Así es el pacto de pensiones


28 ene 2011




Publicado en www.europapress.es

Los puntos esenciales del acuerdo tripartito son los siguientes: Edad de jubilación: La jubilación legal se retrasa a los 67 años, pero con un periodo transitorio que en la práctica sólo será aplicable desde 2027, y que será esquivable por la mayoría de los trabajadores por las opciones de jubilación con toda la prestación y 65 años cumplidos, posibilidad que los sindicatos han convertido en bandera.

Pensión completa

Podrán jubilarse a los 65 años y con la pensión completa los trabajadores que acumulen 38,5 años de cotización. El Gobierno había pretendido desde el principio que se llegase a los 41 de cotización, posibilidad a la que tendrían acceso sólo quienes trabajasen desde los 24 años ininterrumpidamente hasta los 65 años de edad, y los sindicatos consideraban que con 35 años, como en la actualidad, podría ser suficiente. La pensión completa con 67 años de edad se logrará si se han cotizado 37 años.

Periodo de cálculo

El periodo de cálculo de la prestación pasará de los 15 años actuales (los 15 últimos) a los 25 últimos años de carrera laboral. El tránsito será igualmente muy flexible: entrará en vigor en 2013 y culminará también en 2027. Los sindicatos querían elevar únicamente a 20 años el periodo de cálculo; pero las necesidades de reforzar la contributividad han terminado imponiendo en esta materia las tesis del Gobierno.

Cotización mínima

El periodo mínimo para acceder a la prestación contributiva se mantendrá en los 15 años, aunque con tal cotización únicamente se podrá cobrar el 50% de la base reguladora de la pensión. El Gobierno quería elevarlo a 20 años, o al menos a 17. Finalmente se deja en 15 para no provocar efecto expulsión de cotizantes, pero se reparte la carga de la escala de aseguramiento de forma más equitativa para premiar las carreras largas de cotización.

Escala de aseguramiento

La escala de aseguramiento se quiebra. Ahora tienen prima las cotizaciones entre los años 15 (mínimo exigible) y los 25, de forma que con 15 años se toma el 50% de la base reguladora (llamémosle pensión aunque no sea exactamente lo mismo), y con 25 años, el 80%; así, los años de 25 a 35 para llegar al 100% de la pensión tienen sólo una acumulación de un 2% por año. Con la reforma, el reparto del premio es igual para cada año, y se repartirá el 100% entre los 15 años (mínimo) y 37 (máximo). En plata: con 37 años cotizados se logrará el 100% de la pensión si se han cumplido los 67 de edad, y los 25 últimos se ha mantenido la cotización.

Jubilación anticipada

La prejubilación se establece con carácter general desde los 63 años, con coeficientes reductores que oscilarán entre el 6% y el 7,5% en función del número de años de anticipo de pensión. Ahora es posible jubilarse con 61 años, o con 60 si se registraron cotizaciones antes de enero de 1967.

Se fortalecerán las cotizaciones de los regímenes especiales (agrario, autónomos) al estirar a 25 años el periodo para calcular la prestación, ya que los dos regímenes cotizan de manera mayoritaria por base mínima y sólo 15 años por interés económico.

Con estas medidas las partes consideran que se estabiliza el sistema de pensiones para 30 años, y que el gasto en pensiones, siempre dependiendo de la evolución de la economía, no superará el 12,5% o 13% del PIB en 2025, justo cuando las cohortes más masivas del baby boom lleguen a la edad de retiro.


La ampliación del cómputo de las pensiones a 25 años se realizará en dos tramos de cinco años

Gobierno y sindicatos han acordado que la ampliación del cómputo de las pensiones de 15 a 25 años se realice en dos tramos, uno inicial hasta los 20 años podría situarse entre los tres o cinco primeros años desde la entrada en vigor de la reforma --entre 2016 y 2018--, y el otro hasta los 25 años en los cinco años siguientes, informaron a Europa Press en fuentes próximas a la negociación.

De esta forma, la ampliación definitiva a los 25 años de cotización para el cálculo de la pensión podría estar completado como muy tarde en 2023.

Por otro lado, a efectos de cómputo las lagunas de cotización se cubrirán a partir de dos posibles fórmulas. En la primera se cubrirán los dos primeros años con la base mínima de cotización, mientras que el resto se hará con el 50% de la misma.

Junto a ello, la Seguridad Social arbitrará fórmulas que reconozcan los periodos cotizados en los dos años anteriores al de cómputo para el relleno de lagunas de cotización, en los términos y condiciones que se determinen reglamentariamente.

Éstas son algunas de las cuestiones que a estas horas están acabando de perfilar el Ejecutivo y los agentes sociales antes de dar por cerrado el acuerdo en materia de pensiones, que podría escenificarse de manera formal el próximo 2 de febrero en La Moncloa con la presencia del presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, los secretarios generales de CC.OO. y UGT, Ignacio Fernández Toxo y Cándido Méndez, y el presidente de la CEOE, Juan Rosell.

UN INCENTIVO DEL 3,5% POR CADA AÑO DE MÁS TRABAJADO

Con todo, el acuerdo pivotará en torno a la elevación de la edad de jubilación a los 67 años, aunque aquellos que cumplan carreras de cotización de 38,5 años podrán jubilarse a los 65 años y cobrar el cien por cien de la pensión.

El periodo de cotización para tener derecho a toda la prestación para aquellos que se jubilen a los 67 años será de 37 años. Así, el periodo mínimo para tener derecho al 50% de la pensión seguirá siendo de 15 años y hasta los 37 años la escala será perfectamente regular y se computará mensualmente.

En el apartado de incentivos al retraso de la edad de jubilación, Gobierno y agentes sociales están estudiando mejorar los actuales, que se sitúan entre el 2% y el 3% de la base de cotización por año de retraso.

En concreto, el Gobierno ha propuesto elevar esta cifra al 3,5% para las carreras completas, es decir, aquellas con más de 37 ó 38,5 años, según los casos. Sin embargo, el asunto no está cerrado porque las partes no han llegado a concretar las cifras.

En cuanto a los trabajos tóxicos, penosos, insalubres o peligrosos, el principio de acuerdo contemplaría coeficientes reductores de la edad de jubilación cuando no sea posible cambiar las condiciones del puesto de trabajo, mediante la sobrecotización de las empresas. Estas profesiones se incluirían en el anteproyecto de ley que el Gobierno espera aprobar mañana en el Consejo de Ministros.

Además, las partes han acordado suprimir la jubilación especial a los 64 años, una modalidad de jubilación que, como medida de fomento del empleo, rebajaba la edad mínima de jubilación sin la aplicación de coeficientes reductores para que los trabajadores por cuenta ajena pudieran acceder a la pensión con los mismos derechos económicos que si tuvieran 65 años cumplidos.

En cuanto a la jubilación parcial, se mantendrá la situación actual de este tipo de retiro a los 61 años y la cotización será íntegra tanto para el relevista como para el relevado, en un periodo de cinco años desde la entrada en vigor de la reforma.

BENEFICIOS PARA JÓVENES Y MADRES

Además, el acuerdo reconoce a mujeres y hombres, en igualdad de circunstancias, nueve meses de cotización por hijo, con un máximo de dos años, en el caso de que hayan interrumpido su vida laboral para el cuidado de hijos nacidos o adoptados.

Gobierno y sindicatos se han puesto también de acuerdo en reconocer a los jóvenes como periodos cotizados la participación en programas formativos o de investigación, con efectos retroactivos desde 2009, con un máximo de dos años, mediante suscripción de los correspondientes convenios especiales.

REVISIÓN QUINQUENAL DEL SISTEMA

Por otro lado, el acuerdo contempla que para garantizar la proporcionalidad entre las contribuciones y las prestaciones esperadas se realice desde 2027, horizonte de entrada en vigor de la reforma, una revisión cada cinco años de los parámetros fundamentales.

Estas revisiones responderán a las diferencias entre la evolución de la esperanza de vida a los 67 años en el año en que se efectúe la revisión y la de 67 años en 2027.