Oposiciones. Forenses. Canarias. Corrección de errores en la adjudicación de destinos


17 sept 2011


En el Boletín Oficial del Estado número 224, de 17 de septiembre de 2001, se publica la Resolución de 22 de agosto de 2011, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, por la que se corrige la de 2 de agosto de 2011, por la que se otorga destinos a los funcionarios del Cuerpo Nacional de Médicos Forenses (turno libre), que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/3368/2008, de 11 de noviembre.
Publicado en el Boletín Oficial del Estado de 17 de septiembre




COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS

Destinos
  • Resolución de 22 de agosto de 2011, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, por la que se corrige la de 2 de agosto de 2011, por la que se otorga destinos a los funcionarios del Cuerpo Nacional de Médicos Forenses (turno libre), que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/3368/2008, de 11 de noviembre.



Texto

Advertido error en la Resolución de este centro directivo de 2 de agosto de 2011, por la que se otorga destino a los funcionarios del Cuerpo Nacional de Médicos Forenses (turno libre), que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/3368/2008 de 11 de noviembre, en el ámbito de Canarias, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a efectuar las siguientes correcciones:

Único.

En el pie de recurso, donde dice: «Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso potestativo de reposición ante este Ministerio en el plazo de un mes, o contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.», debe decir: «Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, según lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, desde el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”, según lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.»

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, en el plazo de un mes, o contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», según lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Las Palmas de Gran Canaria, 22 de agosto de 2011.–El Director General de Relaciones con la Administración de Justicia, Alejandro Parres García.