“Dictar sentencias es rápido, lo complicado es ejecutarlas”. El comentario, de un trabajador de los juzgados coruñeses, sirve para entender las estadísticas del Consejo General del Poder Judicial que, a cierre de 2011, contabilizaban para los seis juzgados de lo penal de la ciudad hasta 6.709 condenas pendientes de cumplimiento. La “complicación” se acentúa si se ponen en relación el número de pronunciamientos de los jueces de lo penal con el número de ejecutorias a las que tienen que hacer frente en un año. El pasado se sentenciaron 2.377 asuntos penales, pero las ejecuciones de las condenas impuestas se elevaron hasta las 5.233. Y aún así siguen quedando en cola cerca de 7.000, que se convierten en 9.000 al incluir los juzgados de instrucción, menores y violencia sobre la mujer, también de jurisdicción penal.
Desde los juzgados de lo penal matizan que el hecho de que estén “pendientes” no significa que las resoluciones se encuentren paradas y que las personas que han sido condenadas no estén cumpliendo las medidas de reclusión impuestas, o abonando las multas e indemnizaciones o realizando sus trabajos en beneficio de la comunidad. Son, aclaran, “procedimientos vivos”, lo que quiere decir que están en proceso de cumplimiento, abiertos, pero en trámite de una posible suspensión de la pena, del pago fraccionado de las responsabilidades personales o civiles en mensualidades o en espera, por ejemplo, de una respuesta a una solicitud de indulto.
Tiempos muertos > Pero el que no estén parados no significa que esa importante pendencia no tenga repercusiones negativas, tanto para el juzgado como para los ciudadanos. “El problema –, admiten desde uno de los penales de la ciudad– son los tiempos muertos”. “Muertísimos”, completa otro trabajador, que encuentra la razón principal por las que las ejecuciones de sentencia llegan a dilatarse años en la dificultad de tener al día los plazos de su tramitación: “Resulta imposible controlar cientos de expedientes, ahí faltan medios”.
Tal como exponen varias fuentes consultadas, la dificultad surge por la ingente cantidad de trabajo de estos juzgados, que de forma paralela se encargan de enjuiciar asuntos penales y de dar salida a las condenas que derivan de esos juicios. Por consiguiente, cuanto más resuelva un juez más trabajo acumula su juzgado.
Pero no solo eso. Tal como apuntan desde los penales, al trabajo propio se suman las sentencias, fundamentalmente de tráfico y violencia de género, procedentes de los juicios rápidos que se celebran cada día en los juzgados de instrucción de guardia y se cierran por conformidad, cuyo cumplimiento también corresponde a los juzgados de lo penal.
“Un polvorín” > “Los trabajadores no quieren quedarse allí, los juzgados de lo penal son un polvorín”, lamentan desde el sindicato CCOO, que reclaman a la Xunta más personal y medidas de refuerzo para estas unidades, para evitar la sobrecarga de la plantilla y también el riesgo de que las penas prescriban antes de cumplirse.
Ese temor no es exclusivo de los sindicatos, y desde algunos juzgados admiten que el peligro de prescripción está siempre presente, aunque más en los pagos que en las penas de cárcel. Para evitarlo, desde esta jurisdicción sugieren distintas opciones, que coinciden en la necesidad de plantilla y de la especialización del que se encargue de esta tarea.
Necesaria es también, indican, la reorganización de la oficina judicial y la implantación del expediente electrónico, para automatizar el control de este proceso, unificar los distintos sistemas de registro y dejar atrás la enorme cantidad de papeleo a la que sigue atada la justicia a día de hoy.
Unidades específicas para ejecución o personal especializado
Varias son las soluciones que salen a la palestra cuando se pregunta en los juzgados por los mecanismos que permitirían poner al día las sentencias en espera de cumplirse. Entre ellas está la creación un juzgado específico para la ejecución de sentencias, una solución por la que abogaba el último juez decano, Antonio Fraga Mandián, pero que no cuenta con el respaldo de la actual decana, María Teresa Cortizas González-Criado que es, además, titular del juzgado de lo penal 4. Para la magistrada, más operativo sería aumentar el número de funcionarios que se dediquen a las ejecutorias.
Otra opción que se baraja es la creación de esas unidades de ejecución, pero solo para las sentencias de tráfico y de violencia sobre la mujer, que componen más de la mitad del trabajo de los penales.
Servicio común > El proyecto de reforma de la oficina judicial contempla también la puesta en funcionamiento de un Servicio Común de Ejecución, unidades que centralizarían el cumplimiento de sentencias de todo un partido judicial, tanto penales como civiles, y que estarían en manos de secretarios judiciales en lugar de jueces. Mientras algunos aplauden este proyecto –“siempre que cuente con suficiente personal”– para otros no sería eficaz en materia penal, puesto que casi todas las decisiones en este orden dependen de un juez.
CCOO pide al CGPJ que tenga en cuenta el número de ejecutorias
Desde el sector de justicia de CCOO consideran que la ejecución de sentencias debe ser tenida en cuenta a la hora de evaluar la carga de trabajo de cada juzgado, de cara a la creación de nuevas unidades en su partido judicial. Por eso, en varias ocasiones ha solicitado al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que use también este criterio, y no únicamente el de asuntos ingresados y resueltos por cada juez, para conceder nuevas unidades. Como destaca este sindicato, la entrada en vigor de los juicios rápidos en el año 2003 supuso un importante incremento en la carga de trabajo de los juzgados del orden penal, que asumieron la ejecución de las condenas fruto de conformidades (relativas a delitos contra la seguridad del tráfico, en su mayoría), que son una parte importante puesto que derivan de una reducción de la pena solicitada. CCOO denuncia que, pese a que esa parte del procedimiento pasa a corresponder a los penales, en las estadísticas del CGPJ no se computan.
Más asuntos desde las reformas sobre tráfico del Código Penal
Junto con la puesta en marcha de los juicios rápidos existe otra reforma que tuvo especial incidencia en el número de procedimientos que se enjuician (y ejecutan) en las unidades de lo penal: la reforma del Código Penal en materia de tráfico en 2007, que pasó a considerar delito las alcoholemias con tasas superiores al 0,6 y a tipificar la conducción temeraria. Seis meses después se criminalizaría también la circulación sin carné. Esas nuevas modalidades delictivas supusieron un importante aumento de las condenas, con la dificultad que entraña el controlar las penas de retirada del permiso de circulación.
Publicado el 16/04/2012 en http://www.elidealgallego.com
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