir al trabajo por enfermedad.

CCOO actuará contra esta discriminación intolerable en los Juzgados y Tribunales. Defenderemos con todos nuestros medios el derecho a la salud de todos los trabajadores y trabajadoras sin excepción y con las mismas condiciones para todos

Adjuntamos enlace a la resolución publicada


CCOO plantea al Ministro de Justicia los mínimos imprescindibles para evitar la huelga en los juzgados


13 may 2013




Los trabajadores y las trabajadoras de la Administración de Justicia no podemos aceptar las propuestas anunciadas por Gallardón y debemos responder con contundencia.
CCOO PLANTEA AL MINISTRO DE JUSTICIA LOS MÍNIMOS IMPRENCINDIBLES PARA EVITAR LA HUELGA EN LOS JUZGADOS
Madrid a 10 de mayo de 2013
Sr. Gallardón, estas son las preguntas que nos hacemos los funcionarios  y las funcionarias de justicia:

§       La Ley de Tasas ha hecho disminuir la carga de trabajo en determinados órganos judiciales

o       ¿Qué va a pasar con estos centros de trabajo y con sus trabajadores?.

§       La Reforma de la Ley del Registro Civil deja sin contenido unos 3000 puestos de trabajo en los Juzgados y Registros Civiles Exclusivos

o       ¿Qué va a pasar con estos trabajadores?
o       ¿Qué va a pasar con los Juzgados de Paz?

§       La Reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil para ampliar las funciones de comunicación y ejecución de los Procuradores, dejará sin competencias a miles de funcionarios del Cuerpo de Auxilio y a gran parte de los Servicios Comunes

o       ¿Qué va a pasar con los Servicios Comunes de Actos de Comunicación y Embargos?
o       ¿Qué va a pasar con los trabajadores?
§       La Reforma de la LOPJ en cuanto a la planta judicial pretende suprimir todos los Juzgados de Paz y los Partidos Judiciales

o       ¿Qué va a pasar con los centros de trabajo de fuera de las capitales de provincia?
o       ¿Qué va a pasar con los trabajadores de estos centros de trabajo?
o        
§       La nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal va a encomendar la instrucción de los procedimientos penales a los fiscales

o       ¿Qué va a pasar con los trabajadores de los Juzgados de Instrucción o de 1ª Instancia e Instrucción?.
o       ¿Cómo se van a incrementar las plantillas de las fiscalías?
o       ¿Cuál va a ser la plantilla de funcionarios para los jueces de garantías?
o       ¿Qué va a pasar con las fiscalías de área de fuera de las capitales de provincia?
o       ¿Quién va a hacer las guardias?

§       La reforma del Código Penal hará desaparecer las faltas

o       ¿Qué va a pasar con los Juzgados de Paz?
o       ¿Van a desaparecer las guardias de juicios de faltas inmediatos?

El pasado 29 de Enero CCOO remitió al Ministerio 42 propuestas para ser negociadas en la mesa sectorial que garantizaran la retirada de los recortes salariales y sociales y también de las privatizaciones así como la garantía de mantenimiento del empleo.

ü De ellas resaltamos ahora como mínimos irrenunciables

§       El mantenimiento del mismo número de puestos de trabajo que existen en la actualidad, tanto los ocupados por titulares como por personal interino e incluyendo los refuerzos y la convocatoria anual de OEP con todas las vacantes.

§       La garantía de las retribuciones actuales para cada uno de los funcionarios (incluidas las guardias).

§       Voluntariedad de la movilidad geográfica que será siempre pactada con indemnizaciones acordadas y aceptadas por los trabajadores.

§       Stop a las privatizaciones y copagos en la Admón. de Justicia.

§       recuperación de los recortes salariales y sociales aplicados desde 2010 y negociación colectiva de todas nuestras condiciones de trabajo.

CCOO ENTIENDE QUE SOLO LA UNIDAD DE TODOS LOS SINDICATOS, DE LOS TRABAJADORES Y LAS TRABAJADORAS, CON LAS MOVILIZACIONES, PERMITIRÁ GARANTIZAR ESTAS RECLAMACIONES, Y, SI NO SON ATENDIDAS ESTAS REIVINDICACIONES BÁSICAS,
 LA ACTITUD DE GALLARDÓN NOS CONDUCIRÁ INEXORABLEMENTE A LA HUELGA INDEFINIDA

En defensa del empleo público
En defensa de los servicios públicos
Contra las privatizaciones
Contra el copago
¡¡MOVILÍZATE Y LUCHA!!

