LA GRAN OPCIÓN DEL 2013: LAS BARRICADAS O LAS CATACUMBAS


8 ene 2013



Por Andrés de la Oliva (*)
UN CUASI-CIERRE DE “POR DERECHO”: COMIENZO UNA SEGUNDA ÉPOCA
LA TIRANÍA DE LA DEMOCRACIA FALSIFICADA SE HACE MÁS FUERTE
PROPONGO DOS REFORMAS SERIAS, INSPIRADO POR RUIZ GALLARDÓN

Escribir para mi personalísimo desahogo no me va. Y no puedo seguir escribiendo aquí con arreglo a lo que me dicta la cabeza. Sirve únicamente para el consuelo de unos cuantos lectores que agradecen ver, negro sobre blanco, lo que ellos mismos piensan. Y aunque sé muy bien cuánto puede reconfortar esa coincidencia, porque yo la experimento también al leer lo que otros escriben, procurar ese consuelo a ciertos semejantes -y lo vengo diciendo desde hace muchos años: prójimos, muchos; semejantes, muy pocos- tiene un coste muy alto. Sin pretender ordenar los diversos conceptos de ese coste, está, ante todo, la dificultad, cada día mayor, de elegir asuntos variados, decidir enfoques y  escribir con cuidado en la forma y en el fondo, para no repetirse demasiado, no exagerar, no incrementar la honda decepción que nos empapa a tantos y no reiterar las negras descripciones de la actualidad que tanto abundan, muchas veces con sobrados motivos y razones. Y está también la sensación de que hay algunos que leen este blog y no es que pasen de lo que leen, no es que les resbale, sino que encuentran en los “post” una eficaz inspiración -sensu contrario, me parece- para hacer más daño, para cometer más disparates y para perpetrar más y mayores maldades. Como uno tiene otras ocupaciones laborales -y, por supuesto, otras posibilidades de distracción-, la existencia del blog y el convencimiento de que hay que mantenerlo actualizado casi semanalmente, resulta que se convierte en una carga nada liviana, añadida a otras que, muchísimo más gravosas, precisamente empujan en la dirección contraria a mantener ésta de POR DERECHO como hasta ahora.

Así que, entre unas cosas y otras, llevo bastante más de un mes, no en la tentación de cerrar este “blog” -la tentación es mucho más antigua-, sino en la consideración de mi necesidad de cerrarlo de inmediato o, al menos, de cambiar notablemente su actual “perfil”. En los momentos de mayor disgusto, he frenado esa consideración. Desde hace varias semanas, con tranquilidad, he ido sopesando la decisión. Y, con una enorme gratitud a los seguidores, los visibles y los menos visibles, éste es el último post de la primera etapa, que comenzó a finales de mayo de 2009 . No clausuraré formalmente POR DERECHO, no sea que suceda algo muy especial, que me obligue moralmente, con mucha fuerza, a escribir de nuevo. Pero este “post” o esta “entrada” es una despedida, en el sentido de anunciar que, a partir de ahora, no deben esperar encontrar con cierta frecuencia (casi semanal) nuevos textos en POR DERECHO. Sólo aparecerán, repito, si sucede algo muy grande, bueno o malo, que ahora no imagino ni preveo.

Y como hemos comenzado un nuevo año, me despediré escribiendo cómo veo el panorama. No se trata sólo de que me parezca que no exageré nada el 22 de diciembre pasado, sino de que las no muchas noticias de este 2013 indican que el rumbo general sigue y aún con más firmeza (o dureza, más bien) sin posibilidades reales de que desde la sociedad civil obliguemos a cambiarlo.

Dos pequeñas muestras del firme rumbo, ambas consistentes en noticias sobre el contenido del borrador o anteproyecto de una llamada Ley de Servicios Profesionales, patrocinada por el Ministerio de Economía. Las noticias pueden no ser exactas, pero han pasado muchas horas y no veo rectificación, así que las doy por buenas, porque verosímiles lo son, desde luego. La primera es que se suprimirá el Master establecido en la Ley de Acceso a la Abogacía, de 2006 y que lleva ya meses, como mínimo, impartiéndose. La segunda, que sólo podrá existir un Colegio Profesional por Comunidad Autónoma (CA). En Madrid, CA autónoma uniprovincial, no podrían existir dos Colegios de abogados, uno el de Madrid y otro el de Alcalá de Henares. En Galicia, por ejemplo, deberían desaparecer seis de los siete Colegios de Abogados existentes en la actualidad.

