Circular del Ministerio de Justicia sobre la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 3/2020 sobre el mantenimiento de las medidas para hacer frente a la COVID-19


14 jun 2021




El Ministerio de Justicia ha remitido una circular a todas las Secretarías de Gobierno y Secretarios Coordinadores del territorio nacional en la que se acuerda el mantenimiento de las medidas para hacer frente a la COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia

Sobre estas medidas ya hicimos desde CCOO una valoración muy negativa que puedes consultar en esta información que publicamos cuando se aprobó en el Congreso de los Diputados

Dichas medidas se contienen en los artículos 14 a 23 de la Ley 3/2020 y regulan la celebración de actos procesales mediante presencia telemática, el acceso del público a las salas de vistas y la emisión de las vistas, en su caso, mediante sistemas de difusión telemática de la imagen y el sonido, la forma de realizar las exploraciones médico-forenses y de los equipos psicosociales de menores y familia y las unidades de valoración integral de violencia sobre la mujer, la dispensa de utilización de togas en las audiencias públicas, la atención al público en sede judicial o de la fiscalía, la previsión de órganos judiciales asociados al COVID19, la asignación preferente de jueces de adscripción territorial en órganos judiciales que conozcan de procedimientos asociados al COVID-19, la asignación de funciones de los Letrados de la Administración de Justicia y demás funcionarios al servicio de la Administración de Justicia dentro de un mismo centro de destino o en el órgano unipersonal o colegiado de que se trate, la ordenación de la jornada laboral y la regulación de la sustitución y refuerzo de Letrados de la Administración de Justicia en prácticas