SIN JUSTICIA NO HAY DERECHOS


CCOO acusa al Ministerio de Justicia de ocultar las graves disfuncionalidades del plan intensivo de tramitación de expedientes de nacionalidad


11 abr 2013



Con motivo del anuncio de firma de la encomienda del Ministerio de Justicia con el Colegio de Notarios para que éstos puedan realizar las juras de nacionalidad española, el Ministerio ha colgado en su página web el estado del Plan  Intensivo de Tramitación de Expedientes de nacionalidad por residencia a 1 de abril de 2013, ofreciendo cifras sobre lo que a su juicio supone un éxito incuestionable del Plan y subliminalmente justifica que se pueda atribuir a los Registradores de la Propiedad la llevanza de todo el Registro civil, prevista en el Anteproyecto de Ley de Reforma Integral de los Registros, negociado por el propio Colegio de Registradores de la Propiedad,

El Colegio de Registradores de la Propiedad se presenta a sí mismo en sus publicaciones como el gran salvador del problema de las nacionalizaciones en España (del que hace un año ni sabían que existía), presenta cifras incuestionables sobre el número de expedientes digitalizados (es decir, escaneados), resueltos, denegados o con requerimientos para trámites, y se ofrece de forma desinteresada para hacerse cargo de todo el Registro Civil en aras de la modernidad. Para el Ministerio de Justicia todo es cuestión de números: tenía atascados 425.000 expedientes de nacionalidad en sus despachos a junio de 2012, debido al fuerte incremento de población extranjera en España durante los últimos 10 años,  la mala gestión del Ministerio que prefirió gastarse el dinero en la implantación de la fallida Nueva Oficina Judicial en vez de solucionar los problemas reales de la Administración de Justicia y la práctica paralización de la resolución de los expedientes de nacionalidad desde que Gallardón llegó al Ministerio de Justicia; hasta el 1.4.2013 los Registradores de la Propiedad han resuelto el 47,4 % de los expedientes pendientes, lo que les ha supuesto un gran alivio para los gestores del Ministerio de Justicia.

No hay duda que los miles de extranjeros ahora nacionalizados españoles que gracias al Plan Intensivo de Tramitación de Expedientes de nacionalidad por residencia han obtenido ya la nacionalidad española a la que tenían derecho, y que sin dicho plan ( y con un Ministerio de Justicia funcionando correctamente) se hubiera demorado al menos un año más, estarán sumamente agradecidos al Ministerio de Justicia y al Colegio de Registradores por la firma de la encomienda de gestión. Ni tampoco hay duda que el Plan ha conseguido agilizar la resolución de los expedientes de nacionalidad por el Ministerio de Justicia, auténtico agujero negro desde hace más de 15 años en materia registral por falta de medios personales para su resolución.

Pero no todo es tan idílico ni la gestión tan maravillosa como pintan desde el Ministerio de Justicia y el Colegio de Registradores de la Propiedad, los cuales por cierto no tienen que tratar con ninguno de los ciudadanos extranjeros que están sufriendo las consecuencias de los problemas derivados del Plan, y frente a los cuales los funcionarios y funcionarias de los Registros civiles están dando la cara todos los días. Ya no sólo se ha incrementado sustancialmente el número de resoluciones denegatorias de concesión de la nacionalidad, sino que además, a título de ejemplo, estas son algunos de los problemas con que nos estamos encontrando los Registros Civiles como consecuencia del Plan, y frente a los cuales a sus funcionarios les toca dar la cara:

