Convocatoria de concursos para la cobertura de puestos de trabajo de Letrados al servicio del Tribunal Supremo (abiertos a Letrados de la Administración de Justicia)
29 jul 2022
Arquivado en: CGPJ, Concurso de méritos, Letrados, Tribunal Supremo
Tras nueve años desde la anterior convocatoria, el Ministerio de justicia anuncia que publicará la bolsa de LAJ sustitutos/as en las próximas fechas, como CCOO ha venido reclamando de forma insistente
13 jul 2022
Arquivado en: Comisiones de servicio, Letrados, Ministerio de Justicia. Negociación, Sustituciones
- El texto de la nueva convocatoria puede verse en este enlace: RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA GENERAL PARA LA INNOVACIÓN Y CALIDAD DEL SERVICIO PÚBLICO DE JUSTICIA, POR LA QUE SE CONVOCAN BOLSAS DE TRABAJO DE LETRADAS SUSTITUTAS Y LETRADOS SUSTITUTOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Paralelamente, se ha convocado para este jueves, día 14 de julio, reunión de la Mesa Sectorial para la negociación de las sustituciones y comisiones de servicio de todos los cuerpos, donde el Ministerio, como ya informamos, acepta la propuesta de CCOO de reservar la plaza de origen al personal de Gestión que sustituya a LAJ, habiendo conseguido este sindicato que el Ministerio acepte también que no haya que pasar a la situación de excedencia en Gestión y que todo ello se haga con carácter retroactivo para sustituciones que ya se estén haciendo o que se hagan con la nueva convocatoria
Resaltamos las siguientes novedades en esta nueva convocatoria de bolsas de trabajo de LAJ
1.- No se considerarán renuncias los llamamientos efectuados en las siguientes circunstancias:
a) Incapacidad temporal iniciada con anterioridad al llamamiento, acreditada mediante parte de baja, certificación o informe expedido por facultativo de la Seguridad Social en el que conste la imposibilidad de incorporación al puesto de trabajo ofertado
b) Maternidad, si el llamamiento se produce entre el quinto mes de embarazo y la decimosexta semana posterior al parto
c) Por el cuidado de hijos hasta el cumplimiento de tres años o de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que, por razones de edad, enfermedad o accidente no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida y siempre que se acredite la convivencia con dichos hijos o familiar. Solo se podrá alegar esta situación una vez por sujeto causante
d) Nombramiento como fiscal sustituto/a o juez/a sustituto/a o en régimen de provisión temporal
e) En el supuesto de violencia sobre la mujer debidamente justificado que impida a la víctima el desempeño del puesto de trabajo para el que ha sido llamada por razones de seguridad personal u otras relacionadas con la amenaza o ejercicio de dicha violencia
La concurrencia de estas circunstancias deberá ser acreditada documentalmente en el plazo de tres días desde su alegación. Los llamamientos a los interesados quedarán en suspenso hasta la finalización de las respectivas situaciones, de las que deberán informar al correspondiente secretario coordinador provincial
2.- Cuando por renuncia u otras causas legales no existieran candidatas o candidatos suficientes, podrán ser llamadas las personas pertenecientes al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa que reúnan los requisitos para formar parte de la bosa y manifiesten su interés, hasta la formación de una nueva
Los llamamientos se efectuarán:
- En primer lugar, a quienes acrediten mayor experiencia realizando labores de sustitución del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia
- En segundo lugar, entre quienes acrediten igual experiencia o en defecto de ella, a quienes hayan aprobado más ejercicios de acceso al Cuerpo
- En tercer lugar, por antigüedad de servicios prestados
3.- Hasta la entrada en funcionamiento de las bolsas que se constituyan conforme a esta resolución, en la provincia en la que no existan candidatos en la lista principal ni en la de reserva de las bolsas vigentes podrán ser llamados quienes cumplan los requisitos para formar parte de las mismas conforme a lo dispuesto en el punto anterior
4.- Se acuerda dar publicidad en el ámbito territorial a los llamamientos, para mejorar su transparencia
5.- Se valorarán como méritos los ejercicios aprobados en las pruebas de acceso a LAJ por promoción interna (antes solo se valoraban los del turno libre)
Esta nueva convocatoria, que debería haberse producido bastantes años antes, es una buena noticia, si bien el Ministerio de Justicia no ha aceptado muchas propuestas de CCOO que seguiremos defendiendo en la negociación global de las sustituciones que se inicia mañana, día 14 de julio, como son:
- Que las plazas de LAJ no cubiertas se ofrezcan en sustitución vertical al cuerpo de Gestión antes de recurrir a las bolsas de trabajo
- Eliminar los periodos de LAJ sustituto/a en prácticas para el cuerpo de Gestión que acceda a las sustituciones
