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Publicado en el BOE el Real Decreto 286/2022, de 19 de abril, por el que se modifica la obligatoriedad del uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19


20 abr 2022





Hoy se ha publicado en el BOE:

MINISTERIO DE SANIDAD

Medidas sanitarias

Real Decreto 286/2022, de 19 de abril, por el que se modifica la obligatoriedad del uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19



El RD expone:

En el entorno laboral, con carácter general, no resultará preceptivo el uso de mascarillas. No obstante, los responsables en materia de prevención de riesgos laborales, de acuerdo con la correspondiente evaluación de riesgos del puesto de trabajo, podrán determinar las medidas preventivas adecuadas que deban implantarse en el lugar de trabajo o en determinados espacios de los centros de trabajo, incluido el posible uso de mascarillas, si así se derivara de la referida evaluación

Campaña de vacunación contra la gripe en MUGEJU


27 oct 2021



 

CCOO SOLICITA A LA MUGEJU INFORMACIÓN SOBRE LA CAMPAÑA DE VACUNACIÓN DE ESTE AÑO CONTRA LA GRIPE Y LA MUTUALIDAD SE LIMITA A PUBLICAR UNA NOTA QUE SOLO AFECTA A LA COMUNIDAD DE MADRID

CCOO ha solicitado al Gerente de la MUGEJU que haga pública en la página, web a la mayor brevedad posible, información para todo el colectivo de mutualistas y personas beneficiarias, ya que, según el Ministerio de Sanidad, la campaña para mayores de 70 años ya ha comenzado y en noviembre continúa para el resto de las edades


La MUGEJU debe informar si van a ponerse las vacunas este año con cargo a las Entidades Médicas Privadas y, en el caso de mayores de 70 años, si se van a dispensar en la misma cita la vacuna de la gripe y la tercera dosis de la vacuna contra la Covid-19

A pesar de esta solicitud de CCOO la MUGEJU ha publicado en su página web en el día de hoy la siguiente información al respecto que solo afecta a la Comunidad de Madrid:


Madrid: Campaña vacunación gripe y dosis refuerzo Covid-19

En relación a la campaña de la gripe de este año, los mutualistas de concierto médico privado, han de ponerse en contacto con su entidad médica para que les informe de los centros médicos y hospitales habilitados para la vacunación de la gripe

Actualmente, en las clínicas privadas sólo se vacunará de gripe, ya que no se les ha formado ni tienen, en algunos casos, condiciones para vacunar frente a Covid-19

Para los mutualistas de 70 años y más años:

  • Se realizará la vacunación conjunta de gripe y Covid-19 (dosis de refuerzo) en el centro de vacunaciones de la Comunidad de Madrid y en los CMS del ayuntamiento de Madrid, en estos centros la vacunación se realizará previa autocita
  • Aquellos que decidan vacunarse en un centro privado de la gripe, pueden acudir posteriormente al Hospital Zendal a vacunarse de la tercera dosis frente a Covid-19
  • Para aquellos mutualistas en las que no hayan transcurrido 6 meses o más desde la administración de la última dosis frente a Covid-19 (vacunación completa, 2 dosis), podrán acudir al hospital Isabel Zendal a vacunarse, cuando se hayan cumplido los 6 meses

Certificados de vacunación COVID-19 en la Mugeju


28 jun 2021





Se ha publicado
en este enlace de la web de MUGEJU la siguiente información:

Certificados De Vacunación Por COVID 19

El sistema de información del Ministerio de Sanidad sobre vacunación Covid 19, REGVACU, y otras plataformas relacionadas permiten ya, con adelanto a la fecha marcada por el reglamento de la Unión Europea, la emisión de certificados de vacunación, pruebas y recuperación, también llamado certificado verde digital de la Unión Europea, válido en el ámbito internacional

El Ministerio de Sanidad ya ha habilitado un acceso al certificado digital Covid, que puede obtenerse con cl@ve , certificado digital o DNI

Por el momento, dichos certificados o justificantes deben solicitarse a las autoridades de salud pública si se precisan, esto es, a las comunidades autónomas, que son las responsables de administrar dicha vacuna. Puede averiguar en qué comunidades los mutualistas pueden ya obtener justificantes a demanda pulsando en el siguiente enlace

ENLACE SOLICITUD ELECTRÓNICA MINISTERIO DE SANIDAD: https://cvd.sanidad.gob.es/cvdcovid/cvdcovid-formulario/index.xhtml

ENLACE PREGUNTAS/RESPUESTAS MINISTERIO DE SANIDAD: https://sede.mscbs.gob.es/ccd/faq.htm

En cualquier caso, MUGEJU no tiene competencia en la materia ni puede emitir este tipo de certificados, por no poder certificar lo que no está bajo su competencia

La información sobre el certificado verde digital europeo, que según la información del Gobierno no será necesario para viajar pero sí facilitará la libertad de circulación en el ámbito de la UE. Para más información pulse en el siguiente enlace

En España, el certificado será emitido tanto por el Ministerio de Sanidad como por las comunidades autónomas en formato papel o digital. Su fecha de lanzamiento prevista es el 1 de julio, que es cuando entra en vigor el Reglamento que le da soporte jurídico al documento, aunque tanto el Ministerio como gran parte de las comunidades están ya proporcionando dicho certificado, al menos en formato digital

 


Circular del Ministerio de Justicia sobre la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 3/2020 sobre el mantenimiento de las medidas para hacer frente a la COVID-19