-          Solicitudes presentadas en el año 2010 sin resolver mientras que ya se han resuelto solicitudes presentadas en el año 2012.
-          Expedientes remitidos telemáticamente a Registros distintos de dónde se tramitaron, sin que se remitan al Registro civil de tramitación no obstante su requerimiento, lo que imposibilita su notificación y práctica de inscripción de nacimiento y nacionalidad
-          Certificados de nacimiento incorrectamente escaneados que impiden la inscripción de nacimiento de la persona nacionalizada española.
-          Hermanos o cónyuges que solicitaron la nacionalidad española el mismo día: a uno se la conceden, al otro le requieren documentación adicional cuando había aportado la misma que el anterior o no le contestan
-          Multitud de requerimientos para que se aporten documentos ya correctamente aportado
-          Requerimientos para que se aporten certificados inexistentes en el país de origen (certificado de movimientos migratorios)
-          Denegaciones de nacionalidad por existencia de antecedentes penales por delito cometidos hace muchos años, cuando la pena está completamente cumplida y carece de otros antecedentes.
-          Requerimientos de diligencias penales de causas muy antiguas respecto de las cuales aparece en los antecedentes policiales alguna incidencia (requerimiento de busca y personación, etc), sin que tenga el solicitante antecedentes penales.
-          Certificados de nacimiento de hijos menores de edad aportados en los expedientes y que no se devuelven para el ejercicio de opción de la opción de nacionalidad.
-          Práctica paralización de la resolución de los expedientes de nacionalidad desde mediados  de marzo.

Muchos, si no todos de estos problemas, no habrían ocurrido si en vez de ser los Registradores de la Propiedad los que revisen los expedientes de nacionalidad y hagan las propuestas de resolución al Ministerio de Justicia se hubiese realizado la encomienda a los propios Jueces Encargados que han tramitado los expedientes de nacionalidad. Hubiera bastado para ello con la devolución de los expedientes al Registro Civil de origen, poner a su disposición la aplicación informática que se está usando para la resolución de los expedientes de nacionalidad y que fuesen los Jueces Encargados, tal y como ya hacen en papel al finalizar la fase de instrucción del expediente, quienes emitiesen el documento electrónico de propuesta de resolución al Ministerio de Justicia, tal y como están haciendo los Registradores de la Propiedad. De esta forma el expediente seguiría en el Registro Civil donde se tramitó el expediente con lo que desaparecerían todos los problemas de documentación que no se devuelve, guardaríamos un riguroso orden en la resolución de los expedientes, no habría remisión de expedientes a Registros equivocados, las opciones de nacionalidad derivadas de las concesiones se harían con normalidad, se habrían ahorrado costes de formación de personal, etc.

En cuanto a los criterios para hacer la propuesta de resolución del expediente de nacionalidad, durante años los Registros Civiles hemos tenido que “adivinar” los criterios que tenía el Ministerio de Justicia para conceder o denegar las solicitudes de nacionalidad española o para requerir de nuevos trámites en dichos Expedientes. El Ministerio de Justicia no ha tenido, sin embargo, ningún problema en facilitar al Colegio de Registradores de la Propiedad una Guía de Tramitación de Expedientes de Nacionalidad por Residencia, que contiene pormenorizadamente los criterios y documentación que hay que revisar (algunos erróneos) para resolver los expedientes de nacionalidad. Sin duda alguna, si el Ministerio hubiese remitido dicha Guía a los Jueces Encargados de los Registros Civiles, éstos están mucho mejor capacitados para resolver los expedientes de nacionalidad que los Registradores de la Propiedad, a cuyo personal ha habido que formar aprisa y corriendo para poder llevarse a cabo el Plan del Ministerio de Justicia. No sólo estamos más familiarizados con la documentación a presentar, sino que sobre todo es el Registro Civil dónde se realiza al ciudadano extranjero el examen sobre su integración en la sociedad española y conocimiento de idioma español.

Pero ello hubiera impedido al Colegio de Registradores de la Propiedad colgarse la medalla de la resolución del atasco de los expedientes de nacionalidad, y sobre todo, autopostularse para, en aras de la modernidad, y con tan buenos infiltrados en la Administración Central (Presidente de Gobierno, familiares de éste y del Ministro de Justicia, el Sr. Director y el Sr. Subdirector General de los Registros y del Notariado), quedarse con la llevanza del Registro Civil. Y eso, Sr. Gallardón, no será modernidad, sino un atraco en toda regla a todos los ciudadanos y ciudadanas. 


Ministerio de Justicia: Mesa Sectorial de 9 de abril


10 abr 2013


CCOO vuelve a rechazar los borradores de calendario laboral presentados por el Ministerio de Justicia, al ser casi un reflejo de los presentados para la mesa sectorial de febrero, con mínimos avances, sin contemplar prácticamente ninguna de las reivindicaciones que ya exigimos hace ya casi mes y medio


EN LA MESA SECTORIAL QUE SE HA CELEBRADO HOY, 9 DE ABRIL, CCOO RECHAZA EL NUEVO BORRADOR DE CALENDARIO LABORAL PRESENTADO POR EL MINISTERIO Y CONTINÚA  EXIGIENDO LA RECUPERACIÓN DE LOS DERECHOS LABORALES SUPRIMIDOS TRAS LA PUBLICACION DEL RDL 20/2012 DE JULIO.



