MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
Organización
Real Decreto 424/2016, de 11 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
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En lo que respecta al Ministerio de Justicia, la estructura básica del Ministerio sigue siendo esencialmente la misma, a la espera de que se desarrolle en un posterior Real Decreto lo establecido en su disposición fina segunda, que determina:
"Disposición final segunda. Tramitación de los proyectos de reales decretos de adaptación de estructuras orgánicas.
El Ministro de Hacienda y Función Pública, a iniciativa de los ministerios interesados, elevará al Consejo de Ministros los proyectos de reales decretos por los que se adapta la estructura orgánica de los diferentes departamentos ministeriales y organismos autónomos a las previsiones contenidas en este real decreto."
Esto es lo que establece este Rea Decreto 424/2016 sobre la estructura básica del Ministerio de Justicia:
"Artículo 2. Ministerio de Justicia.
El Ministerio de Justicia se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:
A) La Secretaría de Estado de Justicia, de la dependen los siguientes órganos directivos:
1. La Secretaría General de la Administración de Justicia, de la que depende la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia.
2. La Oficina de Recuperación y Gestión de Activos, con rango de Dirección General.
3. La Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional y Relaciones con las Confesiones.
B) La Subsecretaría de Justicia, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1. La Secretaría General Técnica.
2. La Dirección General de los Registros y del Notariado.
C) La Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado, con rango de Subsecretaría"
C) La Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado, con rango de Subsecretaría"