Comisión de servizos: posto de secretario/a da Fiscalía Superior de Galicia


28 jun 2024







Con data 28/07/2024 publicouse na intranet de xustiza a convocatoria mediante comisión de servizos do posto de secretario/a da Fiscalía Superior de Galicia, códigoPR.C99.10.006.15001.002.

O prazo para presentar solicitudes é ata 05/07/2024.

Para acceder á convocatoria , preme aquí



Traxectoria profesional 2024, graos extraordinarios I e II : próxima publicación no DOG o día 04/07/2024







A DXX informa a CCOO e ao resto de organizacións sindicais que o 4.07.2024 está prevista a publicación no DOG da “RESOLUCIÓN do 25 de xuño de 2024, da Dirección Xeral de Xustiza, pola que se aproba a relación de solicitudes estimadas e desestimadas relativas ao recoñecemento extraordinario do grao I e do grao II da traxectoria profesional do persoal ao servizo da Administración de Xustiza en Galicia".

Por causa do carácter persoal dos datos vinculados a estas, o acceso por parte da persoa interesada á información relativa á estimación ou desestimación da súa solicitude realizarase a través da Oficina Virtual do Persoal da Administración de Xustiza de Galicia (OPAX).

Publicadas las instrucciones para el abono del incremento retributivo para 2024



 




Se han publicado en el BOE de hoy, 28 de junio, las instrucciones de Hacienda sobre la aplicación del incremento retributivo para 2024, aprobado por el Consejo de Ministros del martes 25 de junio, e incluido en el artículo 6 del RD ley 4/2024 (Enlace RD ley 4/2024)

MINISTERIO DE HACIENDA

Sector público estatal. Retribuciones

Resolución de 27 de junio 2024, de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, por la que se dictan instrucciones sobre el pago al personal del Sector Público Estatal del incremento retributivo del 2 por ciento para el año 2024 previsto en el artículo 6 del Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo y se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, energética y social



Recordamos que el incremento retributivo para 2024 es del 2,5 % del que el 2 % se abona desde la nómina de julio, retroactivo a 1 de enero de 2024, y el 0,5 % restante en diciembre, también retroactivo a enero 2024, cuando el INE publique los datos del IPC acumulado de 2022-2023-2024, que, dados los datos que ya existen, permiten asegurar que el incremento total para 2024 sea del 2,5 %, tal y como CCOO ha venido informando

La citada resolución de Hacienda contiene, entre otras cosas, las siguientes:

El incremento salarial tendrá efectos económicos desde el 1 de enero de 2024 y se calculará sobre las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2023, incluidos en estas últimas los incrementos derivados de lo previsto en el artículo 19.dos.2 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2023 (recordamos que el incremento salarial para 2023 fue del 3,5 % total, que se abonó de la siguiente forma: un 2,5 % primero, un 0,5 % adicional con los datos del IPC, y otro 0,5% adicional con los datos del PIB, que supuso un incremento total del 3,5 % para 2023 y efectos de enero de 2023

Es decir, que el incremento salarial total para 2024 es del 2,5 % y debe aplicarse sobre las retribuciones totales a diciembre de 2023 que fueron superiores, en ese año, en un 3,5 % sobre las de 2022

Recordamos lo que establece el artículo 6 del RD Ley 4/2024:

Medidas de carácter retributivo del personal al servicio del sector público

Artículo 6. Incremento retributivo del personal al servicio del sector público para el año 2024

1. En el año 2024, las retribuciones del personal al servicio del sector público podrán experimentar un incremento global máximo del 2 por ciento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2023, incluidos en estas últimas los incrementos derivados de lo previsto en el artículo 19.Dos.2 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, en términos de homogeneidad para los dos períodos de la comparación, tanto por lo que respecta a efectivos de personal como a la antigüedad del mismo. Este incremento retributivo tendrá efectos económicos desde el 1 de enero de 2024

2. Asimismo, con efectos de 1 de enero de 2024, se aplicará, en su caso, un incremento retributivo adicional y consolidable del 0,5 por ciento, respecto a las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2023, si la suma de la variación del IPCA de los años 2022, 2023 y 2024 superara el incremento retributivo fijo acumulado de 2022, 2023 y 2024

A estos efectos, una vez publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE) los datos del IPCA del año 2024, se aprobará la aplicación de este incremento mediante Acuerdo del Consejo de Ministros, que se publicará en el BOE

El pago del incremento retributivo se hará de oficio en estos casos:

