El TS pregunta al fiscal si debe ser competente para estudiar un recurso contra las tasas


10 ene 2013


"Dvuelta" recurrió la orden que regula el pago del gravamen por vulneración de derechos fundamentales


El Tribunal Supremo ha solicitado a la Fiscalía y a la Abogacía del Estado que informen sobre si la Sala de lo Contencioso-Administrativo de este órgano es competente para estudiar el recurso interpuesto el pasado 17 de diciembre por la asociación de defensa de los conductores Dvuelta contra la orden que establece el pago de las tasas judiciales.

La providencia solicitando el informe sobre la posible competencia del alto tribunal en este asunto también pide a la entidad recurrente que se pronuncie sobre este asunto, han informado fuentes de este órgano.

Previamente a esta providencia, otra comunicación de la Secretaría de la Sala de lo Contencioso del Supremo dio por formalmente presentado el recurso y requirió al Ministerio de Hacienda para que remitiera el citado expediente administrativo.

Esta petición se incardina en el trámite habitual en los procedimientos contenciosos, según han aclarado fuentes del alto tribunal, y no suponen la realización a priori de valoración alguna por la Sala.

El recurso, presentado el mismo día que entró en vigor el nuevo gravamen, se funda en la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva de los ciudadanos. Este tipo de recursos por vulneración de derechos fundamentales tienen una tramitación más breve que los recursos contenciosos ordinarios, según las mismas fuentes.

CUESTIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD

En su escrito, Dvuelta pide se anule la orden que regula el pago de las tasas plantee cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional sobre la Ley de Tasa Judicial, así como cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Según Dvuelta, la orden que regula el pago de la tasa es "claramente inconstitucional" dado que al exigirse el pago de la tasa judicial como requisito inexcusable en los casos que la norma contempla, se está infringiendo el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva del artículo 24 de la Constitución Española, máxime si se tiene en cuenta que la norma impugnada establece que el impago de la tasa significará que el secretario judicial no dará curso al escrito procesal de que se trate.

El recurso entiende que, en todo caso, el Tribunal Supremo debería pedir al Constitucional que se pronuncie sobre la constitucionalidad de la Ley de Tasas, ya que de ello puede depender la propia validez y legalidad de la orden que regula el pago de las mismas.

Las previsiones contenidas en el artículo 12 de la orden en cuanto a que el Secretario judicial no dará curso al escrito que proceda impiden en la práctica, según Dvuelta, "el acceso a la jurisdicción o lo obstaculizan en un caso concreto en términos irrazonables, en términos del propio Tribunal Constitucional".

Publicado o 10/01/2013 en www.europapress.es

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