Los servicios mínimos en justicia por el coronavirus pueden reducirse


23 mar 2020



  • Videoconferencia de las organizaciones sindicales con el Ministerio de Justicia


EL NÚMERO DE PERSONAS QUE ATENDERÁN LOS SERVICIOS ESENCIALES DE JUSTICIA PUEDE REDUCIRSE PERO EL MINISTERIO SIGUE NEGANDO LA POSIBILIDAD DE ESTABLECER UN RÉGIMEN GENERALIZADO DE DISPONIBILIDAD EN LUGAR DE PERMANENCIA

Las CCAA con competencias transferidas y el propio Ministerio de Justicia podrán establecer una reducción de personal de servicios mínimos agrupando juzgados que tengan una plantilla inferior a diez trabajadores/as


La aplicación de esta norma aprobada hoy y ya en vigor supone:

Que el número de personal de servicios mínimos establecido actualmente para cada juzgado podrá realizarse agrupando juzgados o tribunales de igual clase u orden jurisdiccional de un mismo partido judicial, siempre que dispongan de una dotación inferior a 10 funcionarios por cada órgano sin que el número de personal sea inferior al 10%.

Ejemplo: Si en un partido judicial hay X juzgados mixtos cuya plantilla es de 8 en cada uno de ellos y en la actualidad prestan servicios mínimos dos personas por juzgado, la plantilla de servicios mínimos podrá ser de dos personas para todos los juzgados, cantidad que se incrementará, en su caso, para alcanzar el 10% de la plantilla total.

De la misma forma se procederá en las localidades con jurisdicción separada agrupando los juzgados, UPAD o tribunales de un mismo orden jurisdiccional.

Para las CCAA con competencias transferidas se les autoriza, pero no se les obliga, a dictar una nueva orden de servicios mínimos en estos términos y para el ámbito no transferido se hará una delegación a las Secretarías de Gobierno de los TSJ para que apliquen esta norma salvo en los casos en que se estime por éstas que no procede por causas justificadas.

CCOO hemos solicitado que esta norma sea de obligado cumplimiento y que las causas de su no aplicación, en su caso, sean justificadas por escrito y siendo resueltas por el Ministerio de Justicia, previa audiencia a las organizaciones sindicales. Esta propuesta ha sido rechazada pero el ministerio nos requiere para que le comuniquemos los casos en que esta norma no sea aplicada y actuará en consecuencia.

En otro orden de cosas, en la reunión CCOO hemos vuelto a reiterar nuestras propuestas (pueden verse pulsando aquí), especialmente:

  • Que se eliminen los servicios mínimos en los centros de trabajo donde no se realizan funciones que se correspondan con los servicios esenciales.
  • Que se haga en régimen de disponibilidad en los centros de trabajo donde la actividad es escasa o esporádica (el ministerio está recabando datos de los órganos de toda España sobre actuaciones de servicios esenciales que se han practicado en la pasada semana y le hemos pedido que los utilice en este sentido que planteamos).
  • Que sea obligatoria la exclusión de los servicios mínimos de mayores de 60 años y que, si como argumenta el ministerio, no hubiere suficiente personal de menor edad en algún centro concreto se negocie qué personas de otros centros de trabajo puedan atenderlos voluntariamente.
  • Que en los casos de contagio o síntomas graves se cierre el centro de trabajo hasta su desinfección y se aísle en cuarentena durante 14 días al personal con el que haya habido contacto, realizándose los test de forma inmediata como en el resto de servicios esenciales como la sanidad o fuerzas de seguridad.
  • Que cuando no existan las medidas de prevención obligatorias (limpieza, desinfección, mamparas, guantes, papel desechable, geles, etc.) en un puesto de trabajo concreto se convoque de inmediato a los Comités de Seguridad y Salud para que de común acuerdo entre la administración y los/as delegados/as de prevención se adopten las medidas oportunas, incluyendo la paralización de la actividad y la subsanación de las medidas preventivas necesarias para reanudar el trabajo.

El ministerio nos ha solicitado que le volvamos a remitir todas nuestras propuestas por escrito para su estudio, sin comprometerse a aceptar ninguna de ellas.

El ministerio nos ha comunicado que están estudiando la reducción al máximo posible de los servicios mínimos en los Juzgados de Paz, de lo que nos informarán en breve.

También se ha publicado una resolución que implementa la jornada de tarde en los registros civiles. Salvo excepciones justificadas solo en los registros civiles exclusivos se hará de forma presencial por un funcionario y, en los demás casos, se atenderá por el personal del Juzgado de Guardia. Se están intentando poner en marcha sistemas de teletrabajo desde el domicilio con Inforeg.

En cuanto a las medidas preventivas el Ministerio asegura que el uso de mascarillas no es necesario para la atención al público según les ha confirmado la autoridad sanitaria y que manteniendo la distancia de seguridad de 2 metros garantizan la imposibilidad de contagio directo.

LAS MEDIDAS QUE HA DICTADO EL MINISTERIO DE JUSTICIA SON A NUESTRO JUICIO MUY INSUFICIENTES, PERO SON DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO. ES INCOMPRENSIBLE QUE EL MINISTERIO HAYA RECHAZADO MUCHAS DE LAS PROPUESTAS DE CCOO

LOS DELEGADOS Y LAS DELEGADAS DE PREVENCIÓN NOMBRADOS POR CCOO SON PERSONAL ALTAMENTE FORMADO Y CUALIFICADO. TENEMOS ASESORAMIENTO DE PRESTIGIOSAS PERSONAS TÉCNICAS EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

PODEMOS AYUDARTE Y ASESORARTE EN TU PUESTO DE TRABAJO PARA MINIMIZAR LOS RIESGOS DE CONTAGIO. PONTE EN CONTACTO CON NOSOTROS ANTE CUALQUIER SITUACIÓN EN LA QUE ENTIENDAS QUE HAY UN RIESGO EVIDENTE PARA TU SALUD O LA DEL PERSONAL DE TU CENTRO DE TRABAJO