1. Personal que no haya cambiado de destino durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el último día del mes anterior al del pago de los atrasos. Los atrasos correspondientes al incremento del 2 por ciento se liquidarán de oficio por el ministerio, organismo o entidad en que se encuentre prestando servicios el interesado en dicho día

Y a petición del interesado en los restantes casos como:

2. Personal que durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el último día del mes anterior al pago de los atrasos haya cambiado de destino dentro del Sector Público Estatal, con o sin variación de la naturaleza jurídica de la relación de servicios. Los atrasos se liquidarán por el centro que abonó las retribuciones, previa petición del interesado, dirigida al órgano de personal

3. Personal perteneciente al sector público estatal que en el período comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el último día del mes anterior al del pago de los atrasos haya pasado a prestar servicios a una Administración Pública distinta. Los atrasos correspondientes al período de destino en el ámbito del Sector Público Estatal le serán abonados por el centro donde prestó los servicios, previa petición del interesado

4. Situaciones distintas a las de servicio activo. Respecto al personal que no se encontrara en situación de servicio activo o asimilada, ya sea por jubilación o por cualquier otra causa, o que hubiera perdido la condición de empleado público dentro del período referido en los números anteriores, los atrasos se liquidarán por la habilitación que abonó las retribuciones, previa solicitud del interesado. Si el empleado hubiera fallecido en ese mismo período, la petición se formulará por sus herederos conforme a Derecho Civil

El modelo de solicitud para el pago en los casos en que no se vaya a hacer de oficio, se encuentra como ANEXO de esta resolución, como Formulario de solicitud de abono de los atrasos correspondientes al incremento retributivo del 2 por ciento para el año 2024

Para el personal de la Administración de Justicia no transferida, se entiende que el personal que en 2024 no haya cambiado de ámbito, dado que el pagador es el mismo, el Ministerio de Justicia, no tendrán que hacer solicitud alguna

En las CCAA transferidas, el personal que no haya cambiado de CCAA, se entiende que tampoco deberá hacer solicitud alguna y se les abonará de oficio igualmente
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Actualización: aulas para los exámenes del próximo 29 de junio de los procesos selectivos de Gestión y Tramitación, promoción interna






AULAS EXÁMENES 29 DE JUNIO PROMOCIÓN INTERNA DE GESTIÓN Y TRAMITACIÓN

YA SE HA INCLUIDO EN TRAMITACIÓN LA SEDE DE MURCIA


TRAMITACIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA, ACCESO PROMOCIÓN INTERNA, Orden PJC/150/2024, de 19 de febrero (BOE de 23 de febrero)

25 de junio de 2024

EXAMEN 29 DE JUNIO. DISTRIBUCIÓN DE OPOSITORES POR AULA
























GESTIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA, ACCESO PROMOCIÓN INTERNA, Orden PJC/104/2024, de 31 de enero (BOE de 12 de febrero)

Acaban de publicarse las aulas de Gestión promoción interna en la web del Ministerio de Justicia:

26 de junio de 2024

EXAMEN 29 DE JUNIO. DISTRIBUCIÓN DE OPOSITORES POR AULA





















Las sedes generales fueron publicadas en el BOE de 3 de junio de 2024


Ha habido alguna rectificación posterior:

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Nueva reunión de la Mesa Sectorial sobre la Ley de Eficiencia








El Ministerio de Justicia confirma los peores augurios en las nuevas oficinas judiciales derivadas de la implantación de los Tribunales de Instancia y pretende cerrar la negociación de manera inminente

  • Ayer se reunió nuevamente la Mesa Sectorial para la negociación de la Ley de Eficiencia del Servicio Público de Justicia sin avances relevantes para los trabajadores/as (teniendo en cuenta la profunda modificación de las condiciones laborales que supone esta Ley), al no aceptar el Ministerio ninguna de las principales exigencias de CCOO

En la reunión de Mesa Sectorial de ayer, día 27 de junio, el Ministerio de Justicia ha presentado una nueva propuesta que no acaba de acercarse mínimamente a las reivindicaciones de CCOO para garantizar los centros de destino, los puestos de trabajo, la totalidad de las retribuciones complementarias, incluidas las derivadas por servicios de guardia, el reconocimiento profesional y retributivo de las funciones, además de otras importantes reivindicaciones como la desaparición de los grupos de población, el desarrollo de la carrera profesional y la negociación del teletrabajo