14 jun 2021




El Ministerio de Justicia ha remitido una circular a todas las Secretarías de Gobierno y Secretarios Coordinadores del territorio nacional en la que se acuerda el mantenimiento de las medidas para hacer frente a la COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia

Sobre estas medidas ya hicimos desde CCOO una valoración muy negativa que puedes consultar en esta información que publicamos cuando se aprobó en el Congreso de los Diputados

Dichas medidas se contienen en los artículos 14 a 23 de la Ley 3/2020 y regulan la celebración de actos procesales mediante presencia telemática, el acceso del público a las salas de vistas y la emisión de las vistas, en su caso, mediante sistemas de difusión telemática de la imagen y el sonido, la forma de realizar las exploraciones médico-forenses y de los equipos psicosociales de menores y familia y las unidades de valoración integral de violencia sobre la mujer, la dispensa de utilización de togas en las audiencias públicas, la atención al público en sede judicial o de la fiscalía, la previsión de órganos judiciales asociados al COVID19, la asignación preferente de jueces de adscripción territorial en órganos judiciales que conozcan de procedimientos asociados al COVID-19, la asignación de funciones de los Letrados de la Administración de Justicia y demás funcionarios al servicio de la Administración de Justicia dentro de un mismo centro de destino o en el órgano unipersonal o colegiado de que se trate, la ordenación de la jornada laboral y la regulación de la sustitución y refuerzo de Letrados de la Administración de Justicia en prácticas

 


Gaceta sindical: vacunas para todas y todos, en igualdad


25 may 2021





CCOO pide que se liberen las patentes de las vacunas y se garantice el acceso equitativo y universal

CCOO ha editado un nuevo número de la Gaceta Sindical: vacunas para todos y todas, en igualdad

Puedes descargarla en este enlace

 


Información de MUGEJU sobre vacunación en las Comunidades Autónomas


18 may 2021



Programa de Vacunación: Información de las CCAA

A continuación, encuentre la información específica en las páginas web oficiales de cada Comunidad o Ciudad Autónoma. Salvo que haya habilitado un teléfono específico, no llame a los servicios públicos de salud y espere su cita cuando le corresponda u obténgala del modo que le indiquen:

ANDALUCÍA (Pulse en el siguiente enlace )

Se han añadido los datos de nuestros mutualistas, tanto de opción pública como concierto privado, a su Sistema de Información y nos indican que los mutualistas pueden:
  1. Consultar o actualizar sus datos de contacto a través de la WEB ClicSalud+, mediante Certificado digital, DNI o Cl@ve.
  2. En caso de no tener estos sistemas de identificación pueden solicitar la consulta o el cambio de datos en los Centros de Salud.
  3. La solicitud de cambio de datos también podrá ser efectuada por medio de solicitud presentada en registro
Es importante que los mutualistas confirmen su información de contacto para que puedan ser llamados correctamente a la campaña de vacunación

A continuación os dejamos más información pulsando en el siguiente enlace 

Actualmente, la solicitud de cita para vacunación COVID-19 se habilita para todas las personas mayores de 68 años con independencia de que tengan aseguramiento público o privado

La única condición es que estén registradas en la Base de Datos de personas usuarias en el Sistema Sanitario Público de Andalucía, en caso de no estar registrado contacte con el Servicio de Atención al Mutualista de la Mutualidad General Judicial o a su Delegación Provincial

Se ofrecerá cita para Vacunación COVID-19 a todas las personas que en cada momento tengan habilitada la solicitud de cita:
  • Accediendo a la página de ClicSalud+
  • Vía telefónica al servicio de Salud Responde: 955 54 50 60
Para más información pulse en este enlace

La Mutualidad mantiene una comunicación permanente con la Comunidad de Andalucía y se le remite mensualmente datos de las altas, bajas y modificaciones que se hayan podido producir en nuestros mutualistas

ARAGÓN (Pulse en el siguiente enlace )

Los mutualistas de 80 y más años serán citados directamente por salud pública y deben esperar su cita. Al contrario, el resto de los mutualistas de concertada, es decir, todos los nacidos en 1942 y años posteriores, deben obtener cita, y para ello necesitan el llamado código CIA-AR, que es su código de identificación en Salud Pública

La Mutualidad en coordinación con el Servicio de Salud de Aragón ha realizado una serie de actuaciones para proceder a incluir este código en su Sistema de información y que pueda ser consultado

Para ello hemos publicado un nuevo servicio en nuestra Sede electrónica para que los mutualistas con entidad privada puedan consultar su código identificativo personal autonómico (denominado CIA por la Comunidad de Aragón)

Se puede acceder a este servicio de la Mutualidad pulsando en el siguiente enlace

El servicio lo pueden usar tanto mutualistas titulares, como los beneficiarios mayores de edad, identificándose con su DNI y su número de afiliación a MUGEJU. Los mutualistas beneficiarios que no dispongan de DNI podrán obtener el código mediante la consulta del mutualista titular del que dependen

La información también será visible a través del Portal del Mutualista en el apartado de “Datos Personales” bajo el nombre de CIP Autonómico.

PRINCIPADO DE ASTURIAS (Pulse en el siguiente enlace )

Con fecha 23 de marzo el Gobierno de Asturias anuncia que el SESPA iniciará en abril la citación automática por vía telefónica para inmunizar a las personas de menos de 80 años,

Por parte de MUGEJU, se han enviado los datos de identidad y contacto cuando los ha solicitado el SESPA, de tal forma, el 23 de Marzo se remitieron los datos de mutualistas de concertada entre 70 y 79 años, y el 5 de abril los datos de mutualistas de concertada con 65-56 años de edad.

