CCOO viene demandando desde que se conoció el texto de la ley de Tasas Judiciales, y más desde su aprobación y publicación en el BOE, que, entre las cuestiones que tenía que modificar el Ministerio de Justicia de dicha Ley se encontraba la eliminación de la Disposición final segunda, para que el personal funcionario de las AAPP pudiera interponer los recursos contenciosos-administrativos en defensa de sus derechos laborales y profesionales, sin la necesidad de acudir con abogado ni procurador. Y así lo hemos seguido reiterando en todas las reuniones que hemos mantenido con responsables del Ministerio de Justicia y en reiterados escritos que hemos remitido.
El compromiso de la Subsecretaría de Justicia con CCOO de eliminar esta disposición es una victoria para los trabajadores. No obstante, y, teniendo en cuenta el incumplimiento de compromisos anteriores del Gobierno, permaneceremos vigilantes para que sea así.
Y CCOO rechaza, y así lo ha manifestado a la Subsecretaría de Justicia, que no se introduzca esta cuestión en el Real Decreto de modificación de la Ley de Tasas Judiciales que aprueba hoy el consejo de ministros, porque alarga innecesariamente, y de forma injustificada, la recuperación inmediata de este derecho fundamental para el personal funcionario de las AAPP.
Además, en el texto del Real Decreto que modifica la Ley de Tasas Judiciales, y que aprueba hoy el Consejo de Ministros, se ha introducido la siguiente modificación sobre dicha ley:
“Se añade un nuevo apartado 4 al artículo 4:
«4. En el orden contencioso-administrativo, los funcionarios públicos cuando actúen en defensa de sus derechos estatutarios tendrán una exención del 60 por ciento en la cuantía de la tasa que les corresponda por la interposición de los recursos de apelación y casación.»
Para CCOO es claramente insuficiente la introducción de este nuevo apartado que, según el Ministerio de Justicia, se incorporará a la Ley, porque solo permite garantizar que el personal funcionario cuando deba acudir a interponer recurso de apelación o casación en la jurisdicción contenciosa-administrativa en materia de defensa de derechos profesionales, quedará exento del 60 % de la tasa y no del 100% de la misma, tal y como hemos exigido de forma reiterada.
CCOO también rechaza por insuficientes las modificaciones introducidas hoy a la ley de Tasas, porque entendemos que se debe eliminar cualquier tasa judicial para todos los trabajadores y trabajadores, sean personal público, funcionario o laboral, o de la empresa privada.
Y a pesar de los cambios que anuncia el ministro Gallardón, para CCOO siguen siendo claramente insuficientes y por eso hemos mantenido nuestra exigencia a la Defensora del Pueblo de que presentara el recurso de inconstitucionalidad contra esta ley, porque mantiene aspectos gravísimos que vulneran los derechos de la ciudadanía y de los trabajadores y de las trabajadoras.