En concreto, el Ministerio de Justicia sigue negándose a:

1. Negociar el reconocimiento profesional y retributivo de las funciones que realizamos y nuestro papel fundamental en la implantación del nuevo modelo organizativo que plantea el proyecto de Ley de Eficiencia

CCOO seguimos reclamando un trato no discriminatorio para todos los cuerpos con una subida retributiva generalizada a través del Complemento General del Puesto equiparable a la acordada con las asociaciones de LAJ, aparejada a la plasmación en la LOPJ de las funciones que realmente realizamos por encima de las que actualmente tiene encomendadas cada cuerpo

POR ESO RECHAZAMOS EL ACUERDO FIRMADO POR CSIF Y UGT, POR SU CONCEPTO EN EL COMPLEMENTO ESPECÍFICO RESTRINGIDO ÚNICAMENTE AL ÁMBITO NO TRANSFERIDO CUANDO LAS FUNCIONES Y LA LEY DE EFICIENCIA AFECTAN POR IGUAL A TODOS LOS CUERPOS DE TODOS LOS ÁMBITOS TERRITORIALES, ACUERDO QUE ESTÁ SIENDO UTILIZADO POR EL MINISTERIO PARA REFORZAR SUS POSICIONES

No todo vale ante la mayor reforma de la organización judicial que se lleva por delante los derechos de los trabajadores/as conquistados a lo largo de años de negociación y movilización de los/as trabajadores/as

2. A la creación que reclamamos desde CCOO de, al menos, Áreas por cada una de las jurisdicciones y secciones especializadas que integren el Tribunal de Instancia y para la atención de un máximo de seis jueces o juezas así como equipos de un máximo de quince efectivos. Todos ellos serán centros de destino diferenciados e inamovibles a los efectos de los concursos de traslado y oferta al personal de nuevo ingreso para impedir la movilidad funcional forzosa

El Ministerio sólo acepta áreas por 15 unidades judiciales del mismo orden jurisdiccional y equipos de mínimo 100 personas

3. El mantenimiento en la implantación de las nuevas oficinas judiciales el mismo número de puestos de trabajo con retribuciones complementarias especiales (actos de comunicación, violencia, puestos diferenciados.) y los que realizan los servicios de guardia, así como el mismo número de puestos singularizados

El Ministerio de Justicia sólo acepta incluir la garantía de retribuciones por guardia en el número de guardias que el trabajador/as tenga que realizar en la nueva estructura (admitiendo que podrían ser menos). En el caso de retribuciones complementarias, a lo sumo aceptaría que el personal que perciba esos complementos pueda seguir cobrándolo bajo un “complemento personal” que se agota con la persona, pero no vendrá asignado al puesto de trabajo. Es decir, se acaban o reducen de forma drástica las expectativas de acceder a puestos de mayor retribución

4. Que la implantación de los Tribunales de Instancia y sus oficinas judiciales no conlleven en ningún caso rebaja del número de puestos de trabajo en ningún cuerpo ni localidad

5. Crear Servicios de Apoyo que permitan la atención a unidades con sobrecarga coyuntural de trabajo

CCOO seguimos reclamando que no se utilice la asignación de tareas de otra oficina distinta a aquella en la que se esté destinado como plantea el proyecto de Ley de Eficiencia sin ningún tipo de limitación objetiva y temporal

6. Retrasar la entrada en vigor de los Tribunales de Instancia prevista, salvo modificación, para los primeros seis meses del año 2025, hasta que no estén negociadas las nuevas Relaciones de Puestos de Trabajo

CCOO exigimos que no haya fechas ni plazos predeterminados en la Ley de Eficiencia que permitan la imposición de Relaciones de Puestos de Trabajo no negociadas, pues el Ministerio da un plazo máximo de seis meses para la negociación de las RPTs de la Oficina Judicial desde la implantación de los Tribunales de Instancia y de 3 meses para las RPTs de las Oficinas de Justicia en el Municipio desde la entrada en vigor de la Ley

7. Eliminar los puestos de trabajo compatibles y deslocalizados donde se puedan realizar tareas de oficinas distintas a las de la ubicación física del puesto

CCOO exigimos puestos de trabajo y tareas vinculados de forma exclusiva y excluyente a su ubicación

8. Desarrollar la carrera profesional que desde 2018 tenemos reconocida como derecho en la LOPJCCOO seguimos exigiendo la negociación y publicación inmediata del Real Decreto que permita establecer los requisitos y cuantías mínimas del complemento de Carrera Profesional