El 21 de Abril se remitió el total del colectivo de mutualistas y se va a realizar en próximos días una actualización de datos de contacto.

ISLAS BALEARES (Pulse en el siguiente enlace )

En este enlace a la red social Twitter puede ver el último contenido de actualidad publicado por el Gobierno de Baleares, con un esquema del plan de vacunación.

Para ver más información puede consultar en la web de vacunación balear o llamar al teléfono de consultas ciudadanas, que es el 971 211 999. Próximamente se pondrá en marcha un sistema de cita previa telemática destinado a facilitar la vacunación por Covid 19, para población menor a 65 años.

La Mutualidad General Judicial gestionó el primer envío de información el 9 de Marzo. Los datos del colectivo de mutualistas son remitidos a demanda de la Comunidad.

CANARIAS (Pulse en el siguiente enlace )

Desde la Mutualidad General Judicial se han realizado varios envíos a esta Comunidad Autónoma desde el 10 de Marzo. En días anteriores se han remitido los tramos de mutualistas de 79 a 60 años para actualizar los datos de contacto.

El 29 de Abril se nos informa de que se va a proceder a hacer un llamamiento a toda la población, mayor de 72 años de edad, incluyendo a todos los afiliados de esta Mutualidad General Judicial.

Si se encuentra en esta situación y no contactan con Usted en los próximos días pueden llamar y solicitar cita en los teléfonos:
012
922 470 012
928 301 012

Para más información pulse en el siguiente enlace.

CANTABRIA (Pulse en el siguiente enlace )

Las incidencias en las citaciones pueden comunicarse en el formulario que aparece pulsando en el siguiente enlace , en el que pueden verse igualmente los diferentes grupos de vacunación.

En próximos días se va a remitir los tramos de mutualistas de 79 a 60 años para actualizar los datos de contacto.

CASTILLA LA MANCHA (Pulse en el siguiente enlace )

Para más información nos proporcionan el siguiente teléfono de contacto:
Teléfono: 925 24 83 67
Dirección de correo electrónico: dgsp.vacunas@jccm.es .

La Mutualidad General Judicial está en constante comunicación con la Consejería de Salud de Castilla la Mancha, facilitando el listado de nuestros mutualistas en tiempo y la forma requerida (se ha remitido a Castilla la Mancha toda la información de todo nuestro colectivo mayor de 16 años), así como subsanado la información de contacto de aquellos mutualistas que no podían ser localizados con la información remitida.

CASTILLA Y LEÓN (Pulse en el siguiente enlace )

Los mutualistas serán citados en todo caso por los servicios públicos de salud (SACYL).

Salud de Castilla y León ha habilitado un número de teléfono general para resolución de dudas sobre vacunación Covid e informa que los mutualistas podrán descargarse su certificado de vacunación. Para más información pulse en el siguiente enlace .

La Mutualidad General Judicial gestionó el primer envío de información el 9 de Febrero. Los datos del colectivo de mutualistas son remitidos a demanda de la Comunidad.

CATALUÑA (Pulse en el siguiente enlace )

El Servicio de Salud de la Generalitat ha establecido un sistema de citación automática. Puede acceder al mismo pulsando en el siguiente enlace .

La Mutualidad General Judicial gestionó el primer envío de información el 9 de Marzo. Los datos del colectivo de mutualistas de Cataluña son remitidos regularmente cada mes.

COMUNIDAD VALENCIANA (Pulse en el siguiente enlace )

En coordinación con su Mutualidad, el Nº SIP está siendo enviado por la Generalidad Valenciana (GVA) a todos los mutualistas de entidad concertada, por SMS.

Respecto al uso del SIP en la Comunidad Valenciana, debe saber que:
  • No cambia nada en cuanto su asistencia sanitaria, pública o privada
  • Será necesario para cualquier prestación asociada a la Pandemia COVID19 en la red Sanitaria pública.
  • No altera la planificación de la vacuna ni significa que su vacunación sea inminente.
  • Si ya tenía un nº SIP asignado, sigue siendo válido
De forma paralela, la Mutualidad General Judicial ha incluido este código en su Sistema de Información y ha publicado un nuevo servicio en nuestra Sede electrónica para que los mutualistas con entidad concertada privada puedan consultar su código identificativo personal autonómico (denominado SIP por la Comunidad Valenciana)

Se puede acceder a este servicio de la Mutualidad pulsando en el siguiente enlace .

El servicio lo pueden usar tanto mutualistas titulares, como los beneficiarios mayores de edad, identificándose con su DNI y su número de afiliación a MUGEJU. Los mutualistas beneficiarios que no dispongan de DNI podrán obtener el código mediante la consulta del mutualista titular del que dependen

La información también será visible a través del Portal del Mutualista en el apartado de “Datos Personales” bajo el nombre de CIP Autonómico.

EXTREMADURA (Pulse en el siguiente enlace )

La Mutualidad General Judicial gestionó el primer envío de información el 10 de Marzo. Los datos del colectivo de mutualistas son remitidos a demanda de la Comunidad Autónoma

Para más información sobre las novedades sobre vacunación y cribado pulse en el siguiente enlace .

GALICIA (Pulse en el siguiente enlace )

Vea aquí una nota de prensa oficial c on novedades sobre campaña de vacunación a mayores de 80 años. Así mismo, entre en este enlace para ver nota de prensa sobre reanudación de vacunación con AstraZeneca y extensión a personas de hasta 65 años. Se ha anunciado el 5 de abril que a partir del 6 de abril se aborda el grupo de personas nacidas entre 1942 y 1946.

