El TSXG reconoce el derecho a percibir parte proporcional de la paga extra de diciembre a personal laboral de la Xunta


27 oct 2013


El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha emitido una sentencia por la que se reconoce el derecho del personal laboral de la Xunta --que se rige por el V Convenio-- a la percepción de la parte proporcional de la paga extraordinaria del mes de diciembre de 2012, por lo devengado durante el periodo de 1 a 14 de julio de 2012, puesto que el decreto ley 20/2012 que afecta a esta cuestión entró en vigor el 15 de julio.

Así se recoge en un auto de la Sala de lo Social del TSXG en el que los sindicatos CC.OO., UGT, CIG y CSI-CSIF son los demandantes y la Confederación de Empresarios de Galicia y la Xunta son los demandados.

En esta sentencia, se desestima que sea inconstitucional no abonar la paga extra del mes de diciembre a trabajadores, si bien se reconoce al personal laboral afectado por el V Convenio del Gobierno gallego percibir la parte proporcional de la paga extraordinaria de diciembre de 2012 --correspondiente entre el 1 y 14 de julio de 2012--.

Además, en esta sentencia se advierte a las partes que contra la presente resolución pueden interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

En un comunicado, este viernes la secretaria nacional de CIG-Administración, María Carme López Santamariña, ha valorado este fallo como "un paso muy importante, ya que es una de las primeras sentencias que se dictan en este sentido".

Aún así, destaca que "no es la que esperaba" el sindicato, puesto que "no entra en el fondo de la cuestión que se quería formular, que era que se elevara cuestión de inconstitucionalidad al hecho de que no se abonase la paga extraordinaria del mes de diciembre de 2012".

De este modo, la CIG denuncia que la supresión de la totalidad de esta paga extra "se hizo de forma atropellada y sin fundamentos jurídicos de ninguna clase".

"Esperemos que la administración tome nota y reponga la parte correspondiente de paga extra a todos aquellos trabajadores que se vieron afectados por la supresión sin necesidad de acudir a los juzgados", subraya el sindicato.

En este sentido, la CIG aguarda que "este reconocimiento que se hace en el juzgado de lo social para el personal laboral se aplique, en la misma medida, a todo el personal funcionario de las distintas administraciones públicas".

Publicado o 25/10/2013 en www.lainformacion.com

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