Ante la presiones de CCOO, el Ministerio de Justicia se ve obligado a anunciar en la reunión de la Mesa Sectorial del día 7 de mayo la negociación del Complemento Específico del Ambito no Transferido el próximo 13 de mayo.
También se negociaron las RPT de los órganos de nueva creación de Burgos, Mérida, Badajoz, y las modificaciones de RPT y Plantilla de Cuenca y Toledo y el IML de Cartagena.
CCOO volvió a denunciar que el Ministerio incumple con su obligación legal de presentar documentación técnica que avale sus propuestas de RPT y de efectuar una valoración individualizada de todos los puestos de trabajo, incumpliendo así las sentencias del Tribunal Supremo, para poder determinar con criterios objetivos y sin arbitrariedades los complementos específicos de cada uno de ellos.
CCOO recordó al Ministerio el incumplimiento de sus obligaciones en relación a la negociación de las RPTs, pues, en primer lugar, no aporta a las organizaciones sindicales un verdadero documento técnico que apoye y justifique las propuestas de modificación o de creación de las RPTs; los documentos aportados son, en la mayoría de los casos, meras propuestas, sin ninguna justificación en la que apoyarse y sobre la que discutir; no se facilita pues un documento razonado con datos estadísticos sobre cargas de trabajo, convirtiendo esta negociación en un mero acto formal sin posibilidad, por falta de información, para que la parte social pueda formular otras propuestas que discutir con la Administración.
Pero además, la Administración impide la negociación individualizada de la valoración y de los complementos específicos de cada puesto de trabajo basada en las funciones que realmente se van a desarrollar en cada puesto.
CCOO volvimos a recordar al Ministerio, la Sentencia nº 650/2019 de la Sala 3ª del Tribunal Supremo, de fecha 21 de mayo de 2019 que declaró NULA DE PLENO DERECHO la RPT de la Oficina Judicial de Barakaldo que fija la siguiente doctrina “para la fijación de la cuantía individualizada del complemento específico en una relación de puestos de trabajo de la Administración de Justicia debe procederse necesariamente a una valoración de las condiciones particulares de los puestos de trabajo, previa o, al menos, paralela a la aprobación de dicha relación de puestos de trabajo"; recordamos aquí que CCOO ya presentó un Recurso de Revisión ante el Ministro, pendiente de resolución, para que se declarara la nulidad de todas las RPTs aprobadas hasta la fecha de la Sentencia y entrar en la negociación de los complementos específicos de manera individualizada.
Pues bien, el Ministerio sigue desconociendo e incumpliendo el mandato del TS. En esta mesa se debería haber entrado a negociar el complemento específico de cada puesto de trabajo creado en las RPTs, tanto de la Fiscalía Europea, como de la Unidad Administrativa para hacer frente al Covid-19, como en los órganos de nueva creación. Muy al contrario e incumpliendo la Ley, la Administración fija unilateralmente y sin posibilidad de negociación el complemento específico y lo mismo cabe decir del resto de RPTs de los órganos de nueva creación.
OFICINA DE LA FISCALÍA EUROPEA EN ESPAÑA
El Ministerio de Justicia, tras informar que la sede de esta oficina se establecerá en la segunda planta de la C/ Luis Cabrera, 9 de Madrid y que entrará en funcionamiento el próximo 1 de junio presentó su propuesta de Orden de creación de la Fiscalía Europea en España que puede verse en este enlace.
La propuesta contiene 2 puestos de Gestión, 5 de Tramitación y 1 de Auxilio, todos ellos singularizados y cubiertos por concurso específico y exigiendo como requisito el nivel B2 de inglés para Gestión y Tramitación. Además podrá constituirse un puesto de Gestión para la coordinación de la oficina.
CCOO presentó las siguientes propuestas:
- Modificación inmediata de la LOPJ (a través de una enmienda a cualquier Ley que se esté tramitando en el Parlamento) para incorporar la Fiscalía Europea como centro de destino y que el personal funcionario esté en la situación administrativa de servicio activo.
- Que la RPT que se apruebe sea de forma provisional y se establezca un plazo máximo de seis meses para la negociación de la RPT definitiva una vez que puedan conocerse las funciones reales que se van a desarrollar en cada uno de los puestos.
- Que se determinen claramente las funciones y se elimine las expresiones de atribución de funciones “análogas” que sean encomendadas por los superiores jerárquicos.
- Regular la obligatoria sustitución de la única plaza de Auxilio en todos los casos de ausencia por causas justificadas, vacaciones, permisos y licencias con el fin de garantizar los derechos de la persona que ocupe la plaza y de que el resto del personal no tenga que asumir sus funciones en estos casos.
