El gobierno aprueba el Real Decreto que regula la realización de pericias por parte de los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses a petición de particulares


21 dic 2015



  • El consejo de ministros aprueba el Real Decreto que regula la realización de pericias por parte de los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses a petición de particulares

El gobierno ha aprobado un Real Decreto, publicado el sábado 19 de diciembre en el Boletín Oficial del Estado"por el que se regula la realización de pericias por parte de los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses a petición de particulares en los casos de reclamaciones extrajudiciales por hechos relativos a la circulación de vehículos a motor"

Este Real Decreto ha sido criticado con la máxima firmeza por CCOO, aportando alegaciones y enmiendas al mismo en la mesa sectorial celebrada el pasado 27 de noviembre con la Dirección General.

Esta ha sido la posición de CCOO en esa negociación respecto a este Real Decreto:

CCOO alerta de que el Real Decreto del Gobierno para regular las pericias extrajudiciales de los Médicos Forenses a solicitud de particulares en las lesiones en accidente de tráfico puede poner en cuestión la imparcialidad e independencia de la Medicina Legal.

El sindicato denuncia asimismo la intervención directa de la patronal de seguros (UNESPA) en la elaboración de este Real Decreto y la falta de previsión de personal para tramitar los expedientes en los Institutos de Medicina Legal.


CCOO ha rechazado, con propuestas alternativas, el contenido del Real Decreto, en primer lugar, porque supone una intervención tramposa de la última reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Porque si bien se establece la posibilidad de que los médicos forenses puedan emitir informe y dictámenes a solicitud de los particulares, en ningún caso determina que lo deban hacer en procedimientos extrajudiciales, es decir que la solicitud de particulares no deba presentarse ante ningún órgano judicial y ése sea quien autorice la realización de dichos informes. Es por ello que hemos planteado que los informes forenses se realicen previa autorización judicial de las solicitudes de particulares.

En segundo lugar, la aprobación de este Real Decreto, puede poner seriamente en cuestión la imprescindible imparcialidad e independencia de actuación de los médicos forenses que venía reforzada dentro de la actuación judicial.
CCOO ha denunciado que las entidades aseguradoras, concretamente UNESPA, la patronal del seguro, ha estado en una posición de dominio a la hora de preparar la norma y, más allá de eso, como ha reconocido sin ningún escrúpulo el propio Ministerio de Justicia, que la misma UNESPA financiará y elaborará la aplicación informática que se implantará en los IML para la tramitación de estos informes extrajudiciales.

Por otro lado, las medidas que pretende aprobar el gobierno responden según CCOO a criterios puramente recaudatorios y, en esta ocasión, con peligro de establecer una relación clientelar con las aseguradoras que son las que pagarán los informes del IML mediante el llamado “precio público” que, a buen seguro, terminarán repercutiéndolo, de un modo u otro a sus asegurados.

El precio público que habrán de abonar inicialmente las aseguradoras no se establece con carácter estatal (aunque puede servir de referencia) y permite que las CCAA con competencias en materia de Justicia que lo fijen para sus respectivos ámbitos territoriales y sean las que lo recauden sin fijar, de forma preceptiva y con los debidos controles para su efectivo cumplimiento, que esa recaudación se destine a la mejora del funcionamiento de los IML y del resto de a Administración de Justicia.

Quienes pagan, es decir, las aseguradoras pueden lograr de hecho dirigir también el fondo y la forma de los informes periciales que se soliciten en un procedimiento extrajudicial y así ejercer un control sobre el contenido y normas generales de valoración de los lesionados de tráfico en los informes emitidos por los IML.
Los informes, sin posibilidad de control contradictorio pueden, de hecho, distorsionar el mercado y el proceso, y que esa distorsión pueda acaba perjudicando a la víctima.

CCOO señala que las plantillas actuales de médicos forenses y de los cuerpos generales de los IML son muy limitadas e, inevitablemente, se retrasaría la emisión de los informes solicitados por los juzgados y tribunales, fiscalías y registros civiles.

CCOO ha denunciado que, en el caso de los Cuerpos Generales, estarían obligados a tramitar un procedimiento administrativo que incluye, notificaciones y citaciones a perjudicados, pero también la responsabilidad de liquidación y pago del precio público. Estas nuevas funciones y tareas resultan absolutamente inasumibles con la plantilla actual para la que, además, ni siquiera se ha previsto su formación. El Ministerio de Justicia, una vez más, únicamente compromete, sin ninguna concreción, formación online y, en relación con las plantillas, retrasaría la posibilidad de incrementarlas a valorar el volumen de periciales que se soliciten.

El Real Decreto, no prioriza la realización de informes o dictámenes que dimanan de las actuaciones judiciales, por lo que, tras la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que limita los plazos para la instrucción de las causas, se podrían archivar muchas de ellas sin que quedara satisfecha la reclamación de tutela judicial.

CCOO ha planteado que, en todo caso, debe negociarse las retribuciones de los médicos forenses y del resto de Cuerpos Especiales y de los Cuerpos Generales a la vista de las nuevas responsabilidades que se derivan de éste Real Decreto.

CCOO también denuncia que no todas las CCAA (como es el caso de la Comunidad de Madrid donde precisamente tiene lugar un altísimo porcentaje del total nacional de accidente de tráfico con resultado de lesiones) han puesto en funcionamiento los IML y ha exigido que, de no modificarse esta norma con las propuestas que hemos planteado, debe retrasarse su entrada en vigor hasta que todas las CCAA disponga del IML ya que, de lo contrario se producirá una discriminación hacia las víctimas dependiendo de su lugar de residencia o del lugar en que ocurra el accidente. Además, CCOO ha denunciado que, en el caso de la Comunidad de Madrid, podrían producirse un caos sin precedentes, además de actuaciones arbitrarias y discrecionales por la Administración autonómica madrileña (abundando en las que, lamentablemente, acostumbra) si se permite la aplicación de la norma sin la puesta en funcionamiento del IML.

Para CCOO, el Real Decreto podría, por último, vulnerar el régimen de incompatibilidades de los médicos forenses y del resto del personal de la administración de Justicia y podrían plantearse multitud de cuestiones de abstención o recusación que dificulten la instrucción judicial.

Una vez estudiado el texto definitivo del Real Decreto, pues no hemos conocido ni hemos sido informados las organizaciones sindicales sobre si el texto definitivo que se ha publicado en el BOE, ha sido o no modificado sobre el borrador conocido. Nos tememos lo peor: que se haya mantenido el borrador de forma íntegra.

Será la comprobación de nuevo del poco interés del Gobierno en modificar borradores de normas legales cuando hay intereses de minorías privilegiadas en juego, a pesar de que el Ministerio de Justicia tiene la obligación legal, y también moral, de defender con la máxima firmeza los derechos de las víctimas por encima de otros intereses.

En el caso de que el texto final no haya sufrido modificaciones sustanciales en la línea defendida por CCOO en la mesa de negociación, mantendremos nuestro rechazo frontal al mismo y adoptaremos las medidas que consideremos sean necesarias para defender los derechos de las víctimas y de los trabajadores/as, médicos forenses y demás personal de la Administración de Justicia afectado directamente por la implantación de dicho Real Decreto.