El Ministerio de Justicia acepta solo 10 de las 44 propuestas (algunas solo parcialmente) formuladas por CCOO


23 mar 2020



  • Publicadas tres resoluciones que regulan las medidas preventivas en justicia para protección sobre el coronavirus, una sobre Registro Civil, otra sobre Seguridad Laboral y otra sobre Cálculo y Distribución de los Servicios Esenciales

EL MINISTERIO DE JUSTICIA ACEPTA SOLO 10 DE LAS 44 PROPUESTAS (ALGUNAS SOLO PARCIALMENTE) FORMULADAS POR CCOO CON EL ASESORAMIENTO DE PRESTIGIOSOS TÉCNICOS DE PREVENCIÓN E INSTITUCIONES ESPECIALIZADAS DE ESTE SINDICATO Y NO SE ACEPTAN NUESTRAS PROPUESTAS FUNDAMENTALES

Demuestra así el ministro, Juan Carlos Campo su nula disposición al diálogo y que no le importa para nada la opinión de 55000 personas que trabajan en la justicia (cuerpos generales, personal laboral, cuerpos especiales del INT, LAJ y Médicos Forenses)

SEGUIREMOS PRESIONANDO DESDE CCOO PARA QUE EL RESTO DE NUESTRAS PROPUESTAS SEAN INCLUIDAS PERO LAS QUE HA FIJADO EL MINISTERIO SON DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO, QUE VIGILAREMOS Y MEJORAREMOS EN CADA CASO CONCRETO CON LA INTERVENCIÓN CONSTANTE DE NUESTRAS DELEGADAS Y DELEGADOS


Las resoluciones aprobadas que afectan a todo el territorio nacional son las siguientes:
Las propuestas que ha formulado CCOOentre las que resaltamos con negrita las que han sido aceptadas por el ministerio, son:

1) Disponibilidad general, y solo permanencia donde haya trabajo de forma constante (juzgados de guardia, registro y reparto y registros civiles de las poblaciones más grandes)

2) No establecer servicios mínimos donde no se practiquen diligencias de servicios esenciales (juzgados de paz sin registro civil, servicios comunes de actos de comunicación, etc.)

SE ESTABLECE LA POSIBILIDAD DE REDUCIR LOS SERVICIOS MÍNIMOS Y DE ATENCIÓN POR PERSONAL DE OTRO ÓRGANO SEGÚN SE DETERMINE EN RESOLUCIONES DE LAS CCAA TRANSFERIDAS O DEL MINISTERIO
3) Que las normas preventivas sean también de aplicación para todo el personal (incluido LAJ y personal laboral).

4) Disponibilidad de 24 horas de los Servicios de Prevención con teléfono de contacto.

5) Centralizar la información y la comunicación con sanidad en los Servicios de Prevención.

6) Directorio de teléfonos en los centros de trabajo para la limpieza, desinfección y suministro de material de protección.

7) Aplicar los principios generales de protección de la Ley Prevención de Riesgos Laborales (art. 15)
  • a)    Evitar los riesgos.
  • b)    Evaluar los riesgos que no se puedan evitar.
  • c)    Combatir los riesgos en su origen.
  • d)    Adaptar el trabajo a la persona, en particular en lo que respecta a la concepción de los puestos de trabajo
  • e)    Tener en cuenta la evolución de la técnica.
  • f)     Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro.
  • g)    Planificar la prevención, buscando un conjunto coherente que integre en ella la técnica, la organización del trabajo, las condiciones de trabajo, las relaciones sociales y la influencia de los factores ambientales en el trabajo.

8) Cumplir en su integridad los derechos de información y participación de los/as delegados/as de prevención y comités de seguridad y salud.

9) Efectuar en justicia los test rápidos previstos para otros servicios esenciales (sanidad, fuerzas de seguridad, etc.)

10) Aislamiento inmediato de personas contagiadas.

11) Cuarentena de 14 días del resto de personal del centro de trabajo con quien haya tenido contacto la persona contagiada.

12) Cierre inmediato de los centros de trabajo con personas contagiadas hasta su total desinfección.

13) Medios telemáticos a disposición del/la responsable del centro de trabajo para comprobar la entrada de cualquier asunto urgente o relativo a servicios esenciales.
14) Exclusión de los turnos de asistencia de todos los colectivos calificados de más vulnerables por la autoridad sanitaria, mayores de 60 años incluidos, y también quien esté de permiso para cuidado de menores o mayores.
15) No permitir la entrada a los edificios de personas que presenten síntomas o se nieguen la utilización de los geles en las puertas de entrada.
16) Para quien presente síntomas y deba ser atendido para la práctica de servicios esenciales se dispondrá la práctica de diligencias por videoconferencia y, solo si esto no fuese posible, la persona utilizará obligatoriamente mascarilla durante toda su estancia en las dependencias de trabajo o zonas comunes.

