Publicado en http://oficinajudicial.justicia.es
La nueva norma facilitará la relación de los ciudadanos y profesionales con la Administración de la Justicia a través de las nuevas tecnologías.
El objetivo de la Ley Reguladora del Uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación en la Administración de la Justicia, que actualmente se está tramitando en el Congreso de los Diputados, tiene como principal objetivo regular los aspectos básicos del derecho al uso de las nuevas tecnologías por parte de los ciudadanos y profesionales en sus relaciones con la Administración de Justicia.
Esta norma también busca establecer las condiciones necesarias para poder tramitar íntegramente en formato electrónico todos los procedimientos judiciales.
Se prevé un impacto económico positivo de la nueva norma, ya que agiliza la tramitación de los procedimientos y elimina muchas de las cargas que tiene el acceso al sistema de justicia, tanto para la ciudadanía como para los profesionales.
La norma supone la plasmación en España del Plan de acción e-Justicia de la Unión Europea, y facilita la relación de los ciudadanos y profesionales con la Administración de la Justicia mediante esa adaptación a las nuevas tecnologías de la comunicación.
Derechos de los ciudadanos y deberes de los profesionales
Podrán elegir el uso de las tecnologías de la información en sus relaciones con la Administración de Justicia, que deberá dotarles, en estos casos, de los medios oportunos para hacerlo.
Tanto los profesionales (abogados, procuradores, graduados sociales y otros) como el personal de las Oficinas Judiciales y las Fiscalías tienen el deber de utilizar estas nuevas tecnologías, lo que permitirá, en el medio plazo, la tramitación íntegramente electrónica del expediente judicial.
Sede judicial electrónica
Regulada en la ley, es el canal a través del cual se pueden realizar todas las actuaciones tanto por parte de los ciudadanos como por parte de los profesionales del ámbito de la Administración de Justicia. Para facilitar ese acceso, se creará un Punto de Acceso General de la Administración de Justicia.
Expediente judicial electrónico
Un aspecto fundamental de esta ley es el establecimiento de normas que hagan posible la íntegra tramitación electrónica de los procesos judiciales. De este modo, la ley regula detalles relativos al registro de escritos, comunicaciones y notificaciones electrónicas.
La tramitación electrónica permite agilizar notablemente los trámites, al evitar la solicitud a los interesados de determinada documentación; racionaliza la distribución de cargas de trabajo y permite introducir indicadores de gestión.
En la nueva norma se regulan igualmente las peculiaridades y características de la tramitación electrónica de los expedientes judiciales, al presentar determinadas características que la diferencian de la tramitación en papel.
Esquema Judicial de Interoperabilidad y Seguridad (EJIS)
Se dota de rango legal al EJIS, por constituir un mínimo común denominador de conocimiento que permite que los distintos sistemas informáticos no acaben siendo incompatibles, o se generen disfunciones por el uso de programas o aplicativos distintos. Para la gestión de EJIS se crea un Comité Técnico Estatal de la Administración Judicial Electrónica integrado por representantes del Ministerio de Justicia, Comunidades Autónomas transferidas, Consejo General del Poder Judicial y Fiscalía General del Estado.
Comunidades Autónomas
Para las CCAA con competencias transferidas en materia de Administración de Justicia, que ya están inmersas en un proceso de puesta en línea de servicios electrónicos, la entrada en vigor de la Ley va a suponer una labor de adaptación y de reasignación de esfuerzos, reorientando, en algunos casos, sus prioridades en el desarrollo y adaptación de sistemas e infraestructuras informáticos.
Otra iniciativas legales en marcha:
• El Proyecto de Ley de Medidas de Agilización Procesal persigue la simplificación de trámites de los tribunales civiles y contencioso-administrativos potenciando la función como unificador de doctrina del Tribunal Supremo.
• El Anteproyecto de Ley Orgánica de Tribunales de Instancia supone el corolario, en palabras del Ministro de Justicia, del proyecto de implantación de la Oficina Judicial y significa concluir el proceso de adaptación y reforma del primer nivel de la jurisdicción, reduciendo los tiempos de espera y ganando en especialización y calidad.
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