CCOO obtiene sentencia que reconoce el derecho a disfrutar vacaciones fuera del año natural por haber estado de baja por incapacidad temporal


9 abr 2012





Por CCOO se ha interpuesto recurso contencioso-administrativo contra la resolución administrativa que denegaba el derecho a disfrutar de las vacaciones correspondientes al año anterior (por haber causado baja con anterioridad al período de disfrute vacacional) y haber solicitado disfrutarlas en el año siguiente, tras su reincorporación al puesto de trabajo con posterioridad al 15 de enero.

En la sentencia firme dictada se recoge la primacía del Derecho Comunitario y jurisprudencia comunicativa sobre la doctrina de los tribunales de los países miembros, recordando que ningún Estado miembro puede establecer normativa interna que menoscabe el derecho a las vacaciones anuales retribuidas. “Este derecho no se extingue al finalizar el período de devengo de las vacaciones anuales y/o el período de prórroga fijado por el Derecho nacional, cuando el trabajador se haya encontrado en situación de baja por enfermedad durante la totalidad o parte del período de devengo y no haya tenido efectivamente la posibilidad de ejercitar este derecho” (Sentencia del Pleno del Tribunal Superior de Justicia de las Comunidades Europeas de fecha 20-01-2009 que interpreta el art. 7 de la Directiva 2003/88 y en relación a la Directiva 93/104/CE del Consejo y Sentencia de 18-03-2009 de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo).

Gracias a esta sentencia ya se está concediendo en vía administrativa este derecho.