Los datos de los mutualistas fueron remitidos por primera vez el 12 de febrero, con diversas actualizaciones posteriores. El avance de la vacunación de personas mayores es desigual según zonas, esperen su cita, por favor

El Servicio de Salud ha habilitado unos teléfonos a través de los cuales se pueden plantear incidencias para corregir errores en los datos personales o completar los que pudieran faltar

Los números son
881 54 29 10
881 54 29 11

AVISO PARA PERSONAS DE 80 O MÁS AÑOS

La Xunta de Galicia ha anunciado el 7 de abril que hay un teléfono al que deben llamar las personas de 80 o más años que todavía no han sido citadas. Llamen y gestionen su cita:

881 00 20 21

LA RIOJA (Pulse en el siguiente enlace )

La Mutualidad General Judicial gestionó el primer envío de información el 15 de Enero. Los datos del colectivo de mutualistas son remitidos a demanda de la Comunidad Autónoma que ha consistido en su mayoría en actualización de datos de contacto.

Para ver la actualidad oficial sobre vacunación de mayores de 80 años pulse en el siguiente enlace.

MADRID (Pulse en el siguiente enlace )

El 17 de febrero se anuncia el comienzo de vacunación de personas de 80 años y pueden ver la información pulsando en el siguiente enlace

Recordamos que se ha habilitado un teléfono de información sobre vacunación, a disposición de todo el colectivo mutualista de la Comunidad de Madrid: 900 102 112.

La Mutualidad mantiene una comunicación permanente con la Comunidad de Madrid y se le remite mensualmente datos de las altas, bajas y modificaciones que se hayan podido producir en nuestros mutualistas.

MURCIA (Pulse en el siguiente enlace )

Según nota de prensa oficial de 12 de febrero, el 16 de febrero comienza la vacunación de personas mayores de 80 años en Cartagena.

La Mutualidad General Judicial gestionó el primer envío de información el 11 de Diciembre de 2020. Los datos del colectivo de mutualistas son remitidos a demanda de la Comunidad.

La información más completa de la Región de Murcia sobre el proceso puede seguirla pulsando en el siguiente enlace.

NAVARRA (Pulse en el siguiente enlace)

El 25 de febrero Navarra anuncia que a partir del 1 de marzo comienza la campaña de vacunación en mayores de 80 años, comenzando el día 2 de marzo con las personas de más de 90 años. El 23 de marzo anuncia el Gobierno navarro que retoma la vacunación con Astrazeneca a colectivos esenciales y la amplía a personas de hasta 65 años.

La Mutualidad General Judicial gestionó el primer envío de información el 13 de Enero. Los datos del colectivo de mutualistas son remitidos a demanda de la Comunidad.

PAÍS VASCO (Pulse en el siguiente enlace )

La Mutualidad General Judicial gestionó el primer envío de información el 26 de Febrero. Los datos del colectivo de mutualistas son remitidos a demanda de la Comunidad.

El 23 de marzo Osakidetza informa de que retoman el 24 de marzo la vacunación con ASTRAZENECA

Así mismo, se explica el proceso de cita para todos los grupos de edad, incluyendo el de hasta 65 años, pulsando en el siguiente enlace.

CEUTA (Pulse en el siguiente enlace )

La Mutualidad General Judicial gestionó el primer envío de información el 19 de Febrero. Los datos del colectivo de mutualistas son remitidos a demanda de la Comunidad.

Si no ha sido citado y tiene 80 o más años, entre en el enlace y póngase en contacto por los medios que indica el Gobierno de Ceuta. Actualmente se vacuna a personas de entre 70 y 79 años.

El teléfono de contacto es el 900720692, para mutualistas que han sufrido alguna incidencia para su localización.

MELILLA (Pulse en el siguiente enlace )

Con fecha de16 de abril, se hizo el llamamiento a vacunación de las personas entre 69-60 años de edad. Con fecha 28 de abril, el gobierno de Melilla ha dispuesto un teléfono al que deben llamar todas las personas de 60 y más años que todavía no han sido vacunadas, el 952699261.

El gobierno de Melilla nos comunica que este último llamamiento va a ser difundido por medios de prensa, radio, webs… Desde la Mutualidad, en el mismo día, se ha contactado con las personas que teníamos constancia de que no habían podido acudir a su cita vacunación para que estén informadas.

Para la vacunación en Melilla es obligatorio que todo ciudadano firme un formulario de aceptación de la vacuna. Les será entregado en el lugar de la vacunación o pueden llevarlo rellenado descargando el impreso en el siguiente enlace

 


Publicaciones en la web de Mugeju


4 mar 2021





MUGEJU PUBLICA EN SU PÁGINA WEB UNA NOTA INFORMATIVA SOBRE LA VACUNACIÓN COVID Y OTRA SOBRE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS DE LOS PROGRAMAS DEL PLAN DE ATENCIÓN SOCIOSANITARIA


1) NOTA INFORMATIVA VACUNACIÓN COVID-19

CCOO presentó a la MUGEJU, el pasado 19 de febrero, una reclamación en relación con la vacunación del personal de la Administración de Justicia como servicio esencial y, para el caso de que no se aceptara nuestra reclamación, se tuviera en cuenta y se informara de las medidas sobre los grupos de riesgo, menores de 60 años, con el fin de garantizar un sistema eficaz de identificación de este colectivo y de comunicación a las autoridades sanitarias del personal afectado (reclamación de CCOO: enlace)

El Gerente de MUGEJU contestó a CCOO en una carta fechada el 23 de febrero (enlace a esta contestación)

Ahora la MUGEJU ha publicado en la mañana de hoy, 3 de marzo, la siguiente nota que adjuntamos sobre la vacunación Covid 19

Esta es la nota de MUGEJU publicada hoy en su web, en la que se resalta que el Grupo de Trabajo Técnico de Vacunación COVID-19 se encuentra determinando las posibles patologías susceptibles de vacunación preferente



2) CONVOCATORIA DE AYUDAS DE LOS PROGRAMAS DEL PLAN DE ATENCIÓN SOCIOSANITARIA PARA 2021

MUGEJU ha publicado también esta convocatoria en su web. La Resolución de convocatoria ya fue publicada en el BOE de 21 de diciembre 2020 y de la que informamos en su momento. Las solicitudes podrán presentarse hasta el 31 de diciembre de 2021

 


Para Sanidad, la administración de justicia no es un servicio esencial


1 mar 2021





Actualización 4 de la Estrategia de vacunación frente a COVID19 en España

SANIDAD RECHAZA RECONOCER AL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA SU CALIDAD DE SERVICIO ESENCIAL, MIENTRAS DESDE EL MINISTERIO DE JUSTICIA SE EXIGE LA APLICACIÓN DE SERVICIO ESENCIAL E IMPRESCINDIBLE POR AFECTAR NUESTRAS TAREAS A DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA CIUDADANÍA

La Comisión de Salud Pública, en la que se encuentran representadas todas las comunidades autónomas y el Ministerio de Sanidad, ha acordado ya los siguientes grupos a vacunar con ARNm y AstraZeneca y sigue sin incluir en el grupo de “Colectivos en activo con una función esencial para la sociedad” al personal de la Administración de Justicia

 

La MUGEJU ha confirmado a CCOO que todas las CCAA tienen el listado de todas las personas mutualistas mayores de 80 años y que, dado que el proceso de vacunación general de este colectivo es muy lento y que entiende que se alargará todo el mes de marzo y algo de abril, está a nuestra disposición para, que si tenemos conocimiento de que a finales de marzo hay mutualistas mayores de 80 años no llamadas a vacunarse, le mandemos sus datos para que los reitere a la CCAA concreta

Tras la etapa 1 en la que han sido vacunadas las personas de mayor riesgo, está comenzando la etapa 2 en la que se han establecido los siguientes grupos prioritarios:

·         Grupo 5. Personas vulnerables por su edad, no residentes de centros de mayores


-      Grupo 5A. Personas de 80 y más años de edad (nacidas en 1941 y años anteriores)

-    Grupo 5B. Personas entre 70 y 79 años de edad (nacidas entre 1942 y 1951, ambos incluidos)

-    Grupo 5C. Personas entre 60 y 69 años de edad (nacidas entre 1952 y 1961, ambos incluidos)

 

·         Grupo 6. Colectivos en activo con una función esencial para la sociedad


-          Grupo 6A. Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Emergencias y Fuerzas Armadas. Incluye Guardia Civil, Policía Nacional, Autonómica y Local, Bomberos, técnicos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, profesionales de Protección civil, Emergencias y Fuerzas Armadas.

-      Grupo 6B. Docentes y personal de educación infantil y educación especial, incluyendo tanto docentes como otros profesionales que atienden al alumnado.

-          Grupo 6C. Docentes y personal de educación primaria y secundaria, incluyendo tanto docentes como otros profesionales que atienden al alumnado.

 

·       Grupo 7. Menores de 60 años con condiciones de riesgo alto

 

·        Grupo 8. Personas entre 56 y 59 años de edad (nacidas entre 1962 y 1965, ambos inclusive)

 

·       Grupo 9. Personas entre 45 y 55 años de edad (nacidas entre 1966 y 1976, ambos inclusive)

 

CCOO SEGUIRÁ INSISTIENDO ANTE EL MINISTERIO DE JUSTICIA Y LA AUTORIDAD SANITARIA PORQUE, SI SOMOS SERVICIOS ESENCIALES PARA TRABAJAR PRESENCIALMENTE EN PERIODOS DE CONFINAMIENTO O PARA QUE NUESTROS SERVICIOS MÍNIMOS EN LAS HUELGAS SEAN SUPERIORES A LOS DE OTROS COLECTIVOS, TAMBIÉN TENEMOS QUE SER CONSIDERADOS SERVICIOS ESENCIALES PARA SER INCLUIDOS COMO TALES EN LA VACUNACIÓN CONTRA LA COVID-19

 


Reclamamos que la Fase II de los Planes de Actuación sea negociada con las organizaciones sindicales


15 ene 2021



Fase II de los Planes de Actuación COVID-19 para medidas de autorrefuerzo y refuerzos externos

EL MINISTERIO DE JUSTICIA NOS DA TRASLADO DEL BORRADOR DE RESOLUCIÓN PARA ESTA SEGUNDA FASE Y NOS DA UN PLAZO DE UNAS POCAS HORAS PARA ALEGACIONES

CCOO y el resto de sindicatos hemos solicitado de forma conjunta la convocatoria inmediata de la mesa de negociación