Hagamos la usual reserva expresa de desinterés personal (obligada por lacorrección política, como si tener interés le convirtiese a uno en mentiroso o en mentecato, que no pudiese decir nada verdadero o decentemente razonado): a mí, personalmente, nada me va en el “master” (si me opuse a reducir la carrera de Derecho de 5 a 4 cursos y nadie me ha explicado aún el por qué de semejante cambio, imaginen lo que opino de la estructura a la boloñesa de “grados” y “másteres”) y menos aún me juego en el número de Colegios de abogados o de otros profesionales. Pero me irrita, lo reconozco, que el Ministerio de Economía se meta a cambiar las cosas porque sí.

Para la emborronada o anteproyectada supresión del “master” de autos se aduce exceso de regulación en el ámbito de la Abogacía. Economía habla, dice el informador, de “una regulación excesiva y obsoleta”. ¿Pueden ser tan necios y desahogados los redactores del papel de Economía cuando la Ley se aprobó en 2006, se desarrolló por  Real Decreto 775/2011, de 3 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales y, para más inri, la misma Ley fue reformada en el 2012? ¿Cabe una más asombrosa frivolidad cuando el “master” correspondiente se introdujo por un déficit, único en Europa (y en otros continentes), de requisitos para el ejercicio de esa profesión de abogado? La reforma, dice la información que he leído, entrecomillándolo, sería “necesaria para mejorar la competitividad de un sector que supone alrededor del 30% del empleo universitario”.  ¿Existe en España falta de competitividad entre abogados? ¿Acaso son pocos? ¿Se prevé, por ventura, una ampliación del “mercado” gracias a la Ley de Tasas Judiciales? ¿Es que se les va a sorprender con algún imaginativo plan de promoción de la Abogacía, como el que se diseña para otros profesionales del Derecho?

Pero, ¿y lo de los Colegios Profesionales? ¿Se podría saber qué rayos le importa al Ministerio de Economía que en Galicia haya siete Colegios de abogados y en Madrid dos? ¿No saben que desde hace tiempo basta con una colegiación para actuar en toda España? ¿Pagamos quizás todos los españoles los Colegios profesionales, como pagamos, en cambio, al Ministro, Sr.  De Guindos, a sus Secretarios y Secretaria de Estado, a sus Subsecretarios y analogados y a sus Directores Generales?

Decididamente, nuestros dirigentes político-sociales-económicos/subvencionados no sólo se dedican a la industria extractiva de los bolsillos de los españoles, sino que actúan convencidos de que la sociedad civil es una finca de su propiedad, que pueden deslindar como les parezca, demoliendo esto, construyendo lo otro y plantando parterres de tulipanes (encargados a Dña. Marta Ferrusola, a ser posible) donde la gente sembraba y cuidaba sus huertos. Todo a costa de los ciudadanos, convertidos ya en colonos de la finca. La arrogancia y prepotencia de estos indocumentados, tan dados a la ingeniería social como los illuminatti deZapatero, resulta insufrible.

De la CORRUPCIÓN no hace falta que diga nada, porque ocupa el 70% de las noticias y el 95% de las conversaciones entre españoles. A consecuencia de esas noticias seguramente dudarán Vds. mucho acerca de quiénes son de “los suyos” y quiénes son de “los otros”. En esta duda me parece ver una notable mejoría porque ya iba siendo hora de no alinearse tanto y con tanta incondicionalidad. Pero el motivo de la duda no deja de ser deplorable.

