El funcionariado también debe movilizarse para parar la reforma laboral


14 feb 2012



Publicado en la página web de CCOO de Justicia de Aragón.




Ante las próximas movilizaciones contra la reforma laboral, algunos podrían pensar que como las reformas laborales no afectan los empleados públicos, no es preciso que nos movilicemos, y que si un día nos tocan nuestros derecho, pues bueno, ya veremos. Gran error.

La reforma laboral, en principio, no afecta a los derechos de los funcionarios públicos ni a los interinos, cuyos derechos y obligaciones se rigen por el Estatuto Básico del Empleado Público, y en nuestro caso, además, por la Ley Orgánica del Poder Judicial, pero sí afecta a personas que trabajan junto a nosotros, los contratados laborales de la Administración de Justicia (Peritos, limpiadoras, psicólogos, etc), que pueden ser sujetos de un ERE (Expediente de Regulación de Empleo) por causas económicas y ser despedidos con una indemnización de 20 días por año trabajado sin que la autoridad laboral les de el visto bueno. Bastaría para ello justificar la “insuficiencia presupuestaria” del organismo o administración de la que dependen. Ahora bien, si en el caso de las Administraciones son ellas mismas las que aprueban sus propios presupuestos, bastaría con dotar insuficientemente el Capítulo I, que es el dedicado al personal, para provocar una insuficiencia presupuestaria que daría lugar a justificar el posterior despido.

Además, ¿quién decide a quién se despide? ¿Qué criterios presumiblemente objetivos va a tener en cuenta una administración o un organismo autónomo, decidir quién sigue en el puesto de trabajo y quién se va al paro?. Dado que los puestos de trabajo hasta ahora ocupados por contratos laborales podrán ser luego ocupados por desempleados perceptores de la prestación por desempleo, cuya contratación está bonificada, ¿quién asegura que algunas Administraciones no se dedicarán a despedir contratados laborales y a contratar desempleados para ahorrarse costes?

A diferencia del resto de los trabajadores, en caso de “insuficiencia presupuestaria” la Administración no puede, según el texto de la reforma laboral, acordar una reducción horaria con reducción de retribuciones, dejándole sólo la posibilidad del despido del trabajador.

Que nadie se engañe: después de la reforma laboral, que ya afecta a compañeros de trabajo, viene la reforma de la Administración Pública, pues hay que cumplir los requisitos de déficit exigidos por Europa. Y con la justificación de hacer una Administración pública más eficiente, más dinámica y más flexible derechos que hoy consideramos intocables de los funcionarios públicos (no sólo derechos económicos) se verán gravemente afectados. Ya no hablamos sólo de pensiones ( el Gobierno no tardará mucho en ampliar la edad de jubilación de los funcionarios públicos a los 67 años, y suprimir ciertos derechos propios de los funcionarios como la posibilidad de jubilación voluntaria con el 100 % del salario por parte de los funcionarios con más de 35 años de servicios que hayan cumplido los 60 años), ni hablamos sólo de salarios (ay, las pagas extras…) sino de derechos mucho más fundamentales y esenciales de la función pública que, al igual que respecto del resto de los trabajadores, se pondrán en cuestión para hacer una supuesta administración más eficiente y con menos gasto.

Por todo ello o los funcionarios nos unimos a los trabajadores y parados para parar esta reforma laboral, o una vez que sea impuesta y el Gobierno, por medio de Soraya Saenz de Santamaría que parece que disfruta cada vez que anuncia una medida que perjudica a la clase media y Cristóbal Montoso, que también es ministro de Administraciones Públicas, anuncie la reforma de la función pública no habrá forma de pararla ni habrá nadie que pelee junto a nosotros.


Publicado el 14/02/2012 en http://ccoojusticiaaragon.blogspot.com/

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