La reforma de la ley del Registro Civil, puede suponer la desaparición de más de 3.000 puestos de trabajo en la Administración de Justicia


2 may 2011


El 4 de mayo CCOO convoca concentración ante las puertas del Congreso de los Diputados

Esta semana se está llevando a cabo la negociación en la Comisión de Justicia del Congreso de las enmiendas presentadas por los grupos parlamentarios que serán aprobadas el 4 de mayo, por lo tanto, esta semana es decisiva para los intereses que venimos reclamando desde CCOO en defensa de los más de 3.000 puestos de trabajo de la Administración de Justicia que pueden verse afectados por la modificación de la Ley de Registro Civil.

Como bien sabéis, el Proyecto de Ley de Registro Civil inicialmente presentado por el Gobierno, a pesar de que algunas informaciones que se están trasladando erróneamente a los trabajadores es la de que el proyecto de ley no atenta contra los derechos de los trabajadores de la Administración de Justicia ni puede conllevar la amortización de plazas, es, como decimos, una tremendo error, pues, ya de por sí en el Proyecto se contempla no solo la desjudicialización (entendiendo ésta como la desaparición de la figura del Juez) sino que se modifican artículos de la LOPJ (Art. 2.2 y Art. 100.1), se deroga el Art. 86 también de la LOPJ y el Art. 27.1 y 2 de la Ley de demarcación y Planta, artículos éstos que otorgan la competencia en materia de registros civiles a los juzgados y tribunales, tanto a los Jugados de Primera instancia o de primera instancia e instrucción, como los Juzgados de Paz, así como los Registros civiles exclusivos o Registro Civil Central, y así se recoge expresamente en el Proyecto de modificación de la LOPJ que acompaña al Proyecto de Ley de Registro Civil.

A lo largo del Proyecto de Ley, se configura el RC como un órgano de naturaleza administrativa, dependiendo del Ministerio de Justicia y de la Dirección General de los Registros y del Notariado, para dictar instrucciones y órdenes, relativas a los hechos y actos inscribibles que se refieren al estado civil, pero las competencias ejecutivas serán de las CCAA conforme a sus Estatutos de Autonomía. La única referencia que se hace a lo largo del Proyecto de ley respecto al personal es una genérica expresión de "demás personal al servicio de las Oficinas del Registro Civil" , pero en ningún caso, esta referencia puede ser suficiente para confiar en que dicho personal se refiere al personal al servicio de la Administración de Justicia. Entender que esta redacción no pone en riesgo los puestos de trabajo de la Administración de Justicia puede ser hasta temerario por parte de aquellos sindicatos que así lo proclaman en privado, pues curiosamente ningún otro sindicato aparte de CCOO ha dado información pública alguna respecto a esta cuestión.

Pero más grave aún son las enmiendas presentadas al Proyecto, sobre todo las de CIU, en las que atribuye directamente a las CCAA la competencia para "la determinación, mediante las RPTs, las dotaciones de personal necesario" pero, en ningún caso, se garantiza que este personal necesario pertenezca a la Administración de Justicia, más bien, la enmienda núm. 71 propone un "Régimen transitorio del personal al servicio de la Administración de Justicia" que en definitiva solo viene a garantizar que hasta que la CCAA aprueben las RPTs podrán seguir prestando servicios en los Registros civiles.

Tras las gestiones que CCOO, en solitario, lleva realizando con los grupos parlamentarios y con el Ministerio, en las que hemos exigido las garantías necesarias para el empleo de los trabajadores de la Administración de Justicia, se está llevando a cabo en estos momentos la negociación de las enmiendas presentadas y que sólo puede llevarse a cabo a través de la transacción de las mismas con el consenso de los grupos parlamentarios en su redacción. Evidentemente, CCOO exige que en esa nueva redacción quede meridianamente claro que:

los trabajadores de la Administración de Justicia que actualmente ocupan puestos de trabajo con funciones de registro civil puedan seguir ocupándolos, si así lo desean que, en cualquier caso, no se pierda la condición de funcionario de la Administración de Justicia que en cualquier reordenación de efectivos en plazas de oficina judicial se garantice la localidad del destino actual que se garanticen las retribuciones que venimos percibiendo. ¿Dónde está el resto de sindicatos? CCOO denunciamos el desinterés de estos sindicatos que, una vez que se han celebrado las elecciones sindicales en la mayoría de las provincias, han vuelto a desaparecer de los centros de trabajo.