Cuatro mossos torturadores pisarán finalmente la cárcel


2 oct 2012



Tras la rebaja de condena del TS, el indulto del anterior Gobierno y los recursos de la defensa, el ingreso en prisión se había retrasado


Tras cuatro años, en esta ocasión parece definitivo. La Audiencia de Barcelona ha ordenado el ingreso en prisión en un máximo de 45 días de los cuatro mossos condenados por torturas a un detenido en 2008. La orden se ha dispuesto de este modo tras desestimar el juez el tercer recurso presentado por sus defensas para que se les fuera suspendida la condena hasta que se resuelva su nueva petición de indulto.
En un auto, la Audiencia ha resuelto que los mossos deben cumplir de forma inmediata los dos años de cárcel a que quedó reducida su pena, después de que el anterior Gobierno les concediera un indulto parcial sobre la condena del Tribunal Supremo, de cuatro años y nueve meses.
El tribunal ha desestimado por última vez la solicitud de suspensión de la condena de prisión planteada por las defensas de los mossos, pese al recurso de amparo que los procesados han presentado de forma paralela ante el Tribunal Constitucional (TC) mientras se resuelve su segunda petición de indulto.
En una resolución que es firme, la sala se remite a los argumentos que ya expuso en el auto en el que ordenó por primera vez el ingreso en prisión de los agentes para "justificar el rechazo al efecto suspensivo que con la nueva petición de indulto se ha pretendido conseguir (...)".

Una cadena de indultos y rebajas de pena 

Los cuatro agentes han sido beneficiados con el paso de los años de una rebaja de condena por el Tribunal Supremo un indulto por el anterior Gobierno del PSOE, que ha rebajado condenas de cerca de seis años hasta las actuales de dos, lo que les deja a un paso de salir de la cárcel.
En 2008, fueron condenados por la Audiencia de Barcelona por torturar y amenazar a un ciudadano rumano al que detuvieron por error confundiéndolo con un atracador, llegando insultarle, golpearle en todo el cuerpo y a introducirle un revólver en la boca para hacerle confesar.
El TS redujo la condena al entender que no hubo "ensañamiento", tras lo que se sumó un indulto
En el año 2009, el Tribunal Supremo rebajó en un año y diez meses la pena a los cuatro agentes, porque entendió que no hubo "ensañamiento", y posteriormente el Gobierno les concedió un indulto parcial que redujo su condena a dos años de cárcel, lo que abría la puerta a que pudieran librarse de entrar en prisión.
Sin embargo, la Audiencia de Barcelona rechazó el pasado mes de mayo la suspensión de la pena de prisión solicitada por las defensas de los mossos, una medida de la que, de acuerdo con la ley, pueden beneficiarse las personas condenadas a hasta dos años de cárcel que carezcan de antecedentes.
Los agentes impugnaron de nuevo esa resolución, recurso que les fue denegado, y el pasado 5 de julio presentaron otra solicitud de suspensión provisional de la condena de prisión que ahora el tribunal ha vuelto a rechazar.
Publicado o 02/10/2012 en www.publico.es
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