- Que toda la gestión de las sustituciones de LAJ sea llevada a cabo por las gerencias territoriales o directamente por el Ministerio de Justicia y no por las Secretarías de Gobierno ni Secretarías Coordinadoras, por ser actos puramente administrativos de gestión de personal y en la misma forma en que se hace para el resto de los cuerpos
PROPUESTA DEL MINISTERIO DE JUSTICIA PARA LA RESERVA DE PLAZA Y PERMANENCIA EN SERVICIO ACTIVO SIN PASAR A SITUACIÓN DE EXCEDENCIA EN LAS SUSTITUCIONES DE GESTIÓN A LAJ
Aceptando las reivindicaciones de CCOO, el Ministerio de Justicia ha presentado un borrador de sustituciones y comisiones de servicio para todos los cuerpos y ámbitos territoriales que será negociado en la Mesa Sectorial. En relación con las sustituciones de Gestión a LAJ se recoge el siguiente texto:
Reserva del puesto de origen durante el desempeño de una sustitución y garantía de retorno al cesar en la misma
Se propone la modificación del artículo 451.2 de la LOPJ, que quedaría de la siguiente manera:
2. Esta designación deberá recaer en otro Letrado de la Administración de Justicia, que se denominará Letrado suplente. A tal efecto los Secretarios de Gobierno elaborarán una relación de los miembros del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia que voluntariamente quieran participar en los planes anuales de suplencias. De no existir voluntario, se designará, con carácter forzoso, al suplente ordinario que se designe conforme a lo previsto en el número anterior. Los llamamientos que tengan lugar conforme a lo establecido en este precepto serán retribuidos en los casos y cuantía que se determinen reglamentariamente
Asimismo, las personas del Cuerpo de Gestión P.A. que desempeñen sustituciones verticales en el Cuerpo de Letrados deben mantener su situación de “servicio activo”, con independencia de los criterios particulares que se hayan seguido para la ordenación de sus méritos en la correspondiente bolsa de sustituciones (artículo 137 del Real Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales)
Por ello se propone la supresión del apartado d) del artículo 68 y la derogación completa del artículo 70 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, que induce al cambio forzado de situación administrativa de los funcionarios y funcionarias que desean realizar sustitución en el cuerpo superior
Al cubrirse la plaza por personal funcionario de carrera por los sistemas ordinarios de provisión o regresar el titular ausente (por el disfrute de licencias o permisos de larga duración, o también por estar haciendo una sustitución con relevación de funciones), cesará en la sustitución la persona funcionaria que la estuviera desempeñando y retornará a su puesto de origen, retomando las funciones del mismo
Régimen transitorio de las sustituciones ya iniciadas
Las sustituciones horizontales y verticales que se hubieran iniciado con anterioridad a la entrada en vigor de las modificaciones de los artículos señalados, y no se hayan visto interrumpidas por circunstancias atribuibles a la persona funcionaria sustituta, tendrán efectos administrativos retroactivos desde su inicio y efectos económicos desde la entrada en vigor de la nueva regulación
Letrados de la Administración de Justicia: convocatoria para la provisión de puestos de trabajo por libre designación en Servicios Comunes Procesales
15 jun 2022
Arquivado en: Letrados, Libre designación, Oficina Judicial
Oposiciones Letrados de la Administración de Justicia, turno libre: convocatoria para la realización del primer ejercicio
9 jun 2022
Arquivado en: Letrados, Oposiciones, Turno -Libre
Oposiciones Letrados de la Administración de Justicia: correción de errores en la relación definitiva de admitidos y excluídos
5 may 2022
Arquivado en: Letrados, Oposiciones
CCOO seguimos exigiendo que se reserve la plaza al personal del cuerpo de Gestión que realice sustituciones de Letrados de la Administración de Justicia
Arquivado en: Gestión, Letrados, Miinisterio de Justicia, Negociación, Sustituciones
- El Ministerio de Justicia afirma que comparte nuestra propuesta pero que, con la normativa actual, existen trabas legales para llevarla a cabo de forma inmediata y se compromete a estudiar modificaciones reglamentarias en el medio plazo para hacerla efectiva
- La mesa de negociación volvió a reunirse en la tarde de ayer para continuar la negociación de la próxima convocatoria de la bolsa de personal sustituto de LAJ
El principal avance conseguido por CCOO ha sido que dónde las bolsas actuales estén agotadas las sustituciones se ofrecerán al personal de Gestión que, teniendo la titulación necesaria, no esté incluido en la bolsa, siguiéndose este criterio en la próxima bolsa (que pretenden convocar este mismo mes), tanto si se agota la bolsa como si expira su periodo de vigencia de dos años
