CCOO rechaza los borradores de calendario laboral del Ministerio y presenta mas de 100 alegaciones


27 feb 2013



CCOO rechaza contundentemente los borradores de calendario laboral presentados por el Ministerio de Justicia, porque pretenden recortar más derechos de los trabajadores

EN LA MESA SECTORIAL QUE SE CELEBRA HOY, 27 DE FEBRERO, CCOO PRESENTARÁ MÁS DE CIEN PROPUESTAS EXIGIENDO LA RECUPERACIÓN DE LOS DERECHOS LABORALES SUPRIMIDOS TRAS LA PUBLICACIÓN DEL RDL 20/2012 DE JULIO.

Como hemos venido informando el Ministerio de Justicia ha convocado una mesa sectorial para hoy con el fin de negociar, entre otros, el calendario y la jornada laboral para el personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia.

CCOO rechaza en su totalidad los borradores remitidos por el ministerio pues suponen un enorme retroceso en relación a  todas las mejoras, tanto en materia de jornada como de permisos, vacaciones y licencias y, con especial incidencia, en materia de conciliación de la vida laboral y familiar, que habíamos conquistado tras años de lucha.

Por eso CCOO no va a aceptar este nuevo ataque a los derechos laborales y en la reunión de hoy presentamos más de cien propuestas concretas para exigir la recuperación de los derechos  laborales que nos han sido arrebatados e impedir nuevos retrocesos en nuestros derechos. Os adelantamos alguna de las propuestas de CCOO:



§   Recuperación de la jornada de 35 horas semanales y una jornada máxima anual de 1.615 horas.
§   Recuperación de los 6 días de asuntos particulares eliminados.
§   Recuperación de los días adicionales por antigüedad (asuntos particulares y vacaciones)
§   La parte del horario denominado “parte fija” será de 5,30 horas y se realizará, a elección del trabajador, en la franja comprendida entre 8:30 y 14:30 horas.
§   La parte del horario denominado “parte flexible” se establecerá entre las 7:30 horas hasta el comienzo del horario fijo (8:30 o 9:00 horas según la elección del trabajador), y desde el final del horario fijo (14:00 o 14:30 horas, según esa misma elección) hasta las 20:00 horas de lunes a viernes.
§   No se podrán establecer jornadas con horario partido si no hay acuerdo voluntario del trabajador. Dichas jornadas deberán además establecer la retribución económica adicional mediante acuerdo con los representantes de los trabajadores.
§   En el caso de puestos singularizados las jornadas máximas de 40 horas semanales serán siempre de carácter voluntario y con las retribuciones económicas adicionales establecidas en las Relaciones de Puestos de trabajo mediante acuerdo en la negociación con las organizaciones sindicales representativas
§   Recuperar la jornada reducida en Semana Santa y añadir jornada reducida durante 5 días del periodo navideño.
§   Las vacaciones podrán disfrutarse a lo largo de todo el año, a elección del trabajador o trabajadora, y todas en días sueltos que podrán acumularse también a los días de asuntos particulares.



MEDIDAS DE CONCILIACIÓN DE LA VIDA LABORAL Y FAMILIAR:

§         Debe incluirse el disfrute de hasta 2 horas diarias para conciliar los horarios de los centros educativos de los hijos pero también de los centros de día para mayores o familiares con discapacidad o enfermedad grave.
§         Permisos para atender o acompañar al médico a los hijos menores de hasta 16 años y a los familiares mayores hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad
§         Inclusión de permisos por deber inexcusable para actuaciones de carácter personal
§         El cómputo de la jornada a efectos de recuperación de las horas no trabajadas será anual y, por tanto, debe existir la posibilidad de recuperar esas horas a lo largo de todo el año, antes de que se produzca cualquier intento de descuento salarial.