De lo que muy pocos dudamos es de que, por necesarios que hayan sido y sean algunos “recortes”, todos los que se han dado y los que se anuncian no han sido ni están siendo justificados y distribuidos con una mínima equidad, medianamente explicada. Vds. tendrán la impresión de que, por el contrario, hay gente, poca pero visible, que ni siente ni padece la famosa “crisis”, mientras tantísimos compatriotas de esa gente andan en severos apuros o en angustiosas necesidades. Para mí que nunca habían sido tan hirientes e injustificadas las desigualdades en este país. Y lo que es aún más indignante: nunca he visto tan mal disimulada la insensibilidad de los potentados. Y no me refiero tanto a quienes lo son por herencia o por su trabajo empresarial con riesgo de sus personales recursos y sin subvenciones, sino a los potentados por su integración o su simbiosis con el aparato del Estado, que ya no es ni Social ni de Derecho, sino depredatorio.

El año 2013, de seguir así las cosas -y hay gente trabajando con nuestro dinero para que así sigan- no puede ser sino el año de la ira. A mí no me convencen las revoluciones y no me parece que, si alguna hay en marcha, tenga probabilidades de triunfar. Las manifestaciones y las protestas -en las que no faltan graves daños y perjuicios a muchas personas inocentes- ya no derriban ningún Gobierno. Las imágenes de multitudes en la calle no conmueven a los gobernantes y para los antidisturbios y otros menesteres menos claros no se escatiman los euros. Pero la ira es imparable y, añado, también irreprochable. Sin embargo, no es buena para la salud y de ahí que no quiera yo inflamar más mi ira ni la de otros. Así que es mejor que no siga escribiendo con frecuencia. En la opción entre las barricadas (la que más me apetece) y las catacumbas (la menos incómoda y la más fácil) escojo ésta segunda, porque es, para mí, la única posible, aunque no resulta ni heroica y ni siquiera airosa.

Sin embargo, quiero dedicar este final a dos serias propuestas de "recorte": la primera, relativa al Congreso y al Senado, inspirada en la reformajibarizadora del Consejo General del Poder Judicial promovida por D. Alberto Ruiz Gallardón. La segunda, relativa al personal no escalafonado al servicio del Gobierno de la Nación, personal que se suprimiría, también ha recibido inspiración del Sr. Ruiz Gallardón, promotor de la  Ley Orgánica 8/2012, de 27 de diciembre, de medidas de eficiencia presupuestaria en la Administración de Justicia, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (B.O.E. de 28 de diciembre de 2012), tremenda ley por la que, de un golpe, se suprimen los jueces sustitutos, entre otras cosas. En la hipótesis meramente académica de que se hiciesen estas reformas (o incluso sólo una de ellas), es probable que la ira general no fuese en aumento.

La justificación de la primera reforma podría desarrollarse por extenso, pero, dada la disciplina de partido y el muy estrecho margen de actuación individual que los Reglamentos de Congreso y Senado atribuyen a Diputados y Senadores, los lectores entenderán que con la reforma que se propone se ahorraría mucho dinero, se estimularía de modo muy intenso la presencia de candidatos electorales con profesión y oficio conocidos al margen de la política y no padecería nada en absoluto el funcionamiento de las Cámaras, sin merma de su carácter institucional representativo, para lo que se prevén diversos actos plenarios. Dicho esto, ahí va la propuesta

REFORMA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS Y DEL SENADO DE ESPAÑA

Artículo Único. 1. Las incompatibilidades previstas hasta el presente para los miembros del Congreso de los Diputados y del Senado de España se aplicarán sólo a los Diputados y Senadores que, por acuerdo de su Grupo parlamentario, representen a éste, con voto ponderado según el número de Diputados o Senadores de su mismo grupo elegidos para cada Cámara. Cada Grupo Parlamentario designará tres Diputados y dos Senadores. Sólo estos Diputados y Senadores, así como los que integren el Grupo Mixto percibirán retribución fija por su condición parlamentaria, conforme al apartado 7 del artículo 71 de la Constitución Española.

Los restantes Diputados y Senadores podrán ejercer su profesión o desempeñar el oficio público o privado a que se dedicasen antes de su designación o, si careciesen de empleo, profesión u oficio, podrán buscar un puesto de trabajo con los subsidios y obligaciones que establecen las leyes. La prestación por desempleo durará un año desde que fueron elegidos o designados.