- Que se incorpore a la RPT una plaza de personal laboral de traductor/a-intérprete conocedora del lenguaje técnico-jurídico que no garantiza el nivel B2 de inglés exigido en determinadas plazas.
- Que la Fiscalía Europea sea un centro de trabajo integrado en el ámbito competencial gestionado directamente por el Ministerio de Justicia, con los mismos derechos para su personal del resto de centros de este ámbito y a efectos de la inclusión de estas plazas en concursos de traslado y OEP.
- Que se realice una visita inmediata del Servicio de Prevención y de los/as Delegados/as de Prevención a la sede prevista antes de su entrada en funcionamiento para garantizar que se cumple la normativa de prevención de riesgos laborales.
- Incremento de las cuantías de los complementos específicos para que sean superiores a cualquier otro puesto singularizado del ámbito ministerio, dada la exigencia del conocimiento de idiomas como requisito o como mérito.
- Que hasta que se convoque y resuelva el concurso específico para cobertura definitiva las plazas sean cubiertas por comisión de servicio o sustitución, estableciéndose de forma negociada los méritos valorables.
El ministerio se ha comprometido a estudiar estas propuestas y a facilitar un nuevo borrador para continuar la negociación, aunque sí dio la razón a CCOO de que esta RPT tendría que ser provisional y revisarse en unos meses debido a la falta de información que disponen sobre la actividad que llevará a cabo esta Fiscalía.
UNIDAD ADMINISTRATIVA PARA HACER FRENTE A LA COVID-19
Como hemos venido informando (ver aquí) CCOO recurrimos la Orden de creación de esta unidad y la justicia nos dio la razón decretando la nulidad de dicha orden por entender que se había vulnerado el derecho fundamental a la libertad sindical al no haberse negociado con las organizaciones sindicales. El ministerio se ha visto obligado a rectificar trayendo a la mesa de negociación el propio texto de la orden como su propuesta para ser negociada y anunciando que no formulará recurso contra la sentencia que ha declarado la nulidad de dicha orden.
CCOO hemos solicitado que una vez sea firme la sentencia debe ser suspendida la actividad de esta Unidad Administrativa y anularse las comisiones de servicio otorgadas para cubrir sus puestos de trabajo (el Ministerio de Justicia reconoce que solo se cubrieron las 7 plazas de LAJ, 1 GP y 1 TP, quedando por tanto sin cubrir 10 plazas -5GP y 5TP). No obstante hemos ofrecido al ministerio la posibilidad de negociar hasta que finalice el plazo de recurso y la sentencia no sea firme, siempre y cuando se comprometan a:
- Negociar los criterios y méritos valorables para la concesión de las comisiones de servicio y efectuar una nueva convocatoria con estos criterios y méritos.
- Facilitar a las organizaciones sindicales información sobre las funciones que se han venido realizando en cada uno de los puestos de trabajo para proceder así a la valoración individualizada de cada puesto y negociar las cuantías definitivas de los complementos específicos en base a dichas funciones.
- Incorporar otros mecanismos extraordinarios de provisión de puestos de trabajo (sustituciones verticales, nombramiento de personal interino) para la cobertura efectiva de todas las plazas. Limitar la cobertura a la comisión de servicio ha provocado que sí se hayan cubierto todas las plazas de LAJ pero solo una del resto de las del resto de cuerpos al no haber solicitantes.
- Dar cumplimiento a los razonamientos jurídicos de la sentencia ganada por CCOO también en otros temas que se han puesto en marcha sin negociación ni información a las organizaciones sindicales, como son:
o El plan PAO Minerva
o La formación en materia de nuevas tecnologías
o Órganos y personal afectado por la segunda fase de los Planes de Actuación para la COVID-19, tanto en autorrefuerzos, como en refuerzos externos, como en los equipos dinámicos de atención a varios órganos.
o Desarrollo del acuerdo de teletrabajo en el ámbito no transferido, especialmente en lo referente a la distribución entre el personal de equipos para el teletrabajo.
También en este tema el ministerio se ha comprometido a estudiar nuestras propuestas y a convocarnos a nuevas reuniones de negociación.
