- Como hemos informado desde CCOO, a pesar de que el Ministerio de Justicia publicará en el BOE del próximo día 9 de junio los nombramientos de los funcionarios/as de nuevo ingreso del cuerpo de Auxilio Judicial (fecha a partir de la cual se inicia el plazo de toma de posesión), y todos los ámbitos territoriales también publicarán las adjudicaciones de destino de su personal, la Comunidad de Madrid retrasa la publicación de las adjudicaciones hasta el día 17 de junio y, a juicio de CCOO incumpliendo la legalidad, obliga a los nuevos funcionarios/as del cuerpo de Auxilio Judicial, a no poder tomar posesión hasta 10 días más tarde que el resto funcionarios /as nombrados por la misma Resolución, causando graves perjuicios a los/as afectados/as
- En contestación a CCOO, reclamando que al nuevo personal de Auxilio Judicial de la Comunidad de Madrid se le garanticen todos sus derechos profesionales y económicos, particularmente la percepción de la totalidad de las retribuciones y cotizaciones sociales desde el día siguiente a la publicación de los nombramientos en el BOE el próximo 9 de junio, la Consejería de Justica se desentiende, no asume ninguna responsabilidad y castiga a los/as funcionarios de Auxilio de nuevo ingreso de su ámbito a un inaceptable y discriminatorio recorte de derechos: les retrasa 10 días el plazo para tomar posesión y se lo reduce de 20 a 14 días hábiles; percibirán al menos, 10 días menos de retribuciones y de cotizaciones sociales por todos los conceptos (salvo quienes ya sean interinos/as); empezarán a devengar el derecho a percibir trienios también, al menos, con 10 días de retraso; se reducirá el tiempo de servicios prestados en el centro de destino lo que puede afectar a los efectos de vacaciones, permisos, sustituciones en cuerpo superior, etc.(ver información)
“Ante las dudas planteadas por algunas centrales sindicales respecto la toma de posesión de funcionarios de nuevo ingreso del Cuerpo de Auxilio Judicial se informa lo siguiente
1- El cese como interino de aquellos que estén nombrados en esa situación dependerá de lo que consideren los interesados:
- Pueden trabajar como interinos hasta el día antes a la toma de posesión.
- Pueden presentar su renuncia voluntaria con anterioridad
No se vulnera la Ley de Incompatibilidades ya que la condición de funcionario de carrera solo se adquiere plenamente con la toma de posesión
2- No resulta posible el abono de ninguna cantidad ni salario hasta que no se produzca la toma de posesión, por mas que se les nombre funcionarios del Cuerpo de Auxilio, ya que no hay desempeño de funciones con salario asociado hasta que se realice la toma de posesión efectiva
3-El plazo posesorio será de 20 días hábiles siguiente al del nombramiento como funcionario de carrera, el día 9 de junio. Conforme al artículo 29 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, el plazo no se puede alterar. Esto supone que tendrán 14 días hábiles a partir de la publicación de adjudicación de destinos el día 17 para la Comunidad de Madrid
4- No se aplica en Comunidad de Madrid el permiso de toma de posesión de previsto en la Disposición Transitoria del Real Decreto 364/1995 que se refiere claramente a funcionarios de carrera para procesos de promoción interna”
Para CCOO, tanto la excusa del cierre del sistema de gestión de personal en toda la Comunidad de Madrid, como la respuesta a nuestra reclamación, resultan absolutamente inaceptables por irresponsables y por absoluta falta de respeto, también a los nuevos funcionarios/as del cuerpo de Auxilio y a sus derechos, PORQUE
Por tanto, tratándose de una cuestión que afecta a los derechos de las personas, la Consejería bien ha podido retrasar dicho cierre hasta haber finalizado el plazo de toma de posesión de los nuevos funcionarios/as del cuerpo de Auxilio o, en su defecto, haber hecho los deberes y sacar en papel las tomas de posesión de los 215 nuevos Auxilios y los ceses de los/as interinos/as que legalmente correspondieran
Por tanto, el plazo de toma de posesión se inicia el día 10 de junio y finaliza el día 7 de julio