Para CCOO estas bases parten de un ataque a la negociación colectiva: la Ley 20/21 ha venido a trastocar lo ya negociado con el Ministerio en cuanto a las plazas de la OPE de 2019 y se han incluido una serie de plazas a procesos de estabilización que no han sido negociadas ni identificadas en la mayoría de las CCAA ni con el Ministerio de Justicia
La segunda parte de la reunión de la Mesa Sectorial celebrada ayer en el Ministerio de Justicia estuvo dedicada a una simple toma de contacto para el inicio de las negociaciones de las bases de convocatoria de los dos procesos selectivos de estabilización (uno por concurso-oposición y otro por concurso de méritos) derivados de la Ley 20/2021 de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público
La falta de identificación de las plazas afectadas y un proceso de negociación inexistente para determinar su número en uno y otro proceso tiene como consecuencia que existe un número muy escaso de plazas para el concurso-oposición y, en algunas CCAA, ni se incluyen plazas en este proceso. El hecho de que no haya plazas o haya muy pocas va a poner dificultades para hacer valer el derecho a la reserva de nota en aquellos territorios en los que se hayan presentado, por lo que desde CCOO hemos solicitado que se tenga en cuenta esta situación en cuanto a la reserva de nota que, hemos recordado, está establecida en el Acuerdo de marzo de 2022 y no está reflejada en el primer borrador presentado por el Ministerio de Justicia
CCOO también hemos recordado los compromisos del Acuerdo de Marzo de 2022 en cuanto al concurso de traslado extraordinario, a la recuperación del 50% de plazas para la promoción interna y la convocatoria extraordinaria de promoción interna que prevé la normativa y que es necesaria y justa, toda vez que en los procesos de estabilización han negado la posibilidad de incluir este turno de promoción interna y, más si cabe, mientras siguen poniendo trabas a la promoción profesional con exámenes como el que pusieron en el último examen de Gestión
Sin perjuicio de las modificaciones puntuales de los borradores de las bases de convocatoria que podamos proponer desde CCOO, hemos formulado en la mesa de negociación las siguientes propuestas:
- Revisión y modificación, si procede, del número de plazas convocadas por concurso y por concurso-oposición, para lo que el Ministerio de Justicia y todas las CCAA deberán informar de inmediato de la situación actual de todos los puestos de trabajo, con indicación de si están ocupados con carácter definitivo o con carácter temporal, si son de plantilla o RPT o de refuerzo y, en los casos de provisión temporal, la fecha del nombramiento
- Reserva garantizada de la nota obtenida en la anterior convocatoria. incluso en los casos en que no haya plazas en algún ámbito territorial
- Incorporar a la convocatoria del turno libre correspondiente a las plazas de reposición de 2022 (recientemente negociado sin acuerdo por parte de CCOO) la reserva de nota de la obtenida en la convocatoria de 2017-2018, así como la posibilidad de quien apruebe todos los ejercicios y no obtenga plaza en su ámbito de optar a otro territorio con plazas desiertas, sin necesidad de examen de “repesca”
- Que no sean válidos en la valoración de méritos los cursos de formación impartidos por las organizaciones sindicales a los que solo hayan tenido acceso sus afiliados y afiliadas, aunque estén homologados por una universidad privada o por acuerdos de formación con las administraciones públicas
- Que, ante la coincidencia de varios procesos selectivos de distintos cuerpos, que va a provocar un alto número de personas aprobadas en más de un proceso o más de un cuerpo, se recoja en las bases de convocatoria que las plazas no cubiertas de forma efectiva se incorporen a las OEP del siguiente año
CCOO HEMOS VUELTO A EXIGIR EL CUMPLIMIENTO DEL ACUERDO DE MARZO DE 2022
PARA QUE SE CONVOQUE UN CONCURSO DE TRASLADO EXTRAORDINARIO CON TODAS LAS PLAZAS VACANTES Y ELIMINÁNDOSE LA CONGELACIÓN DE DOS AÑOS
PARA QUE SE RECUPERE EL 50% DE LAS PLAZAS EN PROMOCIÓN INTERNA, PARA QUE NO SEAN ELIMINATORIOS EN ESTE TURNO LOS EXÁMENES NI LA FASE OPOSICIÓN Y PARA QUE ESTA PROMOCIÓN INTERNA PUEDA HACERSE POR CONCURSO DE MÉRITOS SIN FASE DE OPOSICIÓN
Y LA CONVOCATORIA DE UN PROCESO EXTRAORDINARIO DE PROMOCIÓN INTERNA CON EL 50% DE LAS PLAZAS CONVOCADAS POR CONCURSO O POR CONCURSO-OPOSICIÓN EN LOS PROCESOS DE ESTABILIZACIÓN