Mugeju : asistencia en el extranjero


22 jun 2022



 

MUGEJU: ASISTENCIA EN EL EXTRANJERO

 

Para aquellas personas mutualistas que se desplacen al extranjero, os recordamos lo siguiente:

MUGEJU tiene concertada la póliza nº 42546, con la Compañía de Seguros IRIS GLOBAL, que os adjuntamos con las condiciones y coberturas reflejadas

Enlace a Poliza

La citada póliza también incluye entre sus coberturas del contrato: LA ASISTENCIA MEDICA Y ASISTENCIA EN VIAJE INCLUIDA LA ENFERMEDAD POR COVID

Os transcribimos lo que aparece en dicha web:

MUTUALISTAS Y SUS BENEFICIARIOS DESPLAZADOS TEMPORALMENTE POR RAZONES NO LABORALES, DURANTE UN PERÍODO INFERIOR O IGUAL A 120 DÍAS

Este colectivo tendrá derecho durante un período máximo de 120 días, (en caso de desplazamientos por estudios, sin limitación temporal)  a la asistencia sanitaria de carácter urgente y no demorable en el país de desplazamiento, en la forma y condiciones establecidas en el contrato suscrito con la compañía de seguros IRIS GLOBAL Soluciones de Protección Seguros y Reaseguros S.A. Transcurrido dicho período, no procederá reintegro alguno de gastos

Para hacer uso de esta prestación el mutualista debe dirigirse telefónicamente a IRIS GLOBAL Soluciones de Protección Seguros y Reaseguros S.A.,  llamando al teléfono +34 91 572 43 43 haciendo referencia al número de póliza 42546

No obstante lo anterior, en la Comunidad Económica Europea es suficiente para viajar la Tarjeta Sanitaria Europea en vigor

A continuación os detallamos como obtenerla:

http://www.mugeju.es/prestaciones/prestaciones-sanitarias/asistencia-sanitaria-en-el-extranjero/tarjeta-sanitaria

La Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) es el documento personal e intransferible, de carácter gratuito, que acredita el derecho a recibir las prestaciones sanitarias que resulten necesarias durante una estancia temporal en el territorio del Espacio Económico Europeo, Reino Unido o Suiza, en idénticas condiciones que los residentes del país de destino, a través de su sistema público de sanidad (salvo que el desplazamiento tenga por objeto recibir un tratamiento médico). El período de validez de la TSE es de dos años

Si el viaje es inminente y no se puede esperar a la obtención de una TSE, debe solicitar el Certificado Provisional Sustitutorio (CPS), que se obtendrá de manera inmediata en la Sede Electrónica de la MUGEJU. El CPS tiene la misma validez jurídica que la TSE, pero su período de validez es de 90 días

Cuando el sistema público de sanidad del país en el que se haga uso de la TSE esté sometido a algún tipo de financiación parcial por parte del usuario (copago), se podrá solicitar su reintegro a la compañía IRIS GLOBAL

Estados en los que la TSE tiene validez:

  • Países de la Unión Europea
  • Países del Espacio Económico Europeo: Islandia, Liechtenstein y Noruega
  • Suiza
  • Reino Unido

COMO SE SOLICITA

Los mutualistas deberán solicitar la TSE y el CPS a través de la sede electrónica de la Mutualidad General Judicial. El CPS se obtiene de manera inmediata y la TSE se recibirá en el domicilio en un plazo máximo de diez días

INICIAR TRÁMITE

En caso de que no pueda realizar estos trámites a través de la sede electrónica, puede dirigirse a las Delegaciones Provinciales o a los Servicios Centrales de MUGEJU y presentar el impreso de solicitud cumplimentado de la TSE, o identificarse para solicitar el CPS propio o de sus beneficiarios

Impreso de solicitud de TSE/CPS