El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas recogiendo una sentencia del Tribunal Europeo ha adoptado un acuerdo en el que reconoce plenamente el derecho a los empleados públicos a que los padres podrán solicitar el permiso de lactancia, independientemente de que la madre trabaje por cuenta ajena o no y abre la puerta a que esta interpretación se extienda a todos los asalariados.
El ministerio se hace eco de dos sentencias para justificar sus indicaciones. Por un lado, cita un dictamen del Tribunal Constitucional de 2011, que ampara "el derecho del padre, trabajador por cuenta ajena, al disfrute del permiso de lactancia, siempre que su esposa desempeñe una actividad profesional". Por otro, la resolución de Hacienda alude a un fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en 2010, que establece que el hecho de denegar el disfrute del permiso porque la madre no sea trabajadora por cuenta ajena, sino por cuenta propia, "supone una limitación de su actividad profesional", además de que implica que la mujer "ha de soportar sola la carga derivada del nacimiento de su hijo, sin poder recibir la ayuda del padre del niño".
El informe hace referencia a otras sentencias que han ido modificando la interpretación del derecho de lactancia y han señalado la necesidad de evitar conductas que puedan desembocar en desigualdad entre hombres y mujeres en el acceso al trabajo, la formación y la promoción profesionales, "de tal manera que la concesión o no del permiso de lactancia pueda influir negativamente para la mujer en el ámbito laboral o profesional".
El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas dice también que la duración del permiso debe ser la misma lo disfrute uno u otro progenitor, tanto en la modalidad de disfrute diario como de acumulación. El dictamen concluye que el permiso de lactancia "puede ser ejercido indistintamente por el funcionario o la funcionaria", aunque, en el caso de que los dos trabajen, solo podrá ser disfrutado por uno.
De esta forma, Hacienda da respuesta a los casos en los que el funcionario que es padre reclama su derecho a la lactancia y sus parejas no trabajan. Hasta ahora, se entendía que si la mujer no trabajaba le correspondía a ella el permiso de lactancia, aunque fuera el padre el que quisiera disfrutarlo.
El informe hace referencia a otras sentencias que han ido modificando la interpretación del derecho de lactancia y han señalado la necesidad de evitar conductas que puedan desembocar en desigualdad entre hombres y mujeres en el acceso al trabajo, la formación y la promoción profesionales, "de tal manera que la concesión o no del permiso de lactancia pueda influir negativamente para la mujer en el ámbito laboral o profesional".
El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas dice también que la duración del permiso debe ser la misma lo disfrute uno u otro progenitor, tanto en la modalidad de disfrute diario como de acumulación. El dictamen concluye que el permiso de lactancia "puede ser ejercido indistintamente por el funcionario o la funcionaria", aunque, en el caso de que los dos trabajen, solo podrá ser disfrutado por uno.
De esta forma, Hacienda da respuesta a los casos en los que el funcionario que es padre reclama su derecho a la lactancia y sus parejas no trabajan. Hasta ahora, se entendía que si la mujer no trabajaba le correspondía a ella el permiso de lactancia, aunque fuera el padre el que quisiera disfrutarlo.