El mango de la sartén


7 may 2012



Por: José Yoldi

El Supremo revoca la expulsión de la carrera judicial de un presidente de Audiencia que trató de conseguir la libertad de un narcotraficante


El presidente de la Audiencia provincial de Las Palmas
El presidente de la Audiencia provincial de Las Palmas
¡Qué difícil es que quien tiene la sartén por el mango se muestre razonable y justo! Como en un conocido juego de naipes, siempre suele tener la tendencia a cantar “arrastro” y hacer lo que más conviene a sus propios intereses.

Ocurre no solo en la justicia sino en todos los órdenes de la vida. Acabamos de ver estos días las decisiones de Cristina Fernández de Kitchner y de Evo Morales de apropiarse de las acciones de YPF que pertenecían a Repsol, en Argentina, o de nacionalizar por decreto las instalaciones de Red Eléctrica Española, en Bolivia. Ambos aparecían felices y sonrientes alardeando de unas decisiones que vulneran la seguridad jurídica internacional, que sin duda supondrán una importante reducción de la inversión extranjera en toda Iberoamérica ante el previsible efecto contagio, pero que tanto uno como otro han vendido en clave interna a sus ciudadanos como una acción de fuerza para recuperar lo que es suyo.

En realidad, cada uno ha evaluado costes y beneficios de la medida, han concluido que los segundos eran superiores a los primeros y, pese a la ilegalidad de la decisión, han seguido adelante porque eran dueños de la situación y tenían poder para ejecutarla. Es decir, lo que la Academia entiende que es tener la sartén por el mango.

Otro ejemplo más próximo: periódicamente escuchamos a los dirigentes de Izquierda Unida quejarse de la denominada Ley D'Hondt y proponer una reforma de la ley electoral porque ese sistema de restos, que favorece a los grandes partidos, es injusto con las pequeñas formaciones políticas que necesitan obtener más votos para conseguir el mismo número de escaños.

A pesar de las protestas y de lo justo de los argumentos, parece evidente que la reforma hacia un sistema proporcional no se realizará jamás. Es obvio que los grandes partidos, que tienen mayoría en las Cámaras, nunca van a legislar contra su propio beneficio.

Hace unos días, la Agencia Tributaria ha denunciado la financiación ilegal del PP en Madrid. Hacienda ha remitido al juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz un informe en el que denuncia la existencia de documentos que demuestran que servicios realizados por la trama Gürtel para el PP acabaron siendo satisfechos por la Fundación para el Desarrollo Económico y Social de la Comunidad de Madrid (Fundescam). El dictamen concluye: “Al menos una parte de la facturación emitida a Fundescam es falsa. El cliente real era el Partido Popular”. De donde se deduce que fondos proporcionados por empresarios a Fundescam acabaron pagando gastos electorales del PP madrileño, lo que es ilegal.

Sin embargo, como esas supuestas partidas correspondían a los ejercicios de 2003 y 2004, y ya han transcurrido más de cinco años, que es el tiempo que el Estado se concede para perseguir estos delitos, estos han prescrito y, por tanto, quedan impunes.

Los partidos políticos, que son los que pueden hacerlo a través de sus parlamentarios, deberían ampliar el plazo de prescripción para que estas conductas pudieran castigarse. Sin embargo, todos sabemos que no lo van a hacer.

El jueves pasado, la Sala Tercera del Tribunal Supremo —por cinco votos contra cuatro— anuló la expulsión de la carrera judicial y repuso en sus honores al presidente de la Audiencia de Las Palmas, José Antonio Martín Martín.

En abril de 2010, el pleno del Consejo General del Poder Judicial le había retirado la condición de magistrado por ser autor de cuatro faltas disciplinarias muy graves, tras haber tratado de conseguir la puesta en libertad de Rafael Bornia, uno de los narcotraficantes más importantes de Europa, que estaba acusado de tráfico de estupefacientes y blanqueo de dinero.

Martín incurrió en “inobservancia del deber de abstención a sabiendas; intromisión, mediante órdenes y presiones, en el ejercicio de la potestad jurisdiccional de otro juez y ejercicio de actividades incompatibles con el cargo de juez o magistrado”. El Supremo anula la sanción, no porque fuera inocente de todas estas infracciones, sino porque el Consejo rebasó el plazo de seis meses de que dispone para sancionar a los jueces antes de que caduque el expediente.

Un privilegio que no se extiende, por ejemplo, a los secretarios judiciales o los funcionarios, para los que el plazo de caducidad de los expedientes es de un año. (Lo mismo que los expedientes por multas de tráfico) Y el caso es que ese plazo tan exiguo se ha convertido en una vía de impunidad para los jueces infractores, con las nuevas interpretaciones que está realizando el Supremo. Los partidos deberían modificar la norma para ampliar ese plazo de caducidad para que unos y otros fueran más iguales ante la ley. De esa manera se evitaría que quedaran impunes conductas realmente sangrantes, lo que redundaría en beneficio de los españoles. ¿Creen que alguien va a intentarlo? Ni lo sueñen, quien tiene la sartén por el mango no está interesado en enemistarse con los jueces.

El caso tiene otras aristas —y me temo que también corporativas—, como que el Supremo impida utilizar en el expediente disciplinario escuchas telefónicas del proceso penal abierto contra Martín. Las grabaciones no eran de las conversaciones del teléfono del magistrado, sino de un implicado en un caso de corrupción. Y fue este el que pidió en 2005 al presidente de la Audiencia que se reuniera con el hermano del narco, a lo que el juez accedió. Tras la cena, José Antonio Martín trató de convencer al fiscal y a sus compañeros de tribunal para que accedieran a la libertad de Bornia, a lo que estos se negaron. (Y esto de que las escuchas telefónicas no se puedan incorporar al expediente disciplinario solo se puede aplicar a los jueces, no a los ciudadanos)

Lo más llamativo del caso es que José Antonio Martín fue condenado por la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias a un año y medio de suspensión de sus funciones y a una multa de 7.200 euros por delito de negociaciones prohibidas a funcionarios, pero el Supremo, en este caso la Sala Segunda, le absolvió por considerar que su conducta no constituía delito.

Ahora, que ha alcanzado la edad de jubilación reclamará los salarios que no cobró desde que fue sancionado. Todo un regalo de sus colegas.

Y menos mal que Martín por lo menos no fue sancionado con un traslado forzoso, porque el Supremo ha condenado al Estado, o sea, a todos los españoles, a pagar los gastos de desplazamiento y la mudanza a otro juez al que también anuló, por caducidad del expediente, la sanción de traslado que el Consejo le había impuesto por retrasos en dictar sentencia.

Decía Montesquieu: “No existe tiranía peor que la ejercida a la sombra de las leyes y con apariencias de justicia”.

¿De verdad se preguntan los jueces por qué está por el suelo la imagen de la justicia?


Publicado el 07/05/2012 en www.elpais.com

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