CCOO denuncia: más carga de trabajo en los juzgados de Violencia Sobre la Mujer sin incremento de personal


3 oct 2025


 






CCOO denuncia que el Ministerio de Justicia y las Comunidades Autónomas con competencias transferidas en materia de Justicia no han previsto la dotación de más personal para atender en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer las nuevas competencias que asumen de los delitos contra la libertad sexual

Desde hoy, los juzgados de Violencia sobre la Mujer asumirán la competencia de delitos contra las mujeres que hasta ahora eran competencia de los Juzgados de Instrucción

Estas asunción de nuevas competencias en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer y su efectividad desde el 3 de octubre de 2025 obedece a la reforma de la LOPJ operada en la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia

Hasta ahora, la competencia de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer se limitaba a los delitos cometidos contra mujeres que fuesen parejas o exparejas del maltratador y, con esta modificación, se amplían a todos los delitos contra la libertad sexual, de mutilación genital femenina, trata con fines de explotación sexual, matrimonio forzado y acoso con connotación sexual, cuando la persona ofendida por el delito sea mujer, independientemente del vínculo del agresor con la mujer agredida

Para la efectividad de esta media solo se ha dispuesto la creación de nuevas plazas de jueces o juezas de Violencia sobre la Mujer en Ayamonte, Llíria, Vila-real, Arganda del Rey, Arona, Marbella, L'Hospitalet de Llobregat y Manacor, a partir también del 3 de octubre, y en Motril, Puerto del Rosario, Arrecife, Guadalajara, Ciudad Real, León, Vilanova i la Geltrú, Mérida, Santiago de Compostela, Ourense, Granada, Almería, Algeciras, Córdoba, Málaga, Sevilla, Zaragoza, Gijón, Palma, Eivissa, Las Palmas, Toledo, Valladolid, Barcelona, Lleida, Cáceres, Badajoz, Madrid (3 nuevas plazas), Murcia, Cartagena, Alicante y Benidorm, a partir del 31 de diciembre de 2025

También a partir del 31 de diciembre, en Jerez de la Frontera, A Coruña, Vigo, Móstoles, Alcalá de Henares, Castelló de la Plana, Santander y Barakaldo se transformará una plaza judicial de Instrucción en una plaza de Violencia sobre la Mujer

Obviamente, con la incorporación de nuevos delitos a la competencia actual de este tipo de Juzgados se va producir un significativo aumento de sus cargas de trabajo, pero ni el Ministerio de Justicia ni las Comunidades Autónomas con competencias han atendido las exigencias de CCOO de incrementar el número de personal funcionario de estas oficinas judiciales lo que, además de un incremento muy significativo del volumen de trabajo del personal actual, va a producir un efecto inmediato de retrasos y peor atención a las mujeres víctimas, tanto de los delitos del entorno de la pareja o expareja como los delitos contra libertad sexual de nueva competencia

Por si fuera poco, también se va a extender la jurisdicción territorial de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer de Badajoz, Mérida, Valladolid, Guadalajara, Córdoba, Lleida, Santiago de Compostela, Ourense, Gijón, León, Ciudad Real y Vilanova i la Geltrú a otros partidos judiciales de la misma provincia, con efectividad el 31 de diciembre de 2025, poblaciones en las que se va a ver incrementada la carga de trabajo con la asunción de los delitos cometidos en otros partidos judiciales agrupados y para las que tanto el Ministerio como las comunidades autónomas también se han negado a incrementar el personal que las atiende en las oficinas judiciales, que seguirá siendo el mismo, ya sobrecargado de trabajo en la situación actual

CCOO vuelve a denunciar las pésimas condiciones laborales, retributivas y de salud laboral del personal que ya existían en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer en varios ámbitos territoriales, incluido el gestionado por el Ministerio de Justicia, que, no solo han sido reiteradamente denunciadas por CCOO, sino que, en muchos casos, ha sido el propio personal el que ha optado por pedir traslado a otros órganos judiciales, quedando cubiertos por un alto porcentaje de personal interino y con dificultades para cubrirse con personal de carrera que dé cierta estabilidad a estas plantillas y a estos órganos judiciales tan específicos y que deben atender a una parte de la ciudadanía altamente vulnerable. Y a esta situación de extrema gravedad se sumará ahora un incremento de cargas de trabajo de más del 20%, según acreditados informes, sin el incremento de personal que sería necesario
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EGAP: convocatoria do curso monográfico " A regulación da intelixencia artificial , sistemas e datos "


2 oct 2025





Con data 02/10/2025  publícase no DOG a resolución do 25 de setembro de 2025 pola que se convoca o curso monográfico “A regulación da intelixencia artificial: sistemas e datos. Regulación da normativa europea, estatal e autonómica.”