A las 14.29 horas del día de hoy hemos recibido por correo electrónico un documento sobre la segunda fase del plan de actuación de la Disposición Adicional decimonovena del RDL 11/2020 de 31 de marzo con la petición de que se realizaran observaciones y, en su caso, negociación hasta última hora de la tarde

Lo regulado en este borrador afecta a las condiciones de trabajo del personal, por lo que debe ser objeto de negociación colectiva

Solicitamos por ello de forma conjunta con CSIF, STAJ y UGT la convocatoria de la Mesa de Negociación del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia en los términos recogidos en el Estatuto Básico del Empleado Público y otras disposiciones legales de aplicación. No existe ninguna disposición legal que regule el derecho a la negociación colectiva que permita una negociación consistente en la remisión de un borrador para alegaciones en un plazo de pocas horas, como se hace en este caso

Para dicha negociación el Ministerio tiene que remitirnos la información que CCOO le ha solicitado en reiteradas ocasiones: 

- Datos de carga de trabajo de todos los órganos judiciales de las jurisdicciones social y contencioso-administrativa y de la especialidad mercantil para determinar en qué órganos deben establecerse estos planes de actuación

- Órganos judiciales en los que se implementaron planes de actuación en la Fase I, separando los planes de autorrefuerzo y los de refuerzo externo y evolución de las cargas de trabajo de los mismos desde que dicha fase entró en vigor

- Retribuciones abonadas al personal de los cuerpos generales y de LAJ que han participado en la Fase I, con expresión del cuerpo y órgano afectado

En caso de que la negociación colectiva de este asunto no se atenga a lo establecido legalmente nos reservamos el derecho al ejercicio de las acciones correspondientes que estimemos oportunas. 

EL BORRADOR QUE NOS HA REMITIDO EL MINISTERIO PUEDE VERSE EN ESTE ENLACE

CCOO solicita que Médicos Forenses, Cuerpos especiales del INTCF y Auxiliares de Autopsia sean vacunados junto con el personal sanitario


11 ene 2021


  • Vacunación contra el COVID-19 de M. Forenses, Cuerpos Especiales del INTyCF y Auxiliares de Autopsia

CCOO SOLICITA AL MINISTERIO DE JUSTICIA Y A LA DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA LA ASIMILACIÓN DEL PERSONAL MÉDICO FORENSE, DE LOS CUERPOS ESPECIALES DEL INSTITUTO NACIONAL DE TOXICOLOGÍA Y AUXILIARES DE AUTOPSIA AL PERSONAL SANITARIO A EFECTOS DE LA DISPENSACIÓN DE LA VACUNA CONTRA EL COVID-19

CCOO hemos comunicado por escrito al Ministerio de Justicia y la autoridad sanitaria que el personal funcionario de los Cuerpos de Médicos Forenses y Facultativos, Técnicos de Laboratorio y Ayudantes de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses y el personal laboral de la categoría profesional de Auxiliar de Autopsia, dadas sus funciones, se encuentra expuesto a un riesgo de contagio por coronavirus superior a la población general, siendo estos riesgos equiparables a los del personal sanitario

En concreto, el personal del Cuerpo de M. Forenses y de la categoría de Auxiliar de Autopsia, tanto por los continuos reconocimientos médicos y levantamientos de cadáver en el caso del primer colectivo y por la realización o intervención en la práctica de autopsias en ambos casos, que pueden suponer contactos directos con personas contagiadas, CCOO entendemos que debe ser equiparado al grupo 2 (Personal sanitario de primera línea) según el orden de priorización establecido en el documento del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud Estrategia de Vacunación frente a COVID-19 en España de 2 de diciembre de 2020

En cuanto al personal de los cuerpos especiales del INTyCF, el manejo continuo de muestras susceptibles de estar infectadas por el SARS-COV-2, especialmente en los servicios de Histopatología, Química y Drogas y Biología, justifica, a juicio de CCOO, su equiparación al grupo 3 (Otro personal sanitario y sociosanitario) en el mencionado orden de priorización en la dispensación de vacunas

Por todo ello CCOO hemos solicitado que desde el Ministerio de Justicia se gestione ante las autoridades sanitarias la inclusión de los colectivos de Médicos Forenses y Auxiliares de Autopsia en el Grupo 2 y al colectivo de cuerpos especiales del Instituto Nacional de Toxicología en el Grupo 3 de los establecidos como prioritarios en la Estrategia de Vacunación frente a COVID-19 en España, garantizándoles la dispensación de la vacuna en los mismos plazos que se establezcan para el personal sanitario de ambos grupos


CCOO exige garantías e información del procedimiento de vacunación contra el COVID 19 del colectivo de mutualistas de MUGEJU


16 dic 2020



Vacuna contra el COVID-19 para el personal mutualista de Mugeju adscrito a entidades médicas privadas

CCOO SOLICITA A LA MUGEJU Y A LAS AUTORIDADES SANITARIAS QUE SE GARANTICE LA VACUNACIÓN PARA TODO EL COLECTIVO MUTUALISTA Y BENIFICARIO Y QUE SE DEN CLARAS INSTRUCCIONES Y DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO PARA DETERMINAR DÓNDE SE REALIZARÁ LA VACUNACIÓN, SI EN LOS CENTROS DE ATENCIÓN DE LAS ENTIDADES MÉDICAS PRIVADAS O EN LOS CENTROS DE ATENCIÓN PRIMARIA DE LA SANIDAD PÚBLICA

CCOO exige que con la dispensación de las vacunas no se produzcan situaciones como las que están aconteciendo en la atención médica, seguimiento de contactos estrechos y realización de test durante la pandemia en las que, en demasiadas ocasiones, el personal de Mugeju adscrito a la sanidad privada no ha sido debidamente atendido ni por las entidades médicas ni por la sanidad pública

CCOO nos hemos dirigido a la dirección de Mugeju y a los responsables sanitarios públicos estatales y de todas las Comunidades Autónomas para que, en relación con el colectivo mutualista y beneficiario de Mugeju que recibe la asistencia sanitaria de las entidades médicas privadas, se establezca con claridad: 

1.- Si la vacunación contra el COVID 19 se realizará en los centros de atención primaria de la sanidad pública o en los centros asistenciales de las entidades médicas privadas

2.- Si este colectivo de mutualistas recibirá cita previa cuando sea vacunado el grupo de población de riesgo al que pertenezcan o deberá solicitar dicha cita en el centro asistencial que corresponda

Asimismo, hemos solicitado que se den instrucciones claras y de obligado cumplimiento a las entidades médicas privadas o a los organismos responsables de los centros públicos de atención primaria (según corresponda) para que el personal de Mugeju sea atendido y vacunado con las mismas garantías y en los mismos plazos que quienes pertenecen al régimen general de la Seguridad Social


ESCRITO DE CCOO AL MINISTERIO DE SANIDAD


A LA DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA
SECRETARÍA DE ESTADO DE SANIDAD
MINISTERIO DE SANIDAD

Como sin duda Vds. conocen, todo el personal funcionario, en activo o jubilado, de la Administración de Justicia está obligatoriamente afiliado a la Mutualidad General Judicial (Mugeju), junto con sus familiares más directos que son personas beneficiarias. La asistencia médica la recibe este colectivo, a su elección, bien a través de los servicios públicos sanitarios de la seguridad social o bien a través de diversas entidades médicas privadas que tienen concierto con la Mugeju

Durante todos estos meses de pandemia por el coronavirus SARS COV-2 quienes perteneciendo a Mugeju han optado por la atención sanitaria a través de las entidades médicas privadas han padecido numerosos problemas para la atención sanitaria y el seguimiento epidemiológico derivado del coronavirus, tanto en la atención primaria en caso de síntomas compatibles como en la atención hospitalaria, en los casos de contacto estrecho con personas contagiadas y en la realización de test

Los problemas se han producido desde el principio al no estar claramente determinado si eran las entidades médicas privadas o el sistema sanitario público quien debía atender y sufragar la atención médica y las pruebas correspondientes en cada caso

A pesar de que la Mugeju publicó en su web información sobre protocolos de actuación en casos de sintomatología, contactos estrechos y realización y cobertura de test diagnósticos, bien por desconocimiento de las entidades médicas o de la sanidad pública autonómica o estatal, o bien por no sentirse ambas obligatoriamente vinculadas por las decisiones de la Mugeju, el colectivo afectado no ha sido siempre bien atendido, negándose dicha atención en numerosísimos casos, tanto por la sanidad privada concertada como por la sanidad pública, amén de verse obligado a un peregrinaje por los centros de atención privados y públicos hasta conseguir, y no en todos los casos, la atención precisa. Son desgraciadamente demasiados los casos en los que finalmente las personas mutualistas se han visto obligadas a sufragarse sus propias pruebas diagnósticas y muchas de ellas las que en la actualidad tienen requerimientos de abono por la atención prestada en los centros públicos al negárseles o no poder recibir dicha atención por las entidades médicas privadas

Una vez que se ha anunciado el muy próximo comienzo de la vacunación, este colectivo de mutualistas adscritos a las entidades médicas privadas aun no ha sido informado acerca de dónde será vacunado cuando comience el proceso el grupo de población de riesgo en el que estén encuadrados, ni tienen, por tanto, garantizada su vacunación. Téngase en cuenta que también hay personas mutualistas o beneficiarias (ya jubiladas) que por su edad están en residencias de mayores o son personal de máximo riesgo y que debieran ser incluidas en los primeros grupos de vacunación

Con objeto de que estas personas reciban un trato en cuanto a la vacuna contra el COVID-19 en las mismas condiciones que el resto de la ciudadanía, solicitamos:

1.- Se nos dé información sobre si la vacunación contra el COVID 19 de este colectivo mutualista y beneficiario de la Mugeju se realizará en los centros de atención primaria de la sanidad pública o en los centros asistenciales de las entidades médicas privadas

2.- Si este colectivo de mutualistas recibirá cita previa cuando sea vacunado el grupo de población de riesgo al que pertenezcan o deberá solicitar dicha cita en el centro asistencial que corresponda

3.- Que se den instrucciones claras y de obligado cumplimiento a las entidades médicas privadas o a los organismos responsables de los centros públicos de atención primaria (según corresponda) para que el personal de Mugeju sea atendido y vacunado con las mismas garantías y en los mismos plazos que quienes pertenecen al régimen general de la Seguridad Social

4.- Que dichas instrucciones sean remitidas tanto a la Mutualidad General Judicial como a los Servicios de Salud Pública de las Comunidades Autónomas y responsables sanitarios de las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla

Creación de los Juzgados COVID-19


2 dic 2020



En el BOE de 2 de diciembre se ha publicado:


Demarcación y planta judicial

Real Decreto 1050/2020, de 1 de diciembre, de creación de treinta y tres unidades judiciales COVID-19 correspondientes a la programación de 2020.


