Ante los errores detectados por CCOO en la adjudicación provisional del concurso de traslado, el Ministerio anuncia una rectificación y elimina la adjudicación provisional de la web
El Ministerio de Justicia acaba de contestar a CCOO
manifestando que elaborará una rectificación a este listado
provisional, aceptando que la resolución provisional publicada hoy
contiene los errores detectados por CCOO
Acabamos de comprobar que ha eliminado la adjudicación provisional de la web del Ministerio de Justicia
CCOO remitió al Subdirector y a la Sección de Concursos del Ministerio de Justicia esta reclamación que a continuación reproducimos
ASUNTO: CCOO
HA DETECTADO ERRORES EN LA EXCLUSIÓN PROVISIONAL DEL CONCURSO DE
TRASLADO 2022: MUCHAS PERSONAS QUE NO ESTABAN YA CONGELADAS HAN SIDO
EXCLUIDAS INCORRECTAMENTE
CCOO
RECLAMA ANULACIÓN DE LA RESOLUCIÓN PROVISIONAL, LA INCLUSIÓN DE LOS
EXCLUIDOS INCORRECTAMENTE PARA SU PARTICIPACIÓN EN IGUALDAD DE
CONDICIONES CON EL RESTO, Y LA PUBLICACIÓN DE UN NUEVO LISTADO
PROVISIONAL DE ADJUDICACIONES DEL CONCURSO DE TRASLADO 2022 DE CUERPOS
GENERALES
Buenos días:
Como
saben, el personal aprobado en la promoción interna de Gestión
convocadas por Orden JUS/403/2019, de 21 de marzo, fue nombrado por
Orden de de 22 de diciembre de 2020 y se le adjudicó destino por la
Orden JUS/1311/2020, de 22 de diciembre, por la que se otorga destino a
los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la
Administración de Justicia, turno promoción interna, que superaron las
pruebas selectivas, convocadas por Orden JUS/403/2019, de 21 de marzo,
en el ámbito de Península y Baleares
Asimismo,
el personal de Tramitación, que participó en el proceso selectivo por
promoción interna (proceso selectivo convocado por Orden JUS/404/2019,
de 21 de marzo), fue destinado por Orden JUS/1069/2020, de 5 de
noviembre de 2020 (por la que se otorga destino a los funcionarios del
Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de
Justicia, turno promoción interna, que superaron las pruebas selectivas
convocadas por dicha Orden JUS/404/2019, de 21 de marzo), también de
fecha de 2020 (5 de noviembre de 2020)
Como también saben, el RD 1451/2005 establece en su artículo 46.1:
Artículo 46. Requisitos y condiciones de participación en los concursos para puestos genéricos
1.
No se podrá tomar parte en un concurso de traslado para la provisión de
puestos genéricos hasta tanto no hayan transcurrido dos años desde que
se dictó la resolución por la que se convocó el concurso de traslado en
el que el funcionario obtuvo su último destino definitivo, desde el que
participa, o la resolución en la que se le adjudicó destino definitivo,
si se trata de funcionarios de nuevo ingreso
Para
el cómputo de los años se considerará como primer año el año natural en
que se dictaron las resoluciones de que se trate, con independencia de
su fecha, y como segundo año, el año natural siguiente
Por
tanto el personal aprobado del Cuerpo de Gestión por el turno de
promoción interna y el personal del Cuerpo de Tramitación por el turno
de promoción interna, que obtuvieron destino y fueron nombrados por
Orden de 22 de diciembre de 2020 y por Orden de 5 de noviembre de 2020,
respectivamente,, pudieron concursar correctamente en el concurso
convocado en septiembre de 2022, mediante resolución de 12 de agosto de
2022 y no debieron ser excluidos, pues ya tenían dos años según lo
establecido en el artículo 46 del RD 1451/2005
Dado que la exclusión afecta a un número importante de personas, la reclamación que hacemos es con el objeto de:
1. Que se anule la relación de excluidos
2.-
Que se anule la adjudicación provisional del concurso de traslado 2022
de cuerpos generales al haber excluido incorrectamente a estas personas