CCOO denuncia ante la Ministra de Sanidad la supresión de varias prestaciones de la MUGEJU con fecha uno de enero


21 dic 2012



La Gerente de la MUGEJU nos trasladó ayer por correo electrónico la decisión unilateral de la Gerencia de la Mugeju (con las resoluciones que aprueba la Gerente), por la que se suprimen de forma intolerable determinadas prestaciones de la Mutualidad o se rebajan sustancialmente otras, a partir del 1 de enero de 2013. Las modificaciones y supresiones de la Gerencia de Mugeju son: 

  • Se rebajan muy sustancialmente las ayudas por sepelio
  • Se suprimen algunas de las ayudas sociosanitarias, como la de vacunación por el virus del papilonoma y la de ayuda de transporte sanitario. 
  • Se suprimen algunas ayudas dentarias y oftalmológicas como la de cirugía refractaria, la de férula dental por descarga y la de ortesis del pie. 
  • Se modifican de forma sustancial a la baja algunas ayudas dentarias y oftalmológicas, como aparato dental completo, superior o inferior, 14 piezas, piezas dentarias, empaste y obturación, endodoncia, implante osteointegrado, ortodoncia, tratrectomía-limpieza de boca y periodoncia (de mutualistas adscritos al INSS). 
  • Se rebajan de forma importante las siguientes ayudas oftalmológicas: gafas de cerca o de lejos, gafas bifocales, cristal bifocal, lentillas desechables, que pasa a ser ayuda anual, cuando hasta ahora la ayuda podía solicitarse 4 veces al año. 
  • También se rebajan otras prestaciones complementarias, como el colchón antiescaras, el laringófono y la bomba de insulina.
  • Se rebajan de forma considerable las ayudas por psicoterapia o logopedia así como los gastos por hospitalización psiquiátrica de mutualistas adscritos al INSS. (en nota adjunta, os informamos con detalle de lo que representa la supresión o reducción de varias prestaciones de la Mugeju, en relación con la situación actual que se modifica radicalmente contra los trabajadores a partir del 1 de enero de 2013) 
Podéis ver un cuadro completo en este enlace

Esta decisión, que ahora pone en marcha la gerente de la Mutualidad con efectos de enero 2013, fue rechazada por unanimidad por la Asamblea de compromisarios de la MUGEJU, celebrada el pasado 30 de noviembre, a propuesta de los compromisarios de CCOO. La iniciativa de la propuesta fue planteada ante la previsión de que se pretendiera por el Gobierno y por la dirección de Mugeju, como desgraciadamente así ha sido, seguir en la dirección de eliminar o disminuir de forma grave las prestaciones logradas en los años anteriores, mejoras conseguidas especialmente durante el período 2007-2009. De esa forma, el máximo órgano de control de la mutualidad, el órgano democrático de la misma porque sus miembros han sido elegidos directamente por los mutualistas, rechazó tajantemente los recortes que el Gobierno, y que, ahora otra vez la Gerente, pretenden imponer. Y nuevamente la Gerente se salta a las decisiones del órgano de control democrático de la Mugeju, y vuelve a desafiar sus acuerdos, para apoyar nuevamente los recortes del Gobierno, demostrando nuevamente que no sólo no representa a los mutualistas sino que, por el contrario, contribuye a vulnerar sus derechos de forma intolerable. 

Además, la Asamblea de compromisarios de la Mugeju citada, aprobó, a propuesta también de los compromisarios de CCOO, que, en caso de producirse alguna modificación a la baja de alguna prestación, los mutualistas con ingresos más bajos mantendrían el 100% de la prestación y se establecería una escala de ingresos para que el recorte en las prestaciones fuera menor cuántos más bajos fueran los ingresos de los mutualistas. Lo que también en la mayoría de los casos de los recortes de las prestaciones adoptadas ahora, también se vulneran por la Gerente. 

Además, esta suspensión de prestaciones no ha sido debatida en la Comisión Permanente que no ha sido convocada ni por el Presidente ni por la Gerente de Mugeju tras la Asamblea de compromisarios de noviembre, sino que la dirección de la Mutualidad la ha decidido unilateralmente la supresión de estas ayudas, volviendo a utilizar un sistema de decisión antidemocrático, y se ha limitado a notificarla en el correo que os adjuntamos, por lo que ha incumplido con la norma legal que la obliga a convocar dicha comisión permanente antes de realizar cualquier modificación de las prestaciones de los mutualistas. 

Estas nuevas supresiones de prestaciones suponen un nuevo ataque a los derechos de los mutualistas y caminan en la dirección de dar un paso más hacia la eliminación de todos los derechos de los trabajadores. 

Desde CCOO hacemos un llamamiento a todos los trabajadores de la Administración de Justicia a que defendamos nuestros derechos con la máxima firmeza y contundencia, también nuestras prestaciones de la Mutualidad. 

Asimismo, os adjuntamos la carta que CCOO dirige a la ministra de Sanidad en la que, ante su decisión de cobrar por la prestación de servicios sanitarios que hasta el momento eran gratuitos, decisión gravísima y anticonstitucional del Gobierno porque vulnera el derecho a la salud de los ciudadanos,le exigimos: 

Que a los personas titulares y beneficiarios del mutualismo administrativo les sean de aplicación las mismas exenciones de pago o copago de todas las prestaciones de las carteras común suplementaria y accesoria del Sistema Nacional de Salud que a los usuarios del Régimen General de la Seguridad Social. . 

Que a las personas titulares y beneficiarios del mutualismo administrativo que sean pensionistas les sean aplicados, cuanto menos, los mismos límites de pago o copago de productos farmacéuticos, material ortoprotésico, productos dietéticos y transporte sanitario no urgente que a los usuarios del Régimen General de la Seguridad Social. 

Que a las personas titulares en activo y beneficiarios del mutualismo administrativo, no incluidos en los grupos anteriores, en el supuesto de que se acuerde el pago de prestaciones antes gratuitas (transporte sanitario no urgente, productos dietéticos) o incremento del copago en otras prestaciones (material ortoprotésico) se establezcan límites a su aportación en función de la renta de los mismos, tal y como se realiza para los usuarios del Régimen General de la Seguridad Social.

Las resoluciones de la Gerente de la Mutualidad, las podéis ver en los siguientes enlaces: