A reforma do Rexistro Civil


17 feb 2010




Según Expansión, los Secretarios llevarán el futuro Registro Civil

Su gestión también podrá recaer en funcionarios de carrera del grupoA1, tal y como se desprende del anteproyecto de ley que modernizará esta institución.


Publicado en www.expansion.com



El Gobierno, a través del Ministro de Justicia, ya lo había anunciado. La modernización del Registro Civil necesitaba, según explicó Francisco Caamaño en el Congreso de los Diputados, que su gestión fuera asumida por funcionarios públicos distintos de los jueces. Lo que hasta ahora se desconocía era sobre quién iba a recaer esta tarea.

Pues bien, el anteproyecto de ley del Registro Civil, aprobado por el Consejo de Ministros en enero, despeja la incógnita.

Los encargados del Registro Civil serán tanto funcionarios de carrera del grupo A1, que tengan la licenciatura en Derecho o titulación universitaria equivalente, como secretarios judiciales. De esta forma, se descarta que sean los registradores quiénes asuman la llevanza de la institución pese a que éstos habían expresado al Ministerio su interés en asumir estas competencias.

Atrás quedan también las quejas de los jueces encargados del Registro Civil que han expresado su “rotundo rechazo a la desjudicialización de los registros relativos al estado civil de las personas”–ver Expansión de 15 de diciembre de 2009–. Para este colectivo, sólo a través de su función calificadora se “procede al examen de la concurrencia de los requisitos de veracidad, exactitud y legalidad del hecho inscribible”.

Seguramente, estas cuestiones serán objeto de análisis por parte del Consejo General del Poder Judicial, cuya comisión de Estudios está ya estudiando el anteproyecto de cara a elevar un informe al que ha tenido acceso Expansión–

Reduce significativamente el número de Oficinas de Registro Civil. Así se pasará de las 432 oficinas principales de Registro Civil a 106, aplicando el criterio establecido en el anteproyecto de implantar una Oficina General por cada Comunidad Autónoma y otra más por cada 500.000 habitantes, así como una en Ceuta y otra en Melilla.

Esto, según consta en la Memoria que justifica la reforma, “supondrá un importante ahorro, especialmente en materia de gastos de funcionamiento”. La futura regulación diseña un Registro Civil Único para toda España, informatizado y accesible telemáticamente para todos los ciudadanos, con unidades de atención al público en los municipios. La comparecencia física de los ciudadanos ante el Registro Civil se convertirá, pues, en excepcional.

El anteproyecto amplía los hechos que accederán al Registro. Se dispone, por ejemplo, la inscripción del régimen económico matrimonial legal o pactado, así como la declaración de concurso en la medida en que afecta a la capacidad de obrar del concursado

Dos años de ‘vacatio legis’

Debido a la complejidad de la ley y al cambio radical que supondrá su entrada en vigor respecto del anterior modelo, el legislador ha optado por establecer un“extenso” plazo de vacatio legis, que se ha fijado en dos años. Este es el tiempo que han considerado razonable para que se pueda llevar a cabo la progresiva puesta en marcha del modelo, evitando disfunciones en el tratamiento de la información registral y la implementación de la nueva estructura organizativa. Entre los cambios que conlleva la reforma, está la supresión del Libro de Familia, dado que la existencia de un registro individual que contiene todos los datos y circunstancias relevantes del estado civil de las personas hace innecesaria su existencia.