Para la reunión de ayer el Ministerio de Justicia había remitido un nuevo borrador de la convocatoria de la bolsa de trabajo de LAJ aceptando las siguientes propuestas sindicales:
- El personal de Gestión no tendrá que aportar el certificado médico que se exigirá al resto de integrantes de la bolsa
- No habrá sanción para el caso de que se cometan errores en la autobaremación de méritos
- Se valorará el mérito de ejercicios aprobados de las oposiciones no solo del turno libre, sino también de promoción interna
- No se valorará como mérito el título de Doctor en Derecho
- Se establece un plazo de alegaciones de la persona afectada frente a los informes negativos tras el período de prácticas antes del informe definitivo que provocaría la exclusión de la bolsa
- Se mejora la redacción de las bolsas insulares en Canarias y Baleares
- Se incrementa de 1 a 5 puntos por año la valoración del tiempo de servicios en el cuerpo de Gestión
- El listado de las bolsas será público, así como sus movimientos
- Las personas interesadas integrantes de la bolsa podrán solicitar la suspensión temporal para no ser llamadas por causas justificadas (enfermedad u otras) sin pérdida de derechos
- A través del Centro de Estudios Jurídicos podrán establecerse tutorías personalizadas para el personal sustituto sin experiencia previa
- Oferta de plazas al personal de Gestión que posea la titulación de derecho cuando las bolsas de trabajo y las listas de reserva se agoten o expire su vigencia
- Se establecerá un criterio de selección negociado de las personas solicitantes
- Este sistema se implementará de forma inmediata para la gran cantidad de bolsas actuales que se encuentran agotadas en multitud de provincias
Por último han quedado pendientes de estudio y posterior negociación las siguientes propuestas de CCOO:
- Reserva del puesto de origen al personal de Gestión
- Dado que el Ministerio de Justicia observa impedimentos legales para hacerlo en la próxima convocatoria de bolsa, CCOO hemos exigido que se lleven a cabo las reformas normativas necesarias para que esta reserva de plaza sea una realidad a medio plazo a lo que el ministerio se ha comprometido
- Incorporación a las bolsas durante su vigencia y sin necesidad de nueva convocatoria del personal de Gestión de nuevo ingreso que posea la titulación o del personal titular de Gestión que obtenga el título de derecho
Corrección de errores en la relación provisional de admitidos y excluidos en el proceso selectivo de Letrados de la Administración de Justicia
1 abr 2022
Arquivado en: Letrados, Oposiciones
CCOO presenta numerosas propuestas para las bolsas de Letrados, entre ellas, que el personal de Gestión, con la titulación requerida, forme parte de las bolsas automáticamente y pueda solicitar cualquier plaza por orden de escalfón y de forma preferente al resto de integrantes de la bolsa
30 mar 2022
Arquivado en: Letrados, Ministerio de Justicia, Negociación
- La contestación del Ministerio de Justicia ha sido la de negar haber llegado a acuerdos concretos con los LAJs, pero afirma que está estudiando la reclamación de las asociaciones, que es alcanzar el 85 % del total de las retribuciones de jueces y fiscales, lo que constituye una infracción gravísima del derecho fundamental a la negociación colectiva y atenta de manera frontal contra los derechos del resto de cuerpos de personal funcionario de la Administración de Justicia, al excluirse a éstos de dicha negociación
- CCOO sigue y seguirá reclamando la mejora de las condiciones laborales y retributivas de todos los cuerpos, incluidos los LAJs, pero todas las reclamaciones deben pasar por la Mesa Sectorial y acordarse para todos los cuerpos de personal funcionario, LAJs, Médicos Forenses, Gestión, Tramitación, Auxilio Judicial y todos los cuerpos especiales del INTCF, no exclusivamente para un único cuerpo, de la misma forma que siempre hemos hecho, como en la negociación del incremento del complemento específico del ámbito no transferido, pues nuestras reclamaciones incluyeron a todos los cuerpos, también al de Letrados
- Que todo el personal del cuerpo de Gestión que esté en posesión del título de licenciado o graduado en Derecho tenga la consideración de integrante de la bolsa automáticamente y pueda solicitar cualquier plaza, que se asignará por riguroso escalafón (sin valoración de otros méritos) de forma preferente al resto de integrantes de la bolsa y con preferencia también para el personal del mismo centro de trabajo. A tal efecto las plazas que hayan de ser cubiertas por sustitución serán anunciadas públicamente y comunicadas a las organizaciones sindicales. Y se abrirá un plazo para que las personas de Gestión interesadas puedan solicitarlas
- El personal del Cuerpo de Gestión que sustituya en una plaza de LAJ conservará su plaza de origen y el tiempo que dure la sustitución computará a todos los efectos como tiempo de trabajo efectivo en el cuerpo de Gestión
- Que la bolsa se ordene, tras la opción prioritaria del cuerpo de Gestión para ocupar la plaza, en cuatro bloques con las siguientes preferencias:
- El primero con quienes hayan superado todos los ejercicios de la fase de oposición de las pruebas selectivas en alguna de las dos últimas convocatorias y no haya obtenido plaza
- El segundo con quienes tengan experiencia previa en el cuerpo de LAJ y hayan superado exámenes de las pruebas selectivas de las dos últimas convocatorias
- El tercero con quienes reúnan uno de los dos requisitos anteriores
- El cuarto con quienes no reúnan ninguno de los requisitos anteriores
- Que se establezca una obligatoriedad de nueva convocatoria cuando venza el plazo de vigencia de la bolsa y un régimen de sanciones para quien incumpla esta obligación
- Que se valoren entre los méritos también los exámenes aprobados de anteriores convocatorias de promoción interna y no solo los del turno libre
- Que si hay autobaremación de los méritos, como propone el Ministerio, se eliminen las penalizaciones por baremación superior, salvo en los casos de mala fe. En todo caso que no se penalice por los errores en la valoración de los méritos referentes a publicaciones, ponencias y cursos, ya que contienen elementos de carácter subjetivo
- Eliminar o reducir sensiblemente los periodos de LAJ sustituto/a en prácticas, suprimiéndolos para el cuerpo de Gestión que acceda a las sustituciones y eliminar la expulsión de la bolsa en los casos de informe negativo de las personas titulares de las Secretarías de Coordinación Provinciales
- Que se regule de forma obligatoria la existencia de tutorías para el personal que acceda al puesto de trabajo y no tenga experiencia previa en el cuerpo
- Que se regule la reincorporación a la bolsa tras los ceses, pasando a ocupar el último lugar del bloque correspondiente si se ha sustituido durante 360 días o más y al mismo lugar si el periodo de sustitución es inferior
- Posibilidad de comarcalización en las provincias que se determine a través de la negociación colectiva de las bolsas dentro de una misma provincia y posibilidad de renuncia, conservando el puesto en la bolsa, a las plazas que se encuentren a más de 50 km. de distancia
- Que con carácter previo a la oferta de una plaza concreta el personal de la bolsa pueda renunciar temporalmente a ser llamado por motivos de enfermedad, cuidado de hijos o ascendientes, contratos laborales en otra actividad pública o privada o cualquier otra causa que diese lugar a licencias, permisos de larga duración o excedencias
- Oponernos a la exclusión de la bolsa por motivos de inidoneidad o falta de capacidad, ante el informe del Secretario/a Coordinador/a, pues vulnera el principio de legalidad
- Oponernos el baremo establecido, porque se da puntuación a cuestiones que son absolutamente secundarias para formar parte de esta bolsa (como, entre otras, profesores de disciplinas jurídicas, publicaciones, ponencias) y no dar la máxima puntuación a la experiencia o a haber aprobado ejercicios de los procesos selectivos anteriores
Acuerdo del tribunal calificador del proceso selectivo de Letrados de la Administración de Justicia (OEP 2019) y siguientes: fecha de inicio del ejercicio oral de promoción interna el 19 de septiembre de 2022 y primer ejercicio de turno libre la segunda quincena del mes de septiembre de 2022
Arquivado en: Letrados, Promoción Interna, Turno Libre
Publicadas las listas definitivas de admitidos y excluidos del proceso selectivo de Letrados de la Administración de Justicia y convocatoria del primer ejercicio del turno de promoción interna
25 mar 2022
Arquivado en: Letrados, Oposiciones, Promoción Interna, Turno Libre
SE CONVOCA EL PRIMER EJERCICIO DE LA PROMOCIÓN INTERNA PARA EL 21 DE MAYO DE 2022 A LAS 10 HORAS EN LA FACULTAD DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE (MADRID)
MINISTERIO DE JUSTICIA
Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia
Orden JUS/225/2022, de 17 de marzo, por la que se aprueba la relación provisional de admitidos y excluidos al proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/1523/2021, de 3 de diciembre
PDF (BOE-A-2022-4752 - 6 págs. - 352 KB)
Quienes aparezcan excluidos, o por omisión no figuren en ninguno de los listados, podrán subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión o su omisión, en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado»
De conformidad con el punto 8.4 de la Orden de convocatoria, se convoca a las personas admitidas en el turno de promoción interna, a la realización del primer ejercicio de la fase de oposición, el día 21 de mayo de 2022, a las 10,00 horas, en Madrid, Facultad de Derecho de la Universidad Complutense, Avenida de la Complutense, s/n, Ciudad Universitaria
Para la práctica del ejercicio será requisito imprescindible que las personas interesadas concurran provistas del DNI o documento equivalente, que acredite de forma indudable su identidad. Asimismo, deberán ir provistas de bolígrafo azul o negro
CCOO sigue defendiendo el derecho a la promoción interna y a la negociación colectiva
18 feb 2022
Arquivado en: CCOO, Letrados, oposisciones, Promoción Interna
- Incumpliendo lo pactado en el acuerdo de diciembre de 2018 el Ministerio de Justicia no ha incluido en la convocatoria en el turno de promoción interna el 60% de las plazas del turno libre de la OEP 2019
El incumplimiento de los acuerdos es una línea roja para CCOO, máxime cuando se restringe el derecho del personal de condiciones esenciales de trabajo como la promoción interna
En el BOE del 11 de enero se publicó la convocatoria de las oposiciones de LAJ acumulando las Ofertas de Empleo Público de 2019, 2020 y 2021. Se publicó por el Ministerio de forma unilateral, sin negociar las bases y, lo que es más grave, sin incluir las plazas de promoción interna que se habían pactado entre el ministerio y los sindicatos en el Acuerdo de 4 de diciembre de 2018
Tras reclamar reiteradamente al Ministerio de Justicia que rectificase y que la convocatoria diera puntual cumplimiento a lo acordado, CCOO nos hemos visto en la obligación de presentar recurso contencioso-administrativo, solicitando además en el mismo la suspensión cautelar de esta convocatoria, sobre lo que Audiencia Nacional deberá resolver, esperemos que en el más breve plazo posible
También hemos solicitado al Ministerio de Justicia que, para evitar retrasos innecesarios, se avenga a anular la convocatoria sin necesidad de esperar a la resolución judicial, convoque de inmediato la mesa de negociación y publique una nueva convocatoria que dé cumplimiento estricto a lo previamente acordado
En el BOE de ayer, 17 de febrero, se publicó la Resolución de 9 de febrero de 2022, de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, por la que se emplaza a los interesados en el recurso contencioso-administrativo 125/2022, interpuesto ante la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera
Publicada la resolución del concurso de traslado de Letrados de la Administración de Justicia
14 feb 2022
Arquivado en: Concurso de traslados, Letrados
CCOO y los/as trabajadores/as de Justicia, indignados por las instrucciones que les han trasladado muchos/as Letrados/as de la Administración de Justicia(LAJ) para que no realicen multitud de actuaciones en los órganos judiciales en su día de huelga
27 ene 2022
Arquivado en: CCOO, Huelga, Letrados
- Para obtener un mayor impacto de su legítima medida de presión este colectivo de LAJ ha inducido (cuando no obligado) al resto del personal de la oficina a llevar a cabo lo que podría considerarse una huelga encubierta de brazos caídos
- CCOO ha tenido conocimiento de instrucciones escritas y verbales de multitud de LAJ (incluso Secretarios/as Coordinadores/as de forma oficial), para paralizar la actividad en los juzgados y tribunales, instrucciones contradictorias con las indicaciones que dan cuando se ausentan en los casos de ausencia motivada por causas distintas a la huelga, para que se siga trabajando como si estuviesen presentes de forma efectiva
Para CCOO el legítimo derecho de huelga del personal del cuerpo de LAJ no justifica en absoluto estas actuaciones, que constituyen, además de una deformación del funcionamiento de los órganos judiciales, un desprecio al trabajo y a la profesionalidad del resto del personal de la oficina, que conoce perfectamente cuáles son sus funciones y cómo deben llevarlas a cabo, asista o no asista la persona responsable funcional de la oficina por estar de huelga o por cualquier otro motivo
En el día de ayer tuvo lugar una jornada de huelga del Cuerpo de LAJ de toda España convocada en exclusiva por una de sus asociaciones profesionales
Con objeto de no inmiscuirnos en el legítimo derecho de huelga de este colectivo, desde CCOO no hemos hecho hasta su finalización ninguna valoración pública de esta convocatoria, sobre la que pasamos a hacer las siguientes denuncias y conclusiones sobre el desarrollo de la huelga:
1.- El personal del cuerpo de LAJ que decidiera hacer la huelga debería haberse limitado a no asistir al centro de trabajo, absteniéndose de dictar ninguna instrucción al respecto al resto del personal de su oficina
2.- Quienes ostentan las Secretarías de Coordinación provinciales deberían haberse limitado a comunicar al colectivo de LAJ de su ámbito los servicios esenciales y no a transmitir opiniones o interpretaciones personales de los mismos, como ha ocurrido en algún caso, llegando incluso a remitir por conducto oficial unas guías de servicios esenciales elaboradas por la asociación convocante sin advertir de este hecho y aparentando que son documentos oficiales de obligado cumplimiento
3.- El Ministerio de Justicia está obligado a investigar de oficio este tipo de actuaciones, especialmente cuando han supuesto una extralimitación de funciones, una falta de respeto a la profesionalidad del resto de personal de las oficinas o un perjuicio injustificado al servicio público y a la ciudadanía, más allá del derivado del ejercicio del derecho de huelga
Sobre la plataforma reivindicativa que ha llevado a esta asociación profesional a convocar esta huelga, desde CCOO queremos manifestar:
1. Que ni el cuerpo de LAJ, ni el de M. Forenses, ni el de Gestión, ni el de Tramitación, ni el de Auxilio, ni los cuerpos especiales del INTyCF tienen ni pueden tener derecho a una negociación propia. El derecho a la negociación colectiva es un derecho individual que se ejerce por ley de forma colectiva a través de las organizaciones sindicales mayoritarias que son las que han obtenido mejores resultados en las elecciones sindicales. En el ejercicio de los derechos fundamentales como es el de libertad sindical no puede haber colectivos privilegiados ni por su titulación, ni por sus funciones, ni por cualquier otro motivo
- Las asociaciones profesionales de la LAJ solo se representan a sí mismas y a sus personas asociadas, no representan a todo el colectivo. Por el contrario, con la legitimidad que nos otorga las leyes y la Constitución, CCOO y el resto de las organizaciones sindicales mayoritarias sí somos la única representación legal de todos y todas las trabajadoras, incluido, por supuesto, el cuerpo de LAJ
2. CCOO compartimos con la organización convocante que las retribuciones del cuerpo de LAJ son insuficientes y son inadecuadas a las importantes funciones que tienen encomendadas y al aumento que han experimentado en los últimos años. De hecho fuimos el único sindicato o asociación que consiguió que el Parlamento aprobase una disposición adicional en los PGE de 2021 para que se negociase esta adecuación salarial con los efectos conocidos
- Pero estas insuficientes retribuciones no lo son con carácter general en todo el colectivo de LAJ; recordemos que el complemento específico del cuerpo de LAJ en las categorías superiores llega a cifras que rondan los 1800 euros mensuales
- De lo que sí somos conscientes en CCOO, y por eso lo hemos defendido también en solitario, sin el apoyo de ningún otro sindicato ni asociación, es de que son inaceptables desde todo punto de vista la retribuciones de la tercera categoría de LAJ (120 euros mensuales de complemento específico antes de la última subida del acuerdo no firmado por CCOO). Y fue por ello que hicimos en la negociación con el Ministerio una propuesta para que el incremento del complemento específico de este cuerpo fuese inversamente proporcional al que se estaba percibiendo (ver información de CCOO) y que todos/as los/as LAJ de órganos unipersonales cobrasen lo mismo (480 euros al mes aproximadamente) de complemento específico independientemente de su categoría, ya que realizan las mismas funciones
3. CCOO defendemos también una subida retributiva generalizada para todos los cuerpos, incluido el de LAJ, adecuando las retribuciones a las funciones que se realizan, eliminando las diferencias retributivas por grupos de población, asignando el complemento de productividad a todos los cuerpos (no solamente al de LAJ), retribuyendo la carrera profesional o recuperando todo lo recortado en los años 2010 y siguientes con la excusa de la crisis económica
4. CCOO recurrió y obtuvo una sentencia favorable contra el Real Decreto que regulaba las sustituciones del cuerpo de LAJ porque se dictó sin la preceptiva negociación colectiva (la misma negociación colectiva que reclama para sí la asociación convocante de la huelga) y, lógicamente, estamos exigiendo que esta negociación se produzca de inmediato y se haga de forma que sea extensiva a las sustituciones de todos los cuerpos (no solo del de LAJ) porque no podemos permitir que, como ocurre con la productividad, solo un colectivo se vea beneficiado por la realización de funciones y sustituciones que hacemos en todos los cuerpos
- CCOO, por tanto, no es el responsable de que el cuerpo de LAJ no cobre lo que le corresponde por las sustituciones, sino que es una responsabilidad exclusiva del Ministerio de Justicia y a él debe reclamarse
5. CCOO comparte la reivindicación de que el nuevo personal Encargado del Registro Civil (antes de la carrera judicial y ahora del cuerpo de LAJ) perciba como mínimo las mismas retribuciones que en dicho puesto recibe el personal actualmente Encargado, y así lo exigiremos al Ministerio de Justicia cuando comiencen las negociaciones de la RPT de los nuevos registros civiles, que ya hemos solicitado
6. Que se convoquen con prontitud las Ofertas de Empleo Público para el cuerpo de LAJ (como para el resto de los cuerpos) es una exigencia compartida también por CCOO con la asociación de LAJ convocante de la huelga, pero no podemos permitir (y a esta asociación parece no importarle) que esta convocatoria se haga perjudicando los intereses del personal del cuerpo de Gestión, para el que habíamos acordado una oferta extraordinaria con el 60% de las plazas del turno libre, lo que ahora el Ministerio de Justicia está incumpliendo
Modificación de la convocatoria del proceso selectivo de Letrados de la Administración de Justicia
26 ene 2022
Arquivado en: Letrados, Oposiciones
Publicada la convocatoria del proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia
11 ene 2022
Arquivado en: Letrados, Oposiciones, Promoción Interna
EL MINISTERIO DE JUSTICIA CONSUMA DE NUEVO LA VULNERACIÓN DEL DERECHO A LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA Y EL DESPRECIO A LOS DERECHOS DE LAS MILES DE PERSONAS OPOSITORAS DE LOS TURNOS DE PROMOCIÓN INTERNA Y LIBRE
MINISTERIO DE JUSTICIA
Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia
Orden JUS/1523/2021, de 3 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia
PDF (BOE-A-2022-404 - 46 págs. - 488 KB)
En la Orden publicada se dispone, entre otras cuestiones, lo siguiente
"...Bases de la convocatoria
1. Descripción de las plazas
1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 306 plazas del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia, de las comprendidas en el anexo II, apartado «Personal de la Administración de Justicia», del Real Decreto 211/2019, de 29 de marzo (BOE de 2 de abril), en el anexo II, apartado «Personal de la Administración de Justicia», del Real Decreto 936/2020, de 27 de octubre (BOE de 29 de octubre), y en el anexo II, apartado «Personal de la Administración de Justicia» del Real Decreto 636/2021, de 27 de julio (BOE 28 de julio), a través de los sistemas generales de acceso libre y de promoción interna
Del total de estas plazas, se reservarán veintidós para ser cubiertas por quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado igual o superior al 33 %
1.2 La distribución por turnos de acceso de las 306 plazas convocadas es la siguiente:
– Para el acceso libre: 214 plazas, de las cuales dieciséis constituyen el cupo de reserva de personas con discapacidad
– Para el acceso por promoción interna: 92 plazas, de las cuales seis constituyen el cupo de reserva de personas con discapacidad
Las plazas reservadas en promoción interna para personas con discapacidad que queden desiertas, se acumularán a las del turno ordinario de promoción interna
Las plazas convocadas para el sistema general de promoción interna que queden vacantes se acumularán a las de acceso libre, sistema general, antes de la realización del curso de prácticas
En el turno libre, las plazas reservadas para personas con discapacidad que queden desiertas se acumularán al turno general
1.3 Los aspirantes solo podrán participar en uno de los turnos: Turno libre o promoción interna..."
"...5. Solicitudes
5.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar electrónicamente la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración de Justicia (modelo oficial 790-Código 007, en cuya parte superior figura «Solicitud de admisión a pruebas selectivas de la Administración Pública y liquidación de la tasa de derechos de examen»), que estará disponible a través del Punto de Acceso General en la siguiente URL: http://administracion.gob.es/PAG/ips en castellano y en las demás lenguas oficiales de las Comunidades Autónomas
5.2 La presentación de solicitudes se realizará en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y se dirigirá al Secretario de Estado de Justicia. La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante
5.3 De acuerdo con el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, la presentación de la instancia de solicitud deberá realizarse por vía electrónica, a través del servicio de Inscripción en Procesos Selectivos del punto de acceso general, http://administracion.gob.es/PAG/ips, al que se puede acceder directamente o a través del portal web del Ministerio de Justicia, www.mjusticia.gob.es (Empleo público-Oposiciones y procesos selectivos). Una vez identificado, deberá elegir la convocatoria de acceso al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia, pulsar en «inscribirse» y a continuación elegir la opción «realice la inscripción online, siguiendo las instrucciones que se indican en el anexo III..."
Convocatoria de concurso de traslado de Letrados de la Administración de Justicia
3 ene 2022
Arquivado en: Concurso de traslados, Letrados
Convocatoria de concurso de traslados de Letrados de la segunda categoría
28 jun 2021
Arquivado en: concurso, Letrados
Publicado en el BOE de 28 de junio.
Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia
Orden JUS/672/2021, de 22 de junio, por la que se convoca concurso de traslado para la provisión de puestos de trabajo para el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.