MODIFICACIÓN DE PLANTILLAS Y RPT EN ÓRGANOS DE NUEVA CREACIÓN
Hemos advertido a la Administración que de seguir con esta actitud de no facilitar información con los criterios técnicos para estas modificaciones y no negociar la valoración individualizada de cada uno de los puestos de trabajo, CCOO nos reservamos el derecho de solicitar la nulidad de pleno derecho de las RPTs traídas a esta mesa por falta de negociación del complemento específico, incumplimiento de la doctrina sentada por el TS en esa Sentencia y por incumplimiento de los artículos 74, 37 y 15 del Estatuto Básico del Empleado Público y 516 y 519.3 de la LOPJ; por lo tanto nada se puede negociar al respecto sin que la Administración facilite a las organizaciones sindicales el MANUAL DE VALORACIÓN DE LOS PUESTOS DE TRABAJO, FICHA DE FUNCIONES, Y NORMAS SOBRE VALORACIÓN DEL SISTEMA RETRIBUTIVO, en definitiva, la documentación necesaria para valorar cada puesto de trabajo en orden a fijar de manera individualizada el complemento específico de los puestos de trabajo que se crean o modifican.
Informamos a continuación de la negociación pormenorizada de cada una de las RPTs llevadas a dicha mesa:
a) Creación Juzgado de Primera Instancia nº 9 de Burgos, con entrada en funcionamiento el 30-06-2021, se aceptaba por parte del Ministerio la propuesta realizada por la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Castilla León, estableciendo en relación a los funcionarios de los Cuerpos Generales (dotación básica mínima 3GP, 4 TP, 1AJ) la distribución siguiente:
UPAD.: 1GP + 2TP
SCOP, SECCIÓN 1ª: 1GP + 1 TP
SCEJ, SECCIÓN 1ª: 1GP + 1TP
SCGral, SECCION 3ª, EQUIPO 3: 1 AJ
Por parte de CCOO solicitamos que además de la dotación propuesta debía incrementarse en un tramitador en el SCOP, SECCIÓN 1ª, por lo que en vez de un tramitador debía dotarse de dos.
Por parte del Ministerio y en vista de que dicha propuesta fue unánime por parte de los sindicatos manifestó que pasaría a estudio.
b) y c) Creación del Juzgado de lo Mercantil 2 de Badajoz con sede en Mérida con una relación de puestos compuesta por 3 GTP, 4 TPA y 1 AUX y el Juzgado de lo Social nº 5 de Badajoz con una relación de puestos compuesta por 2 GTP, 4 TPA y 2 AUXJ, ambos de nueva creación y con entrada en funcionamiento el día 30-06-2021, el Ministerio justifica dicho volumen de las plantillas en la dotación básica mínima haciendo caso omiso a las alegaciones de CCOO en cuanto al incremento de dotación en el Juzgado de lo Mercantil 2 de Badajoz con sede en Mérida de un tramitador más en la UPAD,
d) Creación de puestos en los servicios comunes de Cuenca, concretamente un Gestor Procesal en el Servicio Común General, Sección otros servicios. Gestión PA Equipo de Apoyo y un Tramitador Procesal en el Servicio Común de Ejecuciones Sección EJ CIV/CA/SOC.. CCOO solicitó que teniendo en cuenta el aumento de vistas, juicios y actos procesales de los dos Juzgados de lo Social, y además la activación de los planes de actuación en dicha jurisdicción y la previsión del incremento de pendencia dada la situación generada por la crisis sanitaria, debía crearse además un puesto de Auxilio Judicial en el equipo 3 de la Sección 3ªdel SCG.
El Ministerio se volvió a escudar en que dicho incremento era fiel a la dotación básica mínima, y a propuesta del Secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha, que establece que la creación del Juzgado de lo Social se realiza con una plantilla de 1 LAJ, 2 GPA, 4 TPA y 1 AUX.
e) Modificación de plantilla en Toledo, concretándose en la supresión de un puesto de TPA en el Juzgado de lo Mercantil de Toledo y la creación de un puesto de TPA en el Juzgado de Menores. CCOO expresó que si bien consideraba totalmente acertado el incremento de plantilla en el Juzgado de Menores en un TPA atendiendo a las cifras de entrada y comparativa aportadas por la Coordinadora Provincial de Toledo, estamos radicalmente en contra de la detracción de un TPA proveniente del Juzgado de lo Mercantil, sobre todo porque no se aportaba por parte del Ministerio ningún informe que así lo justificara.
Por parte del Ministerio se ha tenido en consideración la objeción realizada por CCOO comprometiéndose a solicitar y aportar informe en el que se justifique la necesidad de dicha detracción.
f)
Amortización de puesto Médico Forense Registro Civil y creación de
puesto Médico Forense Generalista en el IML de Murcia, Subdirección de
Cartagena, dado que las plazas de MF adscrito al Registro Civil
son plazas a extinguir y que, en este caso, la persona titular se ha
jubilado, la plaza se convertirá en una plaza de MF Generalista, que
deberá ser cubierta en el próximo concurso de traslados, por lo que fue
aprobada su conversión.