17) La primera atención al público del personal de servicios mínimos se producirá en la entrada al edificio para determinar si debe o no acceder a las oficinas y zonas comunes.

18) Establecer la distancia de 2 metros para la atención a la ciudadanía.

19) Instalación de mamparas inmediata en todos los puestos de atención al público o establecer dependencias específicas con mamparas y comunicación telemática y telefónica con los centros de trabajo.

20) Medidas urgentes de los servicios y delegados/as de prevención, incluida la paralización de la actividad en su caso, cuando se incumplan las medidas de seguridad y preventivas.

21) Articular sistema de acceso a las aplicaciones procesales y de gestión desde el domicilio para todos los cuerpos.

22) Para desplazamientos urgentes e inaplazables a centros sanitarios, penitenciarios, de menores y otros dotar de los medios de protección necesarios y viajando una sola persona por vehículo.

23) Fomentar para los registros civiles la solicitud de inscripción telemática de los nacimientos desde el hospital.

24) No hacer señalamientos o citaciones para actuaciones que no sean de servicios esenciales.

25) Establecer aforo máximo en cada dependencia y edifico para garantizar las distancias de seguridad y controlar la espera del personal en las puertas de los edificios.

26) Dotación de esprays para la limpieza y desinfección de teclados, ratones y otros utensilios de difícil limpieza.

27) Dotación de pañuelos de papel desechables a disposición del personal y usuarios.

28) Lavado obligatorio de manos con los productos adecuados cuando se tosa inesperadamente sobre la mano.

29) Limpieza de impresoras, fotocopiadoras, fax, teléfonos y otros elementos de uso común de forma inmediata tras cada uso.

30) Evitar el uso de pulseras, pendientes, piercings, etc., así como de maquillaje, especialmente en las zonas cercanas a las mucosas, ojos y labios.

31) Mascarillas y guantes para todo el personal que atienda al público. Habilitar aparcamientos reservados para fomentar el uso del vehículo particular para el traslado al trabajo.

32) Garantizar que todo el personal está informado de las medidas preventivas y de sus constantes actualizaciones.

33) Intensificar la limpieza y desinfección en los juzgados de guardia y calabozos y mostradores, barandillas, ascensores y pomos o picaportes de puertas.

34) Medidas preventivas y de protección obligatorias para el personal de limpieza.

35) Medidas especiales para levantamientos de cadáver, autopsias y manejo de muestras susceptibles de estar infectadas.

36) Impedir la práctica de diligencias y cualquier actividad en sótanos, lugares cerrados o sin ventilación natural.
37) Las actuaciones en caso de sintomatología grave serán las mismas que en los casos de contagios confirmados.
38) Comunicación inmediata de contagios o sintomatología grave a la representación sindical del personal.
39) Simplificar los trámites a las personas afectadas por contagio o cuarentena siendo solo obligatorio comunicarlo a la persona responsable de personal o del centro o al servicio de prevención por teléfono o correo electrónico y sin necesidad de justificantes, bajo su responsabilidad.
40) Obligación de la persona responsable del órgano de poner los contagios en conocimiento de los/as delegados/as de prevención.
41) Prohibir el contacto físico directo con otras personas a menos de 2 metros y las reuniones que no se hagan por videoconferencia.
42) La limpieza y desinfección de oficinas con personal contagiado se hará con los productos determinados por sanidad  serán extensivas a las zonas comunes del edificio.
43) De acuerdo con las medidas sanitarias vigentes en los centros de trabajo se considerarán exposiciones de riesgo y exposiciones de bajo riesgo no existiendo ningún puesto de trabajo en los servicios esencias considerado de baja probabilidad de exposición
44) Lo dispuesto en la resolución que se dicte serán medidas de obligado cumplimiento, no simples recomendaciones. 
SI SE DEMUESTRA QUE LA NO ACEPTACIÓN DE LAS MEDIDAS QUE HEMOS PROPUESTO PROVOCA ALGÚN CONTAGIO CON FATAL DESENLACE EXIGIREMOS CON CONTUNDENCIA LAS RESPONSABILIDADES QUE CORRESPONDAN