El Ministerio de Justicia ha remitido una circular a todas las Secretarías de Gobierno y Secretarios Coordinadores del territorio nacional en la que se acuerda el mantenimiento de las medidas para hacer frente a la COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia
Sobre estas medidas ya hicimos desde CCOO una valoración muy negativa que puedes consultar en esta información que publicamos cuando se aprobó en el Congreso de los Diputados
Dichas
medidas se contienen en los artículos 14 a 23 de la Ley 3/2020 y
regulan la celebración de actos procesales mediante presencia
telemática, el acceso del público a las salas de vistas y la emisión de
las vistas, en su caso, mediante sistemas de difusión telemática de la
imagen y el sonido, la forma de realizar las exploraciones
médico-forenses y de los equipos psicosociales de menores y familia y
las unidades de valoración integral de violencia sobre la mujer, la
dispensa de utilización de togas en las audiencias públicas, la atención
al público en sede judicial o de la fiscalía, la previsión de órganos
judiciales asociados al COVID19, la asignación preferente de jueces de
adscripción territorial en órganos judiciales que conozcan de
procedimientos asociados al COVID-19, la asignación de funciones de los
Letrados de la Administración de Justicia y demás funcionarios al
servicio de la Administración de Justicia dentro de un mismo centro de
destino o en el órgano unipersonal o colegiado de que se trate, la
ordenación de la jornada laboral y la regulación de la sustitución y
refuerzo de Letrados de la Administración de Justicia en prácticas