CCOO ha vuelto a exigir al Ministerio de Justicia que acepte al menos nuestras reclamaciones sobre permisos, y que se garanticen, como mínimo, la ampliación de los permisos por asuntos propios y los relativos a los derivados por causa de enfermedad de un hijo menor de edad y del cuidado de familiares de hasta segundo grado de consaguinidad.

Las mínimas modificaciones que el Ministerio de Justicia ha realizado en el borrador del calendario que nos presentó en el mes de febrero son para Comisiones Obreras un fiel reflejo del desprecio que desde el Ministerio se ha instalado hacia el colectivo, ya que no ha mejorado su propuesta original de la que ya os informamos en sendas hojas, a pesar de que estamos convencidos de que el propio Ministerio sí que tiene margen para modificar y mejorar las condiciones laborales de los trabajadores y trabajadoras, en lo que a calendario y jornada laboral se refiere.

Desde Comisiones Obreras seguimos rechazando los borradores remitidos por el Ministerio ya que continúan siendo un enorme retroceso en relación a  todas las mejoras, tanto en materia de jornada como de permisos, vacaciones y licencias y, con especial incidencia, en materia de conciliación de la vida laboral y familiar, que habíamos conquistado tras años de lucha.

Continúa el Ministerio, de forma totalmente inaceptable para Comisiones Obreras, elaborando dos calendarios laborales diferentes, uno para el Cuerpo de secretarios judiciales y otro para el resto del colectivo ¡como si no fuesen todos/as trabajadores y trabajadoras de la Administración de Justicia!. CCOO ha exigido un calendario igual para el personal de los Cuerpos generales y para el personal del Cuerpo de secretarios judiciales.

Como muestra del desprecio del Ministerio de Justicia hacia los trabajadores y las trabajadoras que prestan servicios en la Administración de Justicia, los “avances” que  únicamente ha aceptado incluir en el nuevo borrador de las más de 100 propuestas que se presentaron en el mes de febrero por parte de CCOO son sólo las siguientes:

  • Las vacaciones y permisos se podrán disfrutar hasta el 31 de enero del año siguiente.
  • En el caso de que las necesidades del servicio impidiesen la cesación de la prestación durante los días 24 y 31 de diciembre, se disfrutarán dos días por cada día trabajado esos días, que habrán de disfrutarse necesariamente con anterioridad al quince de febrero del año siguiente, no siendo acumulable dichos días de compensación con las vacaciones anuales.
  • El horario fijo de obligado cumplimiento se reduce, tal y como habíamos demandado, de 9 a 14,30 horas de lunes a viernes, quedando las oficinas cerradas los sábados.
  • Amplían el disfrute de la media hora de pausa pero siguen limitando la misma, en este caso hasta las 13:00, a pesar de nuestra reclamación de que no exista límite horario a ese disfrute.

En relación con la Instrucción 3/2013 por la que se determinan criterios en relación a la concesión y disfrute, asuntos particulares y vacaciones para el Cuerpo Superior de secretarios judiciales, CCOO ha anunciado el correspondiente recurso, toda vez que la misma es totalmente ilegal al haberse saltado el Ministerio de Justicia (una vez más) la necesaria y obligatoria negociación con las centrales sindicales.