"(...) se dispone la creación y constitución de treinta nuevos juzgados y la dotación de tres plazas de Magistrado/a en órganos colegiados, una plaza de Magistrado/a en la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional y una plaza de Magistrado/a correspondiente al orden civil y penal para la Sección 7.ª de la Audiencia Provincial de Cádiz, con sede en Algeciras, dentro de la línea de actuación iniciada en 2018 en el Plan Integral de Campo de Gibraltar en la lucha contra el narcotráfico y el crimen organizado, y una plaza de Magistrado/a correspondiente al orden civil para la Sección 3.ª de la Audiencia Provincial de Valladolid.

(...)se procede a transformar los Juzgados de Primera Instancia número 4 de Huelva, número 4 de Jaén y número 3 de Albacete y el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Toledo, en funcionamiento y que actualmente compatibilizan la materia de lo Mercantil, en Juzgados de lo Mercantil número 1 de Huelva, número 1 de Jaén, número 1 de Albacete y número 1 de Toledo.

Como consecuencia de la transformación citada, mediante este real decreto, y con la finalidad de evitar disfunciones en su funcionamiento, se procede a modificar el número y la denominación de los Juzgados de Primera Instancia de Huelva, Jaén y Albacete y de los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción de Toledo, desde la fecha de efectividad de la transformación.

Asimismo, el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Badajoz y uno de los dos Juzgados de lo Mercantil de nueva creación de Murcia, se crean con la finalidad de que el Consejo General del Poder Judicial, a petición de la Sala de Gobierno correspondiente, pueda acordar el desplazamiento de su sede a los partidos judiciales de Mérida y de Cartagena, respectivamente, conforme dispone el artículo 269.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio.

(...) se establece la fecha de efectividad de las tres plazas de Magistrado/a en órganos colegiados y de entrada en funcionamiento de trece juzgados para el día 31 de diciembre de 2020:

a) Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, una plaza de Magistrado/a.

b) Audiencia Provincial de Cádiz, una plaza de Magistrado/a correspondiente al orden civil y penal, Sección 7.ª, con sede en Algeciras.

c) Audiencia Provincial de Valladolid, una plaza de Magistrado/a correspondiente al orden civil, Sección 3.ª


d) 6 Juzgados de lo Social:

Número 5 de Córdoba.

Número 4 de Huelva.

Número 11 de Las Palmas de Gran Canaria.

Número 2 de Cuenca.

Número 5 de Castellón de la Plana.

Número 45 de Madrid.


e) 7 Juzgados de lo Mercantil:

Número 2 de Cádiz.

Número 2 de Granada.

Número 4 de Alicante.

Número 5 de Valencia.

Número 17 de Madrid.

Número 18 de Madrid.

Número 3 de Murcia.

2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.5 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, la fecha de entrada en funcionamiento de los juzgados que se crean y constituyen en este real decreto, a excepción de los trece mencionados en el apartado 1 de esta disposición final tercera, será fijada por el Ministro de Justicia, oído el Consejo General del Poder Judicial, y publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

3. La fecha de efectos de la transformación de juzgados a que se refiere el artículo 6 será el día 1 de enero de 2021.



CCOO considera necesario el estado de alarma para otorgar seguridad jurídica y pide que se refuercen los sistemas públicos sanitarios para doblegar la pandemia


25 oct 2020



CCOO considera necesario el estado de alarma para otorgar seguridad jurídica y pide que se refuercen los sistemas públicos sanitarios para doblegar la pandemia  

 

Emplazamos al Gobierno de España a que fije los criterios sanitarios y epidemiológicos necesarios, y al conjunto de CCAA a trabajar, en el ejercicio de sus competencias, de forma coordinada con el único objetivo de contener la propagación del virus

 

Ante la evolución de esta segunda fase de la pandemia de la COVID-19, nuestro país requiere de medidas contundentes para tratar de detener su propagación. En las últimas fechas, comprobábamos cómo las diferentes medidas que se implementaban por las distintas comunidades autónomas, tenían un déficit de seguridad jurídica que estaba provocando incertidumbre entre la ciudadanía. Y lo que es peor, amenazaba con hacer inútiles los enormes esfuerzos que la mayoría estamos haciendo para contener la pandemia

El decreto del estado de alarma era necesario para otorgar la seguridad jurídica necesaria a las medidas que se tomen en el conjunto del país, como CCOO ya había demandado

Emplazamos al Gobierno de España a que fije los criterios sanitarios y epidemiológicos necesarios, y al conjunto de CC.AA. a trabajar, en el ejercicio de sus competencias, de forma coordinada con el único objetivo de contener la propagación del virus

Un sindicato como CCOO es perfectamente consciente de los efectos económicos, y por tanto en el empleo, que tienen las medidas de restricción de actividad o movilidad. Sin embargo, no compartimos que haya una dicotomía entre salud y economía. Necesitamos contener la pandemia para promover un crecimiento económico sostenido y sostenible. Paralelamente hay que impulsar medidas paliativas en el terreno socioeconómico para intentar minimizar el impacto de las mismas, especialmente para la población más vulnerable

Finalmente, CCOO quiere señalar que doblegar una pandemia de estas características no depende únicamente -ni principalmente cabría decir- de las restricciones de movilidad, horarios y actividad. Es necesario hacer un seguimiento de la evolución del virus mediante el rastreo de las personas contagiadas, reforzar los servicios sanitarios de atención primaria, mejorar la habitabilidad en los transportes públicos mejorando su frecuencia, así como extremar las medidas de prevención en el ámbito laboral y de cuidados

Madrid a 25 de octubre de 2020