9. Eliminar las diferencias retributivas por grupos de población. Seguimos exigiendo que, por el mismo trabajo, no existan diferencias retributivas que dependan de la localidad en que se preste el servicio público

CCOO también hemos seguimos exigiendo en esta reunión, con la negativa del Ministerio a aceptarlo, las siguientes reivindicaciones:

  • Que se negocie y se incluyan en esta Ley de Eficiencia mejoras en las condiciones de trabajo reguladas en la LOPJ como son las Ofertas de Empleo Público y los concursos de traslado, con la inclusión de todas las plazas vacantes; la ordenación y regulación objetiva de la provisión extraordinaria de puestos de trabajo mediante sustituciones, comisiones de servicio, adscripciones provisionales o personal interino; extensión del complemento de productividad a todos los cuerpos en todos los ámbitos territoriales, y nueva regulación negociada de los servicios de guardia

Como venimos reclamando desde CCOO desde hace años, en la reunión hemos vuelto a exigir la RECUPERACIÓN DEL 50% DE LAS PLAZAS DE LA OEP PARA EL TURNO DE PROMOCIÓN INTERNA y la regulación básica del teletrabajo

En relación con la promoción interna, desde el Ministerio comunicaron que plantearían una redacción en la próxima reunión para intentar atender esta reclamación

Ante la exigencia de CCOO en negociar todos los temas anteriores, el Ministerio sólo ha planteado la posibilidad de llegar a un acuerdo ya en los artículos concretos que afectan a la Ley de Eficiencia y con el compromiso de negociar más adelante otros temas como la carrera

No obstante, para CCOO lo preocupante es que el Ministerio anunció que esa próxima reunión del día 4 de julio sería la última con la excusa de que podría finalizar el plazo de enmiendas en el Congreso de los Diputados de la Ley de Eficiencia del Servicio Público de Justicia. Es decir, pretende, un acuerdo “in extremis” pero, desde CCOO, si en esa próxima reunión el Ministerio no presenta una propuesta que se acerque a las reivindicaciones que venimos planteando, mantendremos, si contamos con el apoyo de los/as trabajadores/as, las acciones colectivas en defensa de nuestros derechos laborales y retributivos

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Corrección de errores en la relación definitiva de personas admitidas y excluidas en el proceso selectivo de LAJs, turno libre y promoción interna, y nombramiento de tribunales calificadores



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Se ha publicado en el BOE de 28 de junio de 2024:

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES

Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia

Orden PJC/649/2024, de 25 de junio, por la que se nombran tribunales calificadores del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia, convocado por Orden PJC/215/2024, de 20 de febrero



Orden PJC/650/2024, de 24 de junio, por la que se corrigen errores en la Orden PJC/574/2024, de 7 de junio, por la que se aprueba la relación definitiva de personas admitidas y excluidas en el proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia, convocado por Orden PJC/215/2024, de 20 de febrero


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Adxudicacións provisionais das últimas prazas ofertadas en comisión de servizos o pasado día 13/06/2024


27 jun 2024


 





Saíu publicada con data 27/06/2024 , a Resolución da Dirección Xeral de Xustiza pola que se publican as adxudicacións provisionais de postos de traballo entre persoal funcionario dos corpos e escalas ao servizo da Administración de xustiza convocados pola Resolución do 13 de xuño de 2024.


Para ver a resolución completa, preme aquí


Novos avisos de desocupación de postos mediante o sistema de substitución entre titulares








Con data 26/06/2024 saiu publicada na intranet e na páxina web da Consellería a Resolución da Dirección Xeral de Xustiza pola que se convocan postos para a súa provisión temporal mediante o sistema de substitución.


O prazo de presentación de solicitudes será de tres 3 días hábiles desde o día seguinte ao da publicación.

Todas as persoas solicitantes deberán completar obrigatoriamente a súa solicitude a través do formulario electrónico dispoñible na Oficina Virtual do Persoal da Administración de xustiza (OPAX), no sitio web opax.xunta.es


O persoal funcionario que na data da respectiva convocatoria estea a desempeñar un posto en comisión de servizos ou substitución poderá participar na dita convocatoria sempre que leve máis de seis meses na comisión de servizos ou substitución respectiva.

Para ver a resolución completa, preme aquí



Publicado en el BOE el Real Decreto Ley que incorpora en su articulado el incremento retributivo de los/las empleados/as públicos/as para 2024