- Propuesta de CCOO para la eliminación de los grupos de población en las retribuciones complementarias
CCOO
propone al Ministerio de
Justicia que el complemento general del puesto sea el mismo que el que se cobra
en Madrid y Barcelona independientemente de la localidad de destino
Esta
subida retributiva afectaría a cerca de 37.000 funcionarios y funcionarias de
justicia de todos los cuerpos y la más importante correspondería a quienes
trabajan en los Juzgados de Paz y Agrupaciones de Juzgados de Paz
En base a dicho acuerdo, hay que determinar de forma negociada el reparto de un millón y medio de euros aproximadamente para cada uno de los años 2018, 2019 y 2020 en el ámbito no transferido.
CCOO entendemos que con este dinero debe sufragarse una de nuestras reivindicaciones históricas que pondría fin a injustas diferencias salariales que se perciben por el mismo trabajo según la localidad de destino y que debe hacerse extensivo también a las Comunidades Autónomas con competencias transferidas buscando en la Conferencia Sectorial de Justicia los correspondientes mecanismos de financiación.
PRESENTACIÓN ESCRITO ELIMINACIÓN GRUPOS DE POBLACIÓN
El Real Decreto 1033/2007, en su artículo 3º, establece los siguientes grupos de población:
Tipo I. Puestos adscritos a unidades que presten servicios a las siguientes sedes:
a) Las ciudades de Madrid y Barcelona.
b) Otras localidades atendidas por magistrados en las provincias de Madrid y Barcelona.
Tipo II. Puestos adscritos a unidades que presten servicios a las siguientes sedes:
a) Las ciudades de Bilbao, Las Palmas de Gran Canaria, Málaga, Palma de Mallorca, Santa Cruz de Tenerife, Sevilla, Valencia y Zaragoza.
b) Otras localidades atendidas por magistrados en las provincias de Vizcaya, Las Palmas, Málaga, Illes Balears, Santa Cruz de Tenerife, Sevilla, Valencia y Zaragoza.
Tipo III. Puestos adscritos a unidades que presten servicios a las poblaciones no incluidas en los tipos I y II.
Tipo IV. Puestos adscritos a la oficina judicial de apoyo a Juzgados de Paz de más de 7.000 habitantes, o de 7.000 habitantes o menos, dotados en razón de su carga de trabajo.
Y las cantidades mensuales que actualmente se perciben en los distintos grupos en concepto del complemento general del puesto son:
CUERPO
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GRUPO I
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GRUPO II
|
GRUPO III
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GRUPO IV
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MÉDICOS FORENSES Y FACULTATIVOS DEL
INTyCF
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1626,85
|
1605,87
|
1584,86
|
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GESTIÓN Y TÉCNICOS ESPECIALISTAS DE
LABORATORIO DEL INTyCF
|
344,51
|
317,21
|
303,56
|
289,91
303,59
(Secretario de Paz)
|
TRAMITACIÓN Y AUXILIARES DE LABORATORIO
DEL INTyCF
|
299,03
|
271,73
|
258,07
|
244,44
|
AUXILIO JUDICIAL
|
234,89
|
207,57
|
193,93
|
180,28
|
Dado que la disponibilidad de los fondos adicionales se distribuye en tres años (2018, 2019 y 2020), CCOO hemos propuesto que desde el 1 de enero de 2018 se aplique la asimilación de los Grupos III y IV al Grupo II, desde el 1 de enero de 2019 se abone el 50% de lo correspondiente para asimilar el grupo II al grupo I y desde el 1 de enero de 2020 el 50% restante, de lo que derivan los siguientes incrementos en euros mensuales:
GRUPO DE POBLACIÓN
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DESDE EL 1 DE ENERO DE 2018
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DESDE EL 1 DE ENERO DE 2019
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DESDE EL 1 DE ENERO DE 2020
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TOTAL
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GRUPO IV
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27,30
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13,65
|
13,65
|
54,60
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GRUPO III
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13,65
|
13,65
|
13,65
|
40,95
|
GRUPO II
|
0
|
13,65
|
13,65
|
27,30
|
La propuesta de CCOO incluye también la eliminación de los grupos de población en las retribuciones complementarias del Cuerpo de Letrados.
Por último, hemos solicitado que con el dinero sobrante de los fondos adicionales una vez eliminados los grupos de población se incrementen las retribuciones complementarias del Cuerpo de Gestión cuando se desempeña el puesto de Secretaría del Juzgado de Paz y Agrupaciones, pasando a percibir la misma cantidad que percibe el Cuerpo de Secretarios de Juzgados de Paz de poblaciones con más de 7000 habitantes, declarado a extinguir. Este concepto supone un incremento retributivo añadido de 136,33 euros mensuales.
El
Ministerio está obligado a negociar esta propuesta de CCOO y seguiremos trabajando para mejorar las retribuciones de nuestro colectivo
mediante el incremento del complemento específico
en los territorios (como el no transferido) donde menos se cobra, mediante el incremento de las retribuciones en las
guardias especialmente las de disponibilidad y permanencia, mediante el reconocimiento retributivo de las nuevas
funciones derivadas de la implantación de la nueva oficina judicial y fiscal y
de las nuevas tecnologías, mediante el abono
del 100% de las retribuciones por todos los conceptos en la sustituciones
verticales, mediante el pago de las
sustituciones horizontales sin relevación de funciones, mediante el incremento hasta el 1% de la masa salarial
para los fondos de acción social comenzando con la recuperación de los
recortes de 2012, mediante la mejora de
las prestaciones de la Mugeju comenzando por la recuperación de los
recortes de 2012 y mediante la recuperación
del recorte de nuestros salarios que se perpetró en 2010 y de cualquier otro recorte de los gobiernos
centrales y autonómicos que se haya producido con la excusa de la crisis
económica.