Un artículo de José Ramón Chaves publicado en www.contencioso.es
Ha sido noticia recientísima que el Consejo de Ministros ha decidido remitir al Consejo de Estado y al Consejo General del Poder Judicial, el Anteproyecto de Ley para elevar sensiblemente las tasas judiciales en todos los órdenes, salvo el penal, y garantizando la exención de los beneficiarios de justicia, pero gravitará sobre la generalidad de la población, con especial lesión en eso que se llaman clases medias. Primero fue el establecimiento de una tasa judicial a las empresas, luego el criterio de la imposición de las costas al litigante que pierde, y ahora vendrán unas tasas generalizadas y exorbitantes para poder acudir a la Justicia que producirán un efecto disuasorio en el litigante. Veamos el alcance de la propuesta y los problemas que se avecinan.
1.Se trata de revisar las tasas judiciales vigentes desde 2002 y reguladas por la Ley de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. Veamos la fría información oficial. En este Anteproyecto de Ley de reforma de determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto nacional de toxicología y Ciencias Forenses también se introducen dos mejoras en la gestión: procuradores y abogados podrán facilitar el pago, y se establecerá la posibilidad de revisar la liquidación de la tasa durante la tramitación del procedimiento judicial.El objetivo de esta iniciativa es evitar la litigiosidad artificiosa que satura actualmente los juzgados. Las tasas abonadas por los ciudadanos que sí tienen recursos económicos no irán a parar a las arcas del Estado, sino que, tal y como ya avanzó el ministro de Justicia, estarán destinadas a sufragar la justicia gratuita. Según una estimación realizada a partir de los últimos datos registrados, 172 millones de euros recaudados en 2010, con el nuevo sistema la cuantía ascendería a cerca de 300 millones.Las tasas ya existentes desde primera instancia en el Orden Civil y en el Contencioso-Administrativo se aplicarán también en lo Social, pero sólo en segunda instancia. Quedarán exentos de pago aquellos a los que se les reconozca la asistencia gratuita. En cambio, junto a las personas jurídicas, sí se incluirá a las personas físicas con recursos económicos como sujetos pasivos de estas tasas.
2. Veamos el cuadro de la propuesta de tasas. ¡¡ Abriremos los ojos como platos !!
3. El problema en el ámbito contencioso-administrativo es de gran calado. En primer lugar, es cierto que en el campo civil están en juego intereses privados (con lo que hay un litigio entre particulares con beneficio especial para ellos) por lo que resulta mas tolerable la subida de las tasas. También es evidente que en el campo penal está en juego el interés público directo (seguridad ciudadana) y por tanto no deben imponerse tasas por las actuaciones instructoras y de enjuiciamiento penales (pues todos nos beneficiamos).
Sin embargo, el mundo contencioso-administrativo es un híbrido, ya que suele enfrentarse el particular con su interés privado y la Administración pública con su interés público, pero con la singularidad de que si un particular gana un pleito a la Administración, ganamos todos, porque se ha remediado un desafuero en quien tiene la responsabilidad con fondos públicos y cargos públicos retribuidos por todos, de no equivocarse.
A ello se suman consideraciones de igualdad. Por mucho que se diga que el proceso se inspira en la igualdad de las partes, lo cierto es que la Administración es un Goliat y el particular un David, y fuera de la Biblia, lo habitual es que Goliat gane a David. La Administración juega con blancas (hace el reglamento y la trampa), toma decisiones bajo la red de numerosos privilegios (ejecutoriedad y ejecutividad, entre otros) y cuenta con letrados experimentados a sueldo; por si fuera poco las estadísticas de pleitos ganados a la Administración no superan uno de cada cuatro.
A estas leoninas condiciones, se suma que la inmensa mayoría de las decisiones de la Administración sobre los millones de los ciudadanos no pasan por el tamiz de los tribunales: a) Pasan inadvertidas sin ponerse en entredicho su legalidad, pues el ciudadano confía en que esté bien liquidada la tasa, en que la multa sea correcta, en que la licencia de obras se la deniegan con arreglo a derecho,etc..; b) Si hay dudas sobre la legalidad, es difícil tener certeza al respecto, dado lo enredado, disperso y complejo de nuestro sistema normativo administrativo; c) Y si alguien está convencido de la ilegalidad, a veces la soporta porque la escasa cuantía del litigio le disuade.
4. Ahora se sumará otro freno mas a la litigiosidad: se impondrán unas tasas judiciales al recurrente, sea persona física o jurídica, cuya cuantía se sumará a los honorarios de abogado y procurador, mas el coste de los peritos o pruebas, etc,etc,… En suma, el enojo de quien desea combatir una tropelía administrativa perderá fuerza ante el desembolso que debe afrontar, a cambio de un lento y formalista proceso, que desembocará en una incierta y lejana sentencia. En estas condiciones, la decisión personal de litigar, por desgracia, se zanjará frecuentemente con el rehúse a embarcarse en el proceso.
Y ahí sí que la Justicia pierde, y el Estado de Derecho. Si esas elevadas tasas las soportará la clase media, que por definición es el segmento social mas amplio de la ciudadanía, está claro que ese incremento desaforado es un torpedo a la línea de flotación de la credibilidad del Estado de Derecho. No será el triunfo de la razón, ni de la ley, sino el triunfo una vez más, de la economía.
5. Lo cierto es que las maniobras judiciales no se detienen ya que el Ministro de Justicia anunció la “revisión de los criterios actuales para evitar su uso fraudulento y una mejor orientación a los afectados para resolver sus problemas de forma extrajudicial” (¡¡ me temo lo peor!!), y también anunció que suprimirá el privilegio de los funcionarios de acudir a los tribunales sin abogado ni procurador.No quiero dar ideas, porque por desgracia mis profecías suelen cumplirse, pero no me extrañaría que algún iluminado propusiese y se aprobase una tasa por formular…¡¡ recurso en vía administrativa!! .
6. Otro problema de tal subida de tasas, es que cuenta con la coartada de la crisis económica, pero lo triste es que no irá acompañado de una mejora del servicio público de la justicia ( o sea, suben las tasas, pero no se incrementan plantillas de juzgados, ni jueces, ni se promueven procedimientos administrativos de mediación que alivien los procesos: mas dinero por lo mismo).
Afortunadamente el Tribunal Constitucional ya dejó claro que las tasas se exigirán en caso de impago por vía de recaudación tributaria pero no impedirán que el proceso judicial avance. Algo es algo.
Por eso, Sevach modestamente opina que si hay una subida de tasas, la Administración de Justicia debería como mínimo dar una respuesta en tiempo razonable. En otras palabras debería ofrecer algo como el Telepizza: si no recibe la pizza en media hora, le sale gratis. O sea, debería establecerse un calendario de resolución judicial razonable en primera instancia ( entre 4 y 6 meses, por ejemplo) y si no hay sentencia, pues las tasas abonadas se devuelven ( y si los plazos se duplican o triplican, se devuelven con recargos a favor del ciudadano). Eso es justo. Un estímulo para la Administración de Justicia y un estímulo para que el ciudadano afronte el pago de las tasas con mejor talante.
Es una injusticia cobrar por la Justicia. Asumo aquélla frase del discurso de Matin Luther King en 1963 cuando dijo: “ nos rehusamos a creer que el Banco de la Justicia haya quebrado”. La Justicia debe financiarse por todos, y tener las puertas abiertas a todos. Hay técnicas sobradas para acabar con los litigantes temerarios. Y es que, subir las tasas judiciales de forma desproporcionada con el efecto de bajar el número de litigios es un espejismo de democracia. Me recuerda aquél sistema del Califa que enojado por la extensión de una epidemia entre sus súbditos que era diagnosticada por los médicos, decapitó a estos últimos y así acabó con el mal.
¡ Que Dios reparta suerte!
Publicado el 31/03/2012 en http://www.contencioso.es/
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