Esta actividade está dirixida ao persoal empregado público, en situación de servizo activo ou asimilada, da Administración autonómica galega, das súas entidades públicas instrumentais e da Administración institucional; da Administración local; da Administración de xustiza; das universidades do Sistema universitario de Galicia; xuristas, profesionais, alumnado universitario e persoas interesadas en xeral.

Datas: 16 e 17 de outubro de 2025.

Modalidade: presencial.

Horario: de tarde o día 16 e de mañá o día 17.


. As solicitudes de participación nesta actividade formativa só poderán realizarse mediante o formulario de matrícula telemática dispoñible no enderezo <https://egap.xunta.gal/matricula>. As solicitudes entenderanse presentadas unha vez que se complete correctamente o proceso de matriculación.

. O prazo para a inscrición permanecerá aberto desde as 9.00 horas do primeiro día hábil seguinte ao da publicación desta resolución no Diario Oficial de Galicia ata as 23.59 horas do día 13 de outubro de 2025.

. Poderá obterse calquera outra información a través do correo electrónico <novas.egap@xunta.gal> ou, en horario das 9.00 ás 14.00 horas, nos teléfonos 981 54 62 41 e 981 54 63 42.

Para ver a Resolución completa, preme aquí

FSC-CCOO y Wellington Learning International renuevan la oferta de inglés para las personas afiliadas a CCOO y sus descendientes directos por 59€ al año


1 oct 2025



La Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO comunica que para el nuevo curso académico 2025-2026 se podrá volver a disfrutar de las ventajas incluidas en el convenio suscrito con la academia de inglés online Wellington

FSC-CCOO y Wellington Learning International renuevan la oferta de inglés para las personas afiliadas a CCOO y sus descendientes directos por 59 € al año. A partir de hoy y durante las próximas semanas se pondrán a disposición de la afiliación 200 becas gratuitas de cursos de inglés online para hijos e hijas que se encuentren en Primaria y ESO

Además, para personas adultas, también se ofrecerán ​200 plazas. El coste de la matrícula y la formación para 1​ año es de:
  • 149​ € para las personas NO afiliadas
  • 59​ € para las personas afiliadas a CCOO (el descuento aplicado para la afiliación es de ​90 €)
En ambos casos, las peticiones se atenderán por orden de llegada hasta cubrir el número de plazas disponibles

Esta ventaja económica es extensible a los familiares de primer grado (padres, pareja e hijos e hijas)

Para hacer una prueba gratuita de los diferentes cursos y niveles, así como para reservar plaza, ponemos a vuestra disposición una página web con toda la información PINCHANDO AQUÍ

Esperamos que esta oferta formativa sea de gran utilidad para quienes deseen aprender inglés este año o mejorar su nivel. ¡Inscríbete antes del 31 de octubre o hasta agotar plazas!
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Ponencias do director xeral de xustiza sobre a Lei de eficiencia organizativa



 



 A Dirección Xeral de Xustiza  DXX remite a CCOO e ao resto de organizacións sindicais o  seguinte mail :

"Seguindo as indicacións do director xeral de Xustiza comunicar que continuará coa explicación da implantación da LEO aos funcionarios en:

 
Pontevedra: 8 de outubro, ás 11:00 horas, na sala grande do novo edifico de A Parda.

Ferrol: 10 de outubro, ás 11:15 horas, na sala de vistas do contencioso planta 2.  

A Coruña: 16 de outubro, ás 11:00 horas, na sala do xurado do edificio da antiga AP.


Proceso selectivo de Gestión Procesal y Administrativa, acceso libre: plantillas provisionales de respuestas válidas de los ejercicios realizados el 27 de septiembre



 





Gestión Procesal y Administrativa, acceso libre, Orden PJC/1437/2024, de 3 de diciembre (BOE de 19 de diciembre)

Seguimiento de convocatoria

1 de octubre de 2025

ACUERDO DEL TRIBUNAL CALIFICADOR ÚNICO POR EL QUE SE PUBLICAN LAS PLANTILLAS PROVISIONALES DE RESPUESTAS





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Proceso selectivo de Técnicos Especialistas del INTCF, promoción interna: listados de aptos y no aptos de la fase de oposición




Proceso selectivo de Tramitación Procesal y Administrativa, acceso libre: plantillas provisionales de respuestas válidas de los ejercicios realizados el 27 de septiembre


30 sept 2025



Proceso selectivo de Auxilio Judicial, acceso libre: plantillas provisionales de respuestas válidas de los ejercicios realizados el 27 de septiembre




Auxilio Judicial, acceso libre, Orden PJC/1437/2024, de 3 de diciembre (BOE de 19 de diciembre)

Seguimiento de convocatoria

30 de septiembre de 2025

ACUERDO DEL TRIBUNAL CALIFICADOR ÚNICO POR EL QUE SE PUBLICAN LAS PLANTILLAS PROVISIONALES DE RESPUESTAS





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LO 1/2025 : Cambios de postos de persoal nos distintos servizos comúns


26 sept 2025


 






Publicouse na intranet de xustiza  con data 26/09/2025  a seguinte comunicación:


"Ante as peticións recibidas na Dirección Xeral de Xustiza e na Amtega respecto aos cambios de postos do persoal nos distintos servizos comúns como consecuencia da entrada en vigor o día 1 de xullo da nova estrutura organizativa derivada da Lei orgánica 1/2025, comunícase que:

  • Os cambios de localización do persoal entre postos xa existentes deberán solicitarse previamente ao CSU a través de AXUDOT. Este caso non supón o cambio de equipo, debendo utilizarse o instalado no posto que se vai ocupar.
  • Todos os demais cambios que requiran actuacións previas como a relocalización do mobiliario, equipamento do posto de traballo, multifuncións, instalación de rosetas, cableamento, etc. deberán ser solicitados previamente pola dirección funcional do servizo á Dirección Xeral de Xustiza a través do correo electrónico solicitudesmedios.xustiza@xunta.gal."

Concurso específico: publicada a resolución da DXX pola que se designan as comisións de valoración









Con data 26/09/2025 saíu publicada na intranet de xustiza e na páxina web da Consellería, a Resolución da Dirección xeral de Xustiza, pola que se designan as comisións de valoración do concurso específico para a provisión de postos de traballo dos corpos de xestión procesual e administrativa, tramitación procesual e administrativa e mais de auxilio xudicial da Administración de Xustiza, convocado pola Resolución do 8 de setembro de 2025 (DOG núm. 180, do 18 de setembro de 2025).

. - Para ver a Resolución completa, preme aquí


El tiempo de sustitución vertical deberá ser valorado en los concursos de traslado



El tiempo de sustitución vertical deberá ser valorado en los concursos de 



Sentencia de la Audiencia Nacional estimando que el tiempo de servicio en sustitución vertical debe valorarse en los concursos de traslado igual que el tiempo de servicio como personal interino

  • CCOO habíamos formulado recurso de reposición por este motivo contra la última convocatoria correspondiente al concurso de 2024 sin haber obtenido respuesta, pero esta sentencia (a instancia de varios/as compañeros/as afectados/as) tiene que obligar al Ministerio y a las CCAA transferidas a eliminar esta injustificada discriminación

CCOO hemos reclamado al Ministerio de Justicia que dé cumplimiento a nuestro requerimiento y a esta sentencia y que en el próximo concurso de traslado elimine esta diferenciación entre el tiempo trabajado como personal interino y el tiempo trabajado en sustitución vertical

La valoración de la antigüedad como personal interino en el último concurso de traslado convocado venía impuesta por una Sentencia del Tribunal Supremo que estableció que “La valoración de los servicios prestados como funcionario de carrera, personal fijo, y como funcionario interino o personal de duración determinada, no pueden ser objeto de valoración diferente” y que “La solución contraria a la expuesta supondría incurrir en un trato discriminatorio que proscribe la Directiva 1999/70/CE del Consejo de la Unión Europea, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada”

Este Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada establece que “se entenderá por trabajador con contrato de duración determinada el trabajador con un contrato de trabajo o una relación laboral concertados directamente entre un empresario y un trabajador, en los que el final del contrato de trabajo o de la relación laboral viene determinado por condiciones objetivas tales como una fecha concreta, la realización de una obra o servicio determinado o la producción de un hecho o acontecimiento determinado”, siendo, por tanto, el personal sustituto, personal de duración determinada que, a efectos de la valoración de los servicios prestados, no puede tener una valoración diferente del personal fijo o del personal funcionario interino, motivo por el que CCOO presentamos el mencionado recurso

Mientras tanto, se interpuso otro recurso contencioso-administrativo a título individual por varias personas afectadas que, desestimado en primera instancia, ha sido estimado en recurso interpuesto ante la Audiencia Nacional, en cuya sentencia se establece que valorar a efectos de antigüedad los servicios prestados por los interinos y no valorar los mismos servicios prestados por los sustitutos en régimen de sustitución vertical supone tratar a estos últimos de forma discriminatoria al introducir una desigualdad en el concepto de mérito sin que sea de apreciar que para ello concurre una causa objetiva y razonable, incurriendo así en arbitrariedad con extralimitación del margen de apreciación de que dispone la Administración para configurar los méritos a tener en cuenta”; y falla a favor de los/as recurrentes (con el apoyo del Ministerio Fiscal y la oposición de la Abogacía del Estado) a quienes reconoce el derecho a que le sean valorados “a efectos de antigüedad los servicios efectivos prestados en régimen de sustitución vertical”

Aun no siendo firme la sentencia (cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo), CCOO ya hemos reclamado al Ministerio de Justicia que la tome en consideración para futuras convocatorias de concursos de traslado y elimine esta absurda y caprichosa discriminación entre el personal interino y el personal sustituto que, a efectos de servicios prestados y antigüedad, no tiene justificación alguna

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