CCOO ha contestado al Ministerio de Justicia que no existe ningún argumento suficientemente sólido para no reconocer algunas alegaciones presentadas en la reunión pasada del 27 de febrero, como:
  • Todas las jornadas que no sean exclusivamente de jornada solo de mañana, son de carácter voluntario y deben ser llevadas a negociación a la mesa sectorial y deben ir acompañadas de una retribución adicional negociada en la mesa sectorial.
  • Se deben conceder permisos en los casos de enfermedad de hijos menores de edad o de familiar de hasta segundo grado de consaguinidad, que deben concederse con la única condición de justificar la circunstancia, y ese permiso no puede estar sujeto a decisión denegatoria ni del responsable del órgano judicial ni de la Administración.
  • Las medidas de conciliación no pueden estar condicionada a las necesidades del servicio.
  • Deben mantenerse las jornadas reducidas de semana santa y ampliarlas a 5 días de navidad, además de las de fiestas locales. En este caso, CCOO propone por escrito que la disminución horaria que supone la diferencia entre la jornada ordinaria de 7,5 horas y la reducida de 5 horas, 2,5 horas, multiplicada por el número de días de jornada reducida que proponemos nos permitiría tener hasta casi 5 días de permiso.
  • Las vacaciones de verano deben poder disfrutarse durante todo el año y sin restricción de fechas como plantea el Ministerio de Justicia, que obliga a que al menos la mitad se disfrute entre el 15 de junio y 15 de septiembre.
  • Las situaciones de embarazo, parto, lactancia, licencia de maternidad, o riesgo en estas situaciones, así como la incapacidad temporal, deben tener garantizados los derechos al disfrute de las vacaciones y permisos al finalizar dichas situaciones, sin ninguna restricción de esos derechos, incluso si hubiera cambio de destino, y sin límite de tiempo, haya o no terminado el año natural, sea la causa de dicha situación producida con anterioridad, fuera sobrevenida o que se haya producido de forma que haya impedido el disfrute de esos derechos.
  • CCOO no acepta que se utilicen como diligencias de carácter urgente e inaplazable aquellas que no se han generado de forma sobrevenida y no puedan resolverse en horario ordinario de trabajo. Y además, las compensaciones horarias por estas necesidades deben permitir el disfrute de las horas trabajadas de más con días de permiso.
  • Además, CCOO ha vuelto a presentar las más de 100 alegaciones que reclamamos al Ministerio de Justicia en relación al calendario laboral, de cuyo contenido os informamos el pasado 27 de febrero.


OTRAS CUESTIONES

OFERTA DE EMPLEO 2013.- Tras el escándalo de la enorme reducción de plazas de la OEP aprobada finalmente por el Gobierno, por la miserable actuación de Gallardón, el Ministerio de Justicia espera la decisión de todas las CCAA para confirmar, en unos días, si habrá convocatoria de OEP de Gestión. La convocatoria de Secretarios Judiciales sí se producirá en 2013 al ser convocatoria única.


CONCURSO DE TRASLADO 

Según el Ministerio de Justicia, se ha producido el retraso de su convocatoria hasta finales de abril o primeros de mayo justificándolo por la reducción de las plazas de la OEP.

INSTRUCCIONES DE VACACIONES Y DE COMISIONES DE SERVICIO DE SECRETARIOS JUDICIALES.- CCOO ha exigido la retirada de ambas instrucciones al no haber sido negociadas.      

REFUERZOS DE LA NOJ  

Se seguirán prorrogando todos los refuerzos.

REGISTRO CIVIL.- El Director General ha afirmado sobre el proyecto de privatización que aún no tiene fecha para su aprobación. Consideramos que dicho retraso se está produciendo fundamentalmente por la presión general, de trabajadores, ciudadanos y profesionales, contra dicha privatización. Por tanto, debemos no solo mantener la movilización sino incrementarla con acciones mucho más contundentes (no solo concentraciones y manifestaciones) en defensa del empleo y de los registros civiles. El compromiso del Ministerio de Justicia de negociar en la mesa sectorial una redacción para la Ley que permita asegurar el empleo de los Registros Civiles sigue sin cumplirse.    

VULNERACIÓN DE LOS DERECHOS DE LAS TRABAJADORAS DURANTE LA LICENCIA DE MATERNIDAD.
CCOO ha presentado denuncia contra la Secretaría General de la Administración de Justicia por vulneración de los derechos de dos compañeras en su acceso al Cuerpo de Secretarios Judiciales.

SALUD LABORAL, AUDIENCIA NACIONAL.- Tras la denuncia ganada por los trabajadores y CCOO, la Inspección de Trabajo cerró un centro de trabajo (Archivo Central Penal) por atentar contra la salud de los trabajadores las condiciones de habitabilidad del mismo. CCOO ha presentado la reclamación para que dichos compañeros sean ubicados en un centro de trabajo de la Audiencia Nacional en Madrid y, en ningún caso, en un edificio situado fuera de Madrid, que no toleraremos. El Director ha sido incapaz de confirmar si la decisión ya ha sido tomada.