2. Las funciones propias del Congreso de los Diputados y del Senado de España, así como las de las Cortes Generales, serán desempeñadas en régimen de dedicación exclusiva por los Diputados y Senadores a que se refiere el parrafo primero del apartado anterior, mediante el ejercicio de su voto ponderado, con la sola excepción de los siguientes actos, a los que serán convocados todos los Diputados y Senadores:

1º) Actos de comienzo de legislatura y sesión en que se pronuncie discurso de investidura del Presidente del Gobierno.

2º) Mociones de censura.

3º) Intervención en cuestiones sucesorias relativas a la Corona, conforme a lo previsto en los arts. 57 a 63, incluidos, de la Constitución Española.

4º) Discursos de dignatarios extranjeros, cuando el Gobierno de la Nación considere oportuno que algunos de ellos se dirijan solemnemente a cualquiera de las Cámaras.

3. Para la presencia e intervención, si fuese necesaria, en los actos enumerados en el apartado anterior, los Diputados y Senadores sin dedicación exclusiva recibirán el correspondiente permiso o licencia remunerado, sin perjuicio de las dietas que en razón de esos actos se les asignen, en concepto de la asignación prevista en el apartado 7 del artículo 71 de la Constitución Española.

REFORMA PARA LA PROFESIONALIZACIÓN DEL GOBIERNO DE LA NACIÓN

PREÁMBULO
(inspirado en el de la Ley 8/2012, de 27 de diciembre, B.O.E. del día 28)

 En el actual contexto económico, se hace imprescindible la adopción de medidas que mejoren la eficiencia del Gobierno de la Nación.

Por ello se propone una reforma que garantice el servicio público que prestan directamente al Gobierno cierto número de personas, elevando sus niveles de profesionalización administrativa. Se pretende posibilitar que en la totalidad de los casos, el auxilio al Gobierno sea prestado por integrantes de los distintos Cuerpos de la Administración y que la actuación de asesores ajenos a esos Cuerpos sólo sea excepcional y ocasional, ante circunstancias de necesidad acreditada y motivada, prestando de esta manera un servicio de mayor profesionalización hacia los ciudadanos.

Artículo Único. 1. Se declaran vacantes y salen inmediatamente a concurso de traslado entre funcionarios del Cuerpo y grupo correspondiente, todos los puestos de trabajo que, en el ámbito del Gobierno de la Nación y de sus Ministerios y organismos dependientes, se encuentren actualmente desempeñados por personas que no pertenezcan a los Cuerpos de Funcionarios a los que, conforme a su configuración legal y reglamentaria, correspondería prestar los servicios del puesto de trabajo de que se trate. Sin perjuicio de convocatorias formales, los interesados pueden presentar sus instancias desde la entrada en vigor de la presente ley.

2. En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta Ley, se resolverán los concursos conforme a los principios constitucionales de mérito y capacidad. Transcurrido ese plazo, se amortizarán por ministerio de la ley los puestos de trabajo que no hubiesen sido adjudicados a personal funcionarial mediante los concursos aquí previstos.

Las puestos de trabajo continuarán desempeñados interinamente por sus actuales ocupantes hasta la resolución de los concursos.

3. Cuando el Gobierno de la Nación precise, excepcional y ocasionalmente, de asesoramiento o colaboración que no pueda ser prestada por personal de los Cuerpos de funcionarios existentes, podrá convocar concursos para contratación administrativa, conforme a la legislación correspondiente.

4. El Gobierno de la Nación adoptará las medidas oportunas para incentivar que la profesionalización aquí prevista se lleve a cabo en los ámbitos de gobierno de las Administraciones autonómicas y municipales.

Si están Vds. de acuerdo con las propuestas, envíen un SÍ a modo de comentario (sin perjuicio de añadir lo que quieran). Si no están de acuerdo, envíen un NO. Si no saben o no quieren contestar envíen NS/NC. Se lo ruego: me hace mucha ilusión terminar la primera etapa (o comenzar la segunda, tanto da) con una encuesta. No haber producido una encuesta en tres largos años es una frustración que me gustaría evitar. De aquí a un mes haré públicos los resultados en "post" especial de POR DERECHO -- II Época.
Muchísimas gracias a todos los lectores. Y hasta que toque salir de la catacumba.

(*) Andrés de la Oliva é Catedrático de dereito Procesal na Universidade Complutense de Madrid


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