PDF (BOE-A-2021-10694 - 5 págs. - 272 KB) Otros formatos
CCOO reclama la supresión del examen oral en la promoción interna a Letrados de la Administración de Justicia
1 jun 2021
Arquivado en: Letrados, Negociación, Oposiciones, Promoción Interna
El Ministerio de Justicia anuncia la acumulación de las OEP 2019, 2020 y 2021 de LAJ y su convocatoria en el tercer trimestre de este año
CCOO HA VUELTO A RECLAMAR AL MINISTERIO LA SUPRESIÓN DEL EXAMEN ORAL DEL SEGUNDO EJERCICIO SUSTITUYÉNDOLO POR UN CUESTIONARIO TIPO TEST Y LA INCLUSIÓN DE UN NÚMERO ADICIONAL DE 12 PLAZAS DE PROMOCIÓN INTERNA EN CUMPLIMIENTO DEL ACUERDO DE 4 DE DICIEMBRE DE 2018
El Ministerio ha dado traslado para alegaciones a las organizaciones sindicales de este borrador de Orden que contiene modificaciones en el temario y en el baremo de méritos de fase de concurso de la promoción interna
Con carácter general CCOO hemos solicitado para la Promoción Interna a LAJ:
1.- Eliminación del carácter oral del segundo ejercicio de la fase de oposición sustituyéndolo por un cuestionario tipo test
2.- Que se dé cumplimiento al punto segundo del Acuerdo Ministerio de Justicia-Sindicatos de 4 de diciembre de 2018 convocándose una oferta extraordinaria de plazas de promoción interna hasta completar el 60% de las plazas ofertadas por el turno libre en la OEP de 2019. Es decir, 9 plazas adicionales en el turno general y 3 plazas adicionales en el turno de personas con discapacidad
3.- Convocatoria inmediata de la Mesa Sectorial de la Administración de Justicia para la negociación del baremo de méritos de la fase de concurso y el resto de bases de la convocatoria, no siendo suficiente para atender el trámite legal obligatorio de negociación colectiva este trámite de alegaciones
En relación con el programa CCOO hemos propuesto al Ministerio:
La eliminación de temas en la promoción interna que ya forman parte del programa de Gestión como los relativos a Derecho Comunitario, Oficina Judicial, Estatuto Orgánico de LAJ e Igualdad de Género y el mantenimiento del resto de los temas actuales sin ninguna ampliación
Para el turno libre hemos propuesto la sujeción del temario del Registro Civil a la Ley 20/2011 y la inclusión de nuevos temas o epígrafes relativos a la libertad sindical y negociación colectiva, prevención de riesgos laborales y regulación del teletrabajo
En relación con el baremo de la fase de concurso de promoción interna que debe ser negociado en la Mesa Sectorial, CCOO hemos adelantado al Ministerio de Justicia las siguientes propuestas:
Debe valorarse como mérito la superación con más del 50% de la puntuación máxima posible de ejercicios de la oposición o de la fase de oposición del turno libre o de promoción interna de anteriores convocatorias, tanto del Cuerpo de LAJ como, con menor puntación, de Gestión y otros cuerpos
Debe valorarse el conocimiento de las lenguas oficiales del Estado Español distintas del castellano con la misma puntuación que los idiomas extranjeros
Deben valorarse los cursos de formación sin establecerse el tope de que hayan sido realizados en los diez últimos años
Deben valorarse también los cursos impartidos por el Ministerio y Consejerías de Igualdad y por el Ministerio y Consejerías de Educación
Deben valorarse especialmente los cursos de prevención de riesgos laborales y los cursos de igualdad con un 40% adicional sobre la puntación establecida para el resto de cursos
Debe reducirse la puntuación por acreditación como formador/a o docente hasta valorarse, como máximo, como los cursos de formación recibidos. Para la selección de formadores/as se han aplicados criterios discrecionales y no todo el personal ha tenido acceso a ser formador/a en condiciones de igualdad, mérito y capacidad
No se valorarán los cursos de formación que solo hayan podido ser realizados por personas afiliadas a un sindicato o asociación concreta
Debe incrementarse la valoración del mérito de antigüedad hasta un mínimo del 45% del total de los méritos, es decir, un máximo de 13,5 puntos en lugar de los 10 que se proponen
En el apartado de antigüedad proponemos una puntuación para la experiencia previa en el cuerpo de Gestión igual que la que corresponda a la experiencia previa en el cuerpo de LAJ y superior a la de otros cuerpos o carreras
Borrador del programa de oposiciones del cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia
24 may 2021
Arquivado en: Letrados, Oposiciones
El Ministerio de Justicia remite el borrador del programa oposiciones del cuerpo de LAJ, y da un plazo de tres días hábiles para alegaciones












