Negociación de las bases de oposiciones 2011 de Secretarios Judiciales


13 jul 2011


Nota informativa de CCOO de Justicia sobre la negociación de las bases de oposiciones 2011 de Secretarios judiciales: La convocatoria se hará antes de final de año, una vez que se apruebe la reforma del Reglamento de Secretarios. CCOO denuncia el corporativismo del Tribunal de oposiciones que provoca, en la práctica, limitaciones a la carrera profesional de los funcionarios de Justicia
Nota informativa de CCOO de Justicia




Reunión sobre las bases de oposiciones 2011 de Secretarios Judiciales (12 de julio de 2011)

La convocatoria se hará antes de final de año, una vez que se apruebe la reforma del Reglamento de Secretarios

CCOO denuncia el corporativismo del Tribunal de oposiciones que provoca, en la práctica, limitaciones a la carrera profesional de los funcionarios de Justicia


La negociación de las bases de la convocatoria de oposiciones de Secretarios de 2011, ha sido una ficción, limitándose el Ministerio a informar sin abordar una verdadera negociación.

Respecto a la convocatoria de 2010, el Ministerio solo ha propuesto unas mínimas modificaciones (exención de tasas para familias numerosas, adición al temario por imposición legal de materias relacionados con la no discriminación por sexos y la dependencia, necesidad de aportar el D.N.I. con la documentación y la no valoración de los idiomas autonómicos en el concurso de méritos) rechazando las propuestas sindicales.

CC.OO. ha propuesto las siguientes modificaciones a las bases de la convocatoria:


  • Incremento del número de plazas convocadas hasta completar la totalidad de las vacantes. Como mínimo deberán incorporarse las plazas no cubiertas del turno de discapacitados de la oposición anterior.
  • Posibilidad de presentarse simultáneamente al turno libre y al de promoción interna.
  • Eliminar el carácter selectivo del curso teórico práctico que, además, debería modificarse estableciendo sistemas de teleformación y de prácticas tuteladas en el centro de destino adjudicado.
  • Reducción efectiva de los temarios de promoción interna en un 50% respecto a los del turno libre.
  • Clarificación expresa de la administración (autonómica o central) que debe abonar las indemnizaciones derivadas de la asistencia en Madrid a exámenes o curso en el Centro de Estudios Judiciales.
  • Cómputo como servicios efectivos del período de funcionario en prácticas en el cuerpo de Gestión para completar los dos años de servicios necesarios para promocionar.
  • Presentación telemática de las solicitudes tal y como está previsto para el resto de los cuerpos.
  • Eliminación de la tasa de examen para los funcionarios de justicia en servicio activo.
  • Establecimiento de dos tribunales diferentes para el turno libre y la promoción interna.
  • Designación por parte de las organizaciones sindicales de los vocales del tribunal pertenecientes al cuerpo de Secretarios, de los cuales uno de ellos, al menos, deberá ser de los que han accedido por promoción interna.
  • Realización de exámenes de incidencias y cambio de fechas en el curso teórico práctico a quienes justifiquen la no asistencia a la convocatoria ordinaria, especialmente por embarazo de riesgo o parto, pero también por enfermedad o fuerza mayor.
  • Indemnización por los gastos derivados de las convocatorias en Madrid de exámenes y curso a los opositores exentos del pago de tasas.
  • Ampliación de los plazos en que se harán públicas las convocatorias de examen (están fijados inicialmente en doce horas de antelación en la propuesta del Ministerio).
  • Eliminar de la documentación a presentar por los aprobados la declaración (tardofranquista a nuestro entender) sobre conducta ciudadana.
  • Oferta a los aprobados de todas las plazas de tercera y segunda categoría.
  • La nota de corte en todos los exámenes no podrá superar el 50% de la puntuación total de cada uno de ellos, especialmente en el turno de promoción interna.
  • El examen oral debe sustituirse por un test o un caso práctico redactado por escrito, evitándose así la discrecionalidad del tribunal en las calificaciones.
  • Incrementar la valoración del historial profesional en el concurso de méritos, dándole una mayor proporción de puntos en relación con la formación académica.
  • En el concurso de méritos deberá tener el mismo valor los periodos de sustitución y habilitación como Secretario, valorándose, además de los meses completos, la parte proporcional por días.
  • En el concurso de méritos se computarán como servicios efectivos en el cuerpo de Gestión, tanto el tiempo de servicios como titular o interino, como los periodos de funcionario en prácticas y los que se hayan desempeñado como sustituto en Gestión por los funcionarios del cuerpo de Tramitación.
  • Los servicios previos como Secretario sustituto deberán tener una valoración superior a los desempeñados como Juez o Fiscal sustituto.


Aparte de las bases de la convocatoria, CC.OO. requirió a la Administración para que dé efectividad a la gran cantidad de acuerdos firmados en el ámbito de la función pública en los que se recoge la importancia de la promoción interna como elemento clave de la mejora de las condiciones de trabajo y de la calidad de los servicios públicos. En este sentido exigimos que se eliminaran los cursos teórico prácticos de carácter selectivo para la promoción interna y que, en su lugar, el Centro de Estudios Judiciales impartiera a los funcionarios de Gestión cursos de formación para la promoción interna.

Ante estas propuestas y las formuladas por los otros sindicatos, la Administración manifestó que no admitirá ninguna que no sean las puramente formales, aunque nos entregará un nuevo borrador de las bases de la convocatoria.

En definitiva, la negociación de las bases de la convocatoria, se ha convertido definitivamente en una pura pantomima. La administración se niega, por principio, a aceptar las razonables propuestas presentadas, en las que existe una coincidencia general de todas las organizaciones sindicales y, en algunos casos como en el insuficiente número de plazas convocadas, incumpliendo conscientemente las sentencias del Tribunal Supremo. Propuestas que, además de mejorar el sistema de selección y las condiciones de trabajo y profundizar en los principios de igualdad, mérito y capacidad, mejorarían por una parte las expectativas de carrera profesional de los funcionarios de justicia y, por otra, la calidad del servicio público de la Administración de Justicia.

Madrid, 12 de julio de 2011