A reforma do Rexistro Civil


24 feb 2010




El CGPJ ve inadmisible que los hospitales se encarguen de las inscripciones de nacimiento, como pretende el Gobierno

No ve problemas en la "desjudicialización" que busca el Anteproyecto de Ley del Registro Civil del Ejecutivo



Publicado en www.europapress.es


El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) aprobará previsiblemente el próximo jueves un informe en el que cuestiona el cambio que pretende introducir el Gobierno en el Registro Civil para que los hospitales, clínicas y centros sanitarios sean los encargados de comunicar los nacimientos. Además, también ve "discutible" otorgar a las Alcaldías la facultad de "autorizar" los matrimonios y no sólo de celebrarlos.

En cambio, el informe elaborado por el vocal Claro José Fernández-Carnicero sí se muestra de acuerdo con la voluntad del Anteproyecto de Ley del Registro Civil que el Consejo de Ministros aprobó el pasado 8 de enero de que el nuevo registro deje de estar "judicializado" y pase a ser un órgano dependiente del Ministerio de Justicia. De esta manera, aunque sus actos seguirán sometidos al control de los jueces, serán "funcionarios públicos cualificados" los encargados.

En opinión de Fernández-Carnicero, esta opción "no atenta" contra las funciones que la Constitución atribuye a los jueces y magistrados, ya que el cometido que venían desempeñando como encargados del Registro Civil "no supone ejercicio de función jurisdiccional".

Con todo, subraya que las competencias que actualmente desarrollan los jueces en estos ámbitos exceden de la función registral propiamente dicha y, por ello, considera "conveniente" que en esta reforma no se hayan trasladado a los encargados de las nuevas oficinas la totalidad de los cometidos que se desempeñan.

NECESIDAD DE UNA LEY DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA

En concreto, indica que asuntos como los reconocimientos de filiación, emancipación por concesión paterna, rectificación de sexo por disforia de género y autorizaciones para optar a la nacionalidad española deben conferirse a los órganos judiciales competentes para que sean constituidos actos de jurisdicción voluntaria. De hecho, aprovecha para urgir al Gobierno la necesidad de aprobar una Ley de Jurisdicción Voluntaria.

Por lo que se refiere a los actos inscribibles, considera "asistemático" la nueva forma de determinación de filiación que establece el anteproyecto, que coloca a los hospitales, clínicas y centros sanitarios "en la tesitura de llevar a cabo una comprobación de la identidad de los declarantes".

El estudio elaborado por el CGPJ reconoce que este nuevo sistema "puede representar un avance" que tenga "no poca repercusión práctica", ya que evitaría que los padres tengan que desplazarse en los días después del alumbramiento a las oficinas del registro, pero critica que se traslade a los centros sanitarios "la responsabilidad de efectuar las comprobaciones o verificaciones que toca realizar al encargado del Registro Civil", algo que "no cabe considerar de recibo".

En opinión de este vocal, "lo adecuado" sería seguir exigiendo a los centros que emitan el parte facultativo y que lo remitan al Registro Civil y que, por otra parte, "proporcionen medios técnicos y personal auxiliar" a los interesados para que desde el propio centro puedan remitir telemáticamente la declaración, siendo la función de comprobar la veracidad de los encargados del Registro Civil.

Por otra parte, y en relación a las inscripciones relativas al matrimonio, el informe ve "discutible" que el anteproyecto otorgue a las Alcaldías no sólo la función de celebrar los matrimonios, que tienen en la actualidad, sino la de "autorizarlos" e instruir los expedientes previos a los mismos.

El estudio cuestiona que se otorgue esta competencia que "sólo al encargado del Registro Civil puede corresponder" a otros sujetos que "ninguna relación, ni orgánica ni funcional, guardan con el Registro Civil".

IMPENSABLE EN MUNICIPIOS PEQUEÑOS

Fernández-Carnicero considera que esta reforma es "cuestionable", ya que "no cabe pensar que las alcadías, sobre todo las que se corresponden con municipios pequeños, van a disponer de los medios humanos y técnicos adecuados para asumir con solvencia la llevanza de los expedientes matrimoniales".

Por todo ello, cree que "sería deseable" que se introdujera "al menos la cautela" de que dicha labor de instrucción se desarrollara "bajo la dirección del encargado del Registro Civil y por delegación de éste" y que se refleje la posibilidad de que las decisiones adoptadas por los alcaldes sean susceptibles de recurso.

Otro de los aspectos que analiza el informe del CGPJ es el papel del Ministerio Fiscal, como parte que puede iniciar un procedimiento registral. El autor del estudio critica que el proyecto de reforma no contemple "expresamente" la expresa intervención del Ministerio Público en la tramitación de los expediente registrales, al menos en aquellos "de mayor relevancia y trascendencia", tales como los expedientes matrimoniales, "máxime teniendo en cuenta la nueva regulación" que otorga a las Alcaldías la autorización de los matrimonios.

Por otra parte, en relación a la publicidad del Registro Civil, el informe considera que hubiera sido "deseable" que el Anteproyecto "avanzase un poco más" en la concreción de los medios o canales a través de los cuales podrá accederse a los datos del registro por parte de las Administraciones y funcionarios públicos.

El nuevo registro que dio a conocer el Gobierno el pasado mes de enero pretende convertirse en una gran base de datos electrónica común, que deje atrás los libros de registro, de modo que cualquier ciudadano puedaconsultar por internet o realizar trámites en